Error en acusación constitucional contra Harald Beyer complica su aprobación en el Senado

Fue uno de los temas tratados ayer en el almuerzo de los senadores de la DC para analizar la acusación constitucional contra el suspendido ministro Harald Beyer.
En el encuentro realizado en las dependencias del ex Congreso en Santiago los senadores presentes fueron notificados de un error en el texto acusatorio.
La acusación constitucional presentada por diputados de oposición incurre en un error al momento de su presentación.
Luego de las conclusiones y en el "por tanto" se detallan algunas de las leyes que el secretario de Estado habría vulnerado.
"Declare ha lugar a la presente acusación constitucional, para que luego el Senado la acoja y, habiendo declarado la culpabilidad del señor Harald Beyer, ministro de Educación, lo destituya de su cargo en conformidad al artículo 53 N°1 de la Constitución Política de la República, por dejar sin aplicación el artículo 3 letra b de la ley 20502 y por haber infringido, abusando de sus facultades legales, los artículos 19 N°1 y N°5 de la Constitución".
La ley a la cual se hace referencia habla de la creación del ministerio del Interior y Seguridad Pública, lo que no tiene relación con las denuncias que se le imputan a Beyer.
De hecho, el artículo 3 letra b de la ley 20502 dice textualmente: "Velar por la mantención del orden público en el territorio nacional".
La referencia que se hace a la Constitución, también incurre en un error. El artículo 19 N°1 y N°5 se refieren a: "El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona" y a "la inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada".
Aspectos legales que coinciden con la acusación constitucional presentada en abril de 2012 contra quien fuese el ministro del Interior, Rodrigo Hinzpeter.
El error de forma en el que incurre la presentación del libelo acusatorio, en todo caso, no impide que la acusación siga su curso, pero sí agrega argumentos para que aquellos senadores que aún tienen dudas de aprobar el libelo, lo rechacen.
Que no se pueda frenar la acusación por la vía legal obedece a que la cuestión previa es el momento en el cual se revisa la forma de la presentación. El Ejecutivo decidió retirar esta etapa del proceso en la Cámara.
"La acusación es texto absurdo y sin sustento, cuyo propósito se aleja de la finalidad de la norma constitucional que la establece para casos de extrema gravedad. Así se muestra en la falta de cuidado de haber tomado textos de otras acusaciones", comenta el abogado defensor de Beyer, Enrique Barros.
En la oposición confían en que el error en el que incurre el documento no es razón para que se rechace el libelo contra Beyer.
Sin embargo, desde el oficialismo aseguran que este factor es el reflejo de lo apresurado de la presentación.
Sin conocer estos antecedentes, que serán ahora ocupados para desacreditar la acusación, desde el oficialismo descartaron que se hayan iniciado conversaciones formales para tratar de influir en la votación del Senado.
Cómo vote la oposición, será fiel reflejo del estilo que buscará marcar la candidata del PS-PPD, comentan en el oficialismo y es por eso que no pierden las esperanzas que se revierta el resultado de la Cámara.
Además, para parlamentarios oficialistas, los proyectos que está debatiendo el Senado van en la línea de aumentar las atribuciones legisladoras del ministro de Educación, por lo que el estancamiento de este avance es una herramienta a relucir ad portas de la votación del libelo contra Beyer.
Los errores
Cita textual, página 91: "...lo destituya de su cargo en conformidad al artículo 53 N°1 de la Constitución Política de la República, por dejar sin aplicación el artículo 3 letra b de la ley 20502 y por haber infringido, abusando de sus facultades legales, los artículos 19 N°1 y N°5 de la Constitución".
Artículo 3 letra b, ley 20502: "Velar por la mantención del orden público en el territorio nacional"
Artículo 19 n°1 y n°5 . "El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona" y a "la inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada".
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