Corte de San Miguel rechaza desaforar a senador Ossandón por caso de tráfico de influencias

Manuel José Ossandón

Por 9 votos a 5 los ministros del tribunal de alzada se reunieron hoy y votaron la causa que había quedado en estudio. Conocedores de la sentencia, que será dada a conocer el 16 de abril, sostienen que la decisión habría sido acordada en base a que no se cumplen los requisitos de tipicidad de la calificación jurídica de tráfico de influencias, es decir que el senador no tenía una posición de "influencia" sobre los concejales ni el alcalde de Pirque. El Ministerio Público deberá evaluar si lleva el caso a la Corte Suprema.


Era un fallo muy esperado en el ambiente judicial y político. La Fiscalía Oriente concretó la petición de desafuero del senador Manuel José Ossandón el 12 de enero y casi tres meses después la solicitud ya tiene una decisión de la justicia, aunque no la que esperaba el Ministerio Público. Tras dejar la causa en estudio durante la semana pasada, hoy los 14 ministros que escucharon los alegatos del fiscal Manuel Guerra, del Consejo de Defensa del Estado y del defensor Samuel Donoso adoptaron un acuerdo que es el rechazar el desafuero del parlamentario.

La decisión fue reñida, dicen fuentes del tribunal de alzada capitalino, pero no tanto como lo que se auguraba la semana pasada cuando decidieron no votar de inmediato y estudiar los informes en derecho presentados el día de los alegatos que se desarrollaron de forma virtual debido a la pandemia. Las mismas fuentes sostienen a La Tercera, que 9 de los ministros estuvieron por rechazar la petición de la Fiscalía Oriente y cinco por acoger.

Durante la tarde de hoy la relatora del pleno Rebeca Soto envió a todos los intervinientes un correo en el que se señala que hoy “quedó en estado de acuerdo ante el tribunal pleno de esta Corte y el fallo respectivo será comunicado por correo electrónico el 16 de abril del año en curso”. En la sentencia se detallará los motivos por lo que se decidió rechazar el desafuero. Alguno de los jueces consultados sostienen que se acogerán los argumentos de Ossandón en cuanto a la falta de elementos que permitan configurar el delito de tráfico de influencias. A Ossandón se le acusaba de haber realizado intervenciones en el Concejo Municipal de Pirque y ante el jefe comunal, Cristián Balmaceda (su primo), a favor de la empresa Cavilú, que tiene en sus manos una concesión para extraer áridos del río Maipo, sin nunca revelar que uno de sus hijos, Nicolás Ossandón Lira, estaba vinculado a la empresa.

Entonces por principio de tipicidad se habría rechazado la petición de desafuero, es decir porque los jueces consideraron que Ossandón en su calidad de senador no tenía la posición de “influencia” que exige el tipo penal del artículo 240 bis del Código Penal que quería llevar a juicio oral el fiscal de Alta Complejidad Felipe Sepúlveda y por el cual pidió una pena de 4 años de cárcel y 10 años de inhabilitación de cargos públicos.

La Fiscalía Oriente cundo se dé a conocer el fallo podrá recurrir a la Corte Suprema, aunque eso activará una ofensiva de la defensa pues hay quienes sostienen que sólo apelable ante el máximo tribunal del país la resolución que concede el desafuero, no la que la rechaza. Aún entonces quedarán episodios en este caso, aunque la primera batalla la ganó el senador Ossandón.

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