Opinión

La urgente modernización del delito de usurpación

SEÑOR DIRECTOR:

Según datos de la Fiscalía, entre 2018 y 2022 las usurpaciones aumentaron un 81%. La legislación penal data de 1874, casi 150 años sin modificación alguna. La realidad del país ha cambiado. De ahí la necesidad de modernizar la legislación de la usurpación que estamos discutiendo en la Comisión de Seguridad de la Cámara.

Los aspectos sustantivos son al menos cuatro. El primero: reemplazar la pena de multa que tiene tanto la usurpación violenta como la no violenta por penas de cárcel efectivas. Inexplicablemente, el gobierno insiste en penas de multa.

Un segundo aspecto dice relación con la flagrancia. En virtud de un fallo de la Corte Suprema del 2018, se ha interpretado y aplicado que pasadas 12 horas desde que ocurrió la usurpación no es posible desalojar por parte de Carabineros sin autorización judicial. Ello contradice absolutamente la naturaleza misma del delito de usurpación, esto es, ser un delito de consumación permanente. Proponemos que la flagrancia sea todo el tiempo que el inmueble está usurpado, aún contrario a lo que propone el gobierno que insiste en debilitar el proyecto.

Un tercer aspecto dice relación con que, actualmente, la usurpación no permite detener, eso es inaceptable. De ahí que los cambios que se proponen también avancen en esa perspectiva. Por último, es muy importante que la usurpación que tiene intimidación o va acompañada de amenazas sea considerada violenta lo cual no ocurre hoy.

Es de esperar entonces que se pueda avanzar con celeridad, que el gobierno no debilite el proyecto que se propone y que de una vez por todas se modernice elevando las penas de la usurpación a penas privativas de libertad resguardando así a miles de personas que hoy se ven gravemente afectadas por los vacíos de la actual legislación.

Andrés Longton

Diputado RN

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