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Diputados presentan proyecto de ley para incentivar contratación de mayores de 50 años

La moción parlamentaria impulsada por los diputados del partido liberal propone establecer un porcentaje obligatorio de trabajadores mayores de 50 años según el tamaño de la empresa.

El mercado laboral sigue siendo materia de permanente análisis de expertos y autoridades. Por lo mismo, son varios los proyectos que de ley que se presentan al Congreso Nacional para su discusión. Algunos tienes más viabilidad que otros, pero eso no quita que se formen debates entorno a estas propuestas.

Uno de ellos es una reciente moción parlamentaria impulsada por los diputados del partido liberal que busca incentivar la participación laboral de personas mayores de 50 años.

De acuerdo a la idea matriz de la propuesta, lo que se propone es que las empresas de cincuenta o más trabajadores deberán contratar o mantener contratados, al menos, el 10% de personas de cincuenta años o más en relación al total de sus trabajadores.

Asimismo, las empresas de doscientos o más trabajadores deberán contratar o mantener contratados, al menos, el 25% de personas de cincuenta años o más en relación al total de sus trabajadores. “En ambos casos, el empleador deberá registrar dichos contratos, así como sus modificaciones o términos, dentro de los quince días siguientes a su celebración, a través del sitio electrónico de la Dirección del Trabajo”, dice el proyecto.

Santiago 22 de enero 2025. Imagenes referenciales de adulto mayor. Jonnathan Oyarzun/Aton Chile JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE

En caso de incumplimiento de dicha obligación, este será sancionado con multa de cincuenta a cien unidades tributarias mensuales, en el caso de medianas empresas, y de trescientas a quinientas unidades tributarias mensuales, en el caso de grandes empresas.

Las empresas señaladas en el inciso anterior deberán elaborar un informe anual sobre la participación de personas de cincuenta años o más al interior de la organización.

“El informe contemplará el porcentaje de participación de personas mayores de cincuenta años dentro de la organización; las acciones para su inclusión laboral; antecedentes acerca de la brecha tecnológica; y otras medidas que haya adoptado la empresa para promover su bienestar”, se precisa

También en otro eje del proyecto los empleadores deberán adecuar el sistema de trabajo y las funciones de los trabajadores de acuerdo a su edad. Cuando los trabajadores presenten dificultades de adaptación en razón de su envejecimiento, los empleadores deberán adoptar medidas tales como: reducir la duración normal del trabajo, diaria o semanal, de los trabajadores dedicados a ocupaciones penosas, peligrosas o insalubres.

También el corregir aquellas condiciones de trabajo y de medio ambiente de trabajo que puedan acelerar el proceso de envejecimiento o perjudicar la salud del trabajador y modificar las formas de organización del trabajo y la ordenación de los horarios de trabajo que entrañen exigencias y ritmos excesivos en relación con las posibilidades de los trabajadores interesados, en particular limitando las horas extraordinarias y Adaptar el puesto de trabajo y las tareas que éste exige al trabajador que ocupa dicho puesto, utilizando todos los medios técnicos disponibles y, en particular, aplicando los principios de la ergonomía, a fin de preservar la salud, prevenir los accidentes y mantener la capacidad de trabajo.

En los casos en que el empleador ponga término al contrato de trabajo en conformidad con el artículo 161, la reducción de personal deberá realizarse manteniendo la proporción de trabajadores mayores de cincuenta años de edad.

Para los plazos de implementación, se establece que la presente ley entrará a regir una vez transcurridos 24 meses desde su publicación en el Diario Oficial.

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