Entel, Claro y Movistar devolverán espectro en banda 3.500 y despejan licitación de 5G

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Operadoras móviles tendrán dos años ahora para concretar la devolución del espectro. Todas ellas pidieron a la Subtel la modificación de sus concesiones.


Hoy vencía el plazo para que Entel, Claro y Movistar definieran de qué bandas devolverán espectro radioeléctrico, y cumplir así un fallo de la Corte Suprema. Esto, luego que el año pasado ese tribunal considerara que estas empresas acapararon más espectro que los límites establecidos, obligándolas a restituir 20 MHz, en el caso de Claro y Movistar; y 30 MHz en el de Entel.

Estando dentro del plazo, las tres compañías informaron a la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) qué banda escogerán para cumplir con esta obligación.

Ese organismo envió un documento al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), en el que señala que la principal banda escogida por las tres empresas para concretar la devolución es la 3.500 MHz.

Se trata de una banda relevante para Subtel: el año pasado, se generó un conflicto luego que la autoridad decidiera congelar las concesiones entregadas en esa banda para allanar la licitación del servicio 5G, generando una airada reacción de las empresas del sector.

Pero eso quedó atrás. En el caso de Entel, la empresa se desprenderá de 20 MHz de espectro en la banda 3.500 MHz, mediante modificación de la concesión; y Transam Comunicaciones abandonará 10 MHz de la banda 900, mediante la renuncia de 14 concesiones regionaels y la modificación del otorgamiento de espectro en dicha banda en la Región Metropolitana.

Respecto a esta empresa, las medidas de desprendimiento de espectro se encontraban a la espera de una resolución del Tribunal Constitucional, que la semana pasada falló en contra de Entel y procedió a reactivar el procesoi.

Claro Chile, en tanto, se desprenderá de 20 MHz de espectro en la banda de 3.500, también mediante la figura de la modificación de la concesión.

Finalmente, Telefónica Móviles Chile se obligó a modificar su concesión de 1.900 MHz, devolviendo así 10 MHz; y lo mismo respecto de 50 MHz de espectro en concesiones regionales en la banda 3.500, los uqe para efectos nacionales se consideran 50 MHz.

"De acuerdo con el cronograma, a continuación corresponde que en el plazo de diez días hábiles administrativos contados desde la comunicación de la elección de alguna de estas vías como forma de cumplir la sentencia, las empresas concesionarias sancionadas presenten a esta subsecretaría las respectivas solicitudes de modificación o renuncia de concesión, a efectos de iniciar el correspondiente procedimiento", informó la Subtel de acuerdo con el documento presentado al TDLC.

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