Pensiones constitucionales

"Como sociedad debemos ir un paso más allá para proteger las pensiones prometidas, hacer que el dinero para pagarlas siempre esté, asegurándonos así de que el problema no le “explote en la cara” a ningún gobernante".


¿Hay algo peor que jubilarse con una pensión baja? Sí, jubilarse con una pensión baja cuando te han prometido una pensión mayor. Propongo que sea inconstitucional que un gobierno prometa pensiones sin asegurarse de tener los medios suficientes para cumplir su promesa.

Un jubilado ya tomó la mayoría de las decisiones laborales y financieras de su vida, el partido ya está jugado para él. Cuánto trabajó y cuánto ahorró es algo que no puede cambiar, y en la toma de esas decisiones incidió la pensión que le prometieron. Así, un jubilado tiene muy poco margen para reaccionar ante una reducción inesperada de su pensión. Por ejemplo, si a alguien de 70 años le avisan que su pensión mensual se verá reducida de $500.000 mensuales a solo $100.000, ¿qué puede hacer? ¿Volver a trabajar? ¿Retroceder al pasado y ahorrar más?

En el mundo, varios gobiernos han incumplido sus promesas, reduciéndole sorpresivamente las pensiones a sus jubilados. En Grecia, por insolvencia fiscal, las pensiones han disminuido hasta en un 70% respecto del nivel prometido, dejando a 1.5 millones de adultos mayores bajo la línea de la pobreza. Un 75% de los pensionados griegos tiene problemas para llegar a final de mes.

Argentina está en un proceso de reducción de las pensiones. El gobierno decidió que los pagos dejen de reajustarse por inflación; así, su alta inflación hace que el valor real de la pensión de los argentinos caiga mes a mes, aumentando el número de adultos mayores que caen en la pobreza. En Chile, la discusión constitucional nos da la oportunidad de asegurarnos de que esto no pase.

La protección constitucional a las pensiones no es algo nuevo en el mundo. En Estados Unidos, se protege constitucionalmente las obligaciones que el Estado toma al prometer pensiones. Una vez que un empleado con derecho a pensión jubila, no se le pueden cambiar las condiciones de lo que recibe y el pago de esa pensión debe efectuarse antes que otros gastos del Estado (cláusula contractual de la constitución estadounidense). Es decir, si el Estado no tiene plata para cubrir todos sus gastos, debe primero pagar las pensiones y después hacer frente al resto de sus gastos.

El problema de este límite constitucional al no-pago de la pensión es que el gobernante que promete la pensión no es el que la termina solventando. Por lo tanto, este mandato constitucional solo afecta al gobernante al que le explota el problema y debe dejar de gastar en otras prioridades relevantes, algo así como “que el último apague la luz”, lo que no evita que se genere el problema de financiamiento en primer lugar.

Como sociedad debemos ir un paso más allá para proteger las pensiones prometidas, hacer que el dinero para pagarlas siempre esté, asegurándonos así de que el problema no le “explote en la cara” a ningún gobernante. Debe ser un mandato constitucional que cada gobernante se preocupe de dejar los recursos necesarios para pagar las pensiones futuras que hizo durante su gobierno.

Esta restricción es simple y no pone límites en la progresividad de las pensiones, ni en el nivel de la pensión prometida, ni en su forma de financiamiento, solamente obliga a que el sistema de pensiones esté siempre completamente financiado. En la práctica le dice al gobernante: “si durante tu período se hicieron compromisos de pensiones futuras por un monto A, asegúrate de dejar un monto B ahorrado hoy que sea suficiente para hacer frente a ese monto A en el futuro”. Simple.

Es un imperativo moral que nos aseguremos de tener los medios para cumplirles la promesa de pensión a nuestros adultos mayores. Esto debe estar reflejado en nuestra constitución.

*Estudiante Doctorado Economía, Princeton University.

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