¿Piso mínimo de votantes? Informe del Congreso detalla qué países lo exigen para sus plebiscitos

Para el 26 de abril está fijado el referéndum constitucional.

Texto revisa situación en Latinoamérica, en medio de debate sobre legitimidad del referéndum en caso de alta abstención.


El debate lo originó un grupo de senadores de RN al anunciar una reforma para exigir una participación mínima en el plebiscito constitucional.

La iniciativa -que busca que vote al menos un 50% del padrón- fue lanzada en medio de la inquietud que hay en el oficialismo por el nivel de abstención que podría existir en la consulta. Esto, debido a la pandemia del coronavirus.

El tema ha provocado un enfrentamiento público entre Chile Vamos y la centroizquierda: mientras los primeros dicen que una baja participación tendría impacto en la legitimidad del plebiscito, en la oposición acusan una maniobra de la derecha para volver a aplazar la votación.

En ese contexto, la Biblioteca del Congreso realizó -a petición del diputado Diego Schalper (RN)- un informe en el que analiza cómo opera este tema en otros países.

El documento se centra en las normas que existen en Latinoamérica, específicamente en seis países (Uruguay, Costa Rica, Argentina, Colombia, Perú y Venezuela), para darle validez a referéndums y consultas populares.

El informe señala que tres de ellos establecen una exigencia a nivel constitucional: Uruguay fija un mínimo de 35% de los inscritos en el Registro Cívico Nacional para un plebiscito que modifica parcial o totalmente la Constitución; Costa Rica exige un 30% de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral para referéndums sobre legislación ordinaria, y 40% de votantes para reformas parciales de la Constitución y leyes de mayoría calificada, y Venezuela establece un piso de 25% de electores para referéndums sobre proyectos de ley, así como un 40% en caso de consultas populares para derogación de normas.

Los otros tres países incluidos en el informe del Congreso fijan sus umbrales de electores a nivel legal: en Argentina, por ejemplo, las consultas populares para determinados proyectos requieren un mínimo de 35% de participación; en Colombia, las reformas a la Constitución a través de un referéndum deben contar con al menos un 25% de votantes, y Perú exige un 30% para que sea válida una consulta sobre una reforma total o parcial a la Constitución.

Los porcentajes, en todo caso, distan considerablemente del 50% al que apuesta el proyecto de los senadores de RN, una exigencia que es considerada muy elevada, incluso por algunos dirigentes oficialistas.

“Tenemos que mirar las experiencias de otros países y debatir con altura de miras cuáles son las condiciones sanitarias, de participación y de rechazo a la violencia que nos permitan tener procesos electorales que dejen tranquila a toda la ciudadanía”, dice el diputado Schalper, uno de los defensores del “rechazo” y parte de quienes en Chile Vamos apuntan a la necesidad de una exigencia en el nivel de participación el próximo 25 de octubre.

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