Histórico

Jerarquía en la función pública

Señor director:

Uno de los pilares de la gestión de personal público es el respeto a la jerarquía en la función pública. La Ley 18.575 de Bases Generales de la Administración, en su artículo 17, señala que la función pública tiene un carácter técnico, profesional y jerarquizado. Este concepto  se encuentra reflejado, por ejemplo, en la letra f) del artículo 61 y en la letra a) del artículo de la Ley 19.638               (Estatuto Administrativo), las cuales reflejan la estructura piramidal de los servicios. Lo propio hace el artículo 11 de la Ley 18.575.

Ahora bien, el artículo 83 de la Constitución señala que el Ministerio Público es un organismo autónomo, jerarquizado (…), que dirigirá en forma exclusiva la investigación de los hechos constitutivos de delitos…".

El  17 de noviembre el ministro del Interior se reunió con el presidente de la Asociación Nacional de Fiscales, don Pedro Orthusteguy, quien, según la prensa, "mantiene posiciones distantes con Chahuán en temas claves".

Tanto Hinzpeter  como Orthusteguy han violado, a mi juicio, el principio de jerarquía funcionaria. Si el ministro quiere invitar a un subordinado del fiscal, debe hacerlo a través del jefe superior del servicio. Si un subordinado es invitado a una reunión con un ministro u otra autoridad puede hacerlo, pero sólo con conocimiento y autorización de las jefaturas competentes, en este caso, fiscales regionales y jefe de servicio.

En un país en que el principio de autoridad comienza a resquebrajarse, lo que comento es un hecho grave.

A comienzos del gobierno del ex Presidente Aylwin comenzaron a asistir al Congreso los comandantes en jefe y otros mandos con invitaciones cursadas directamente por el Congreso. Prontamente, las autoridades corrigieron el error y todo se canalizó a través del ministro de Defensa. Este es un ejemplo que debería seguirse en toda ocasión. Ni el ministro del Interior ni el de Justicia deben tratar al Ministerio Público como si fuera la Defensoría Penal Pública.

Jorge Precht Pizarro
Profesor titular de Derecho Administrativo, UC

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