Golpe de Estado

SEÑOR DIRECTOR:
En carta publicada el martes, Isabel Castillo y Cecilia Osorio cuestionan el uso impreciso del concepto “golpe de Estado” por parte del expresidente Piñera. Si adoptamos la definición que ellas proponen -”derrocamiento de un gobierno por otros actores estatales mediante el uso o amenaza de uso de la fuerza”-, efectivamente resulta cuestionable calificar el estallido social como un golpe de Estado. Para entonces, el Presidente no fue depuesto y éste no ha mostrado evidencia que demuestre la participación de actores estatales en los hechos.
Si lo que nos interesa es comprender la naturaleza del estallido social, me parece más bien que este en parte puede ser referido con el término “revolución”. Siguiendo a Norberto Bobbio, la revolución se define como “la tentativa acompañada del uso de la violencia de derribar a las autoridades políticas existentes y de sustituirlas con el fin de efectuar profundos cambios en las relaciones políticas, en el ordenamiento jurídico-constitucional y en la esfera socioeconómica”. Más allá de la discusión sobre si fueron o no actores estatales quienes impulsaron la dimensión subversiva del movimiento, lo cierto es que hacia octubre de 2019 todo el país fue testigo de cómo las legítimas protestas pacíficas fueron acompañadas por graves y variados hechos de violencia insurreccional, cuyo propósito último era la caída de Piñera. Si bien los golpes de Estado y las revoluciones son fenómenos distintos, ambos comparten un elemento clave: la voluntad de los actores por remover por la fuerza a un gobierno legítimamente constituido. Lo que el expresidente Piñera enfrentó no fue un golpe de Estado, sino una revolución.
José Manuel Castro
Instituto de Historia, Universidad San Sebastián
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