La lupa del SII: El peso de la recaudación de la reforma tributaria en los hombros del Servicio de Impuestos Internos

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La recaudación esperada de la reforma tributaria es un 4,1% del PIB. De ese total, se prevé que por menor evasión y elusión se logre, en régimen, 1,6% del PIB, es decir, el 40% de los mayores ingresos proyectados. Es una meta ambiciosa, pero para el SII es algo perfectamente realizable. De hecho, en su interior sostienen que desde que asumió Hernán Frigolett, la dirección se ha enfocado en el diseño de la reforma, por lo que conoce lo que se debe hacer para lograr esa meta. Una de las novedades que trae el proyecto y que alertó a los expertos es la creación de la figura del denunciante anónimo tributario. Entre ellos hay coincidencia de que no es una buena medida.


Con la reforma tributaria, el gobierno pretende recaudar 4,1% del Producto Interno Bruto (PIB). Esa meta es considerada como ambiciosa e incluso se ha tildado como optimista por parte de expertos tributarios y economistas. Pero tan o más ambiciosa es la proyección que se tiene para la recaudación por la menor evasión y elusión. 1,6% del PIB es lo que se espera pesquisar con una serie de medidas y cambios normativos y administrativos que se incluyen en el proyecto de ley ingresado el jueves a la Cámara de Diputados, es decir, el 40% del total estimado de mayores ingresos.

Según se desprende del informe financiero, con el llamado corazón de la reforma se espera lograr una recaudación de 3,15% del PIB de ese total. De ello, la mitad provendrá del control de la evasión y elusión.

En el proyecto se detalló que esta reforma avanza en el cumplimiento de estándares internacionales, haciendo administrativa la aplicación de la Norma General Antielusión, manteniendo el peso de la prueba en la autoridad tributaria, y permitiendo a los contribuyentes revisar e impugnar judicialmente dicha declaración de acuerdo con los procedimientos generales establecidos ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros, resguardando siempre su derecho a defensa. Además, se establece una sanción a los contribuyentes que eludan.

Asimismo, la iniciativa incorpora la figura del denunciante anónimo tributario, en dos situaciones. En primer lugar, se menciona que “un tercero que detecte delitos tributarios y haga una denuncia de manera anónima, podrá recibir como beneficio un porcentaje de la sanción económica en caso que se determine que haya delito” y, en segundo lugar, que “una parte involucrada en un delito tributario podrá auto denunciarse, recibiendo como beneficios evitar sanciones penales o rebajarlas por hasta dos grados”.

También se describe que se entregarán nuevas facultades de fiscalización al Servicio de Impuestos Internos (SII), permitiendo que direcciones regionales fiscalicen a contribuyentes en otros territorios jurisdiccionales al territorio del director regional, sin afectar los derechos del contribuyente. Además, se hará, según señala el proyecto, una serie de ajustes al catálogo de delitos contemplado en el artículo 97 del Código Tributario. Y, además, con “la finalidad de enfrentar la informalidad, se modifica el delito de comercio de mercaderías que no han cumplido con las exigencias legales, sancionando también a quien las almacene o transporte”. De acuerdo a la propuesta, el mayor ingreso por esta vía será a un ritmo de 0,4% del PIB al año, llegando a una recaudación adicional de 1,6% del PIB en régimen el año 2026.

El trabajo del SII

Desde que llegó en abril de este año, el director del Servicio de Impuestos Internos (SII), Hernán Frigolett, ha estado trabajando en esta misión, que apunta específicamente a mejorar los sistemas y los equipos tanto técnicos como al personal. Y si bien se reconoce que es una tarea compleja, hay confianza en que se puede lograr. “Tenemos que aprovechar al máximo toda la información que tenemos de boleta electrónica y factura electrónica, de la digitalización y la incorporación de software de procesamiento de grandes datos claves”, afirmó recientemente en una entrevista con Pulso Frigolett, quien confía en que la mayor información disponible entre países puede ser un aliado en esta meta. “Las condiciones de los flujos de información que está teniendo hoy el servicio son muy distintas. El enfoque con el que está trabajando el servicio también es distinto. Es mucho más integral. Nuestras herramientas son mucho más sofisticadas”, dijo.

Quienes conocen el trabajo interno del SII, cuenta que Frigolett ha estado desde que asumió el cargo encima del diseño de la reforma, trabajando a la par con los asesores tributarios de Hacienda y con el propio ministro. Las mismas fuentes mencionan que las reuniones han sido a diario y que el hecho de que haya trabajado en el diseño previo de la reforma en la última etapa de la labor programática, le da una ventaja sobre lo que se debe hacer para implementar correctamente la reforma. De hecho, conocedores de la interna del SII comentan que para Frigolett la meta de recaudación por mejor evasión y elusión es algo que estuvo presente desde el diseño original y por ende, confía en que el trabajo del SII, junto con las mayores facultades que le entregará la nueva ley, le permitirán ir avanzando de manera gradual hacia la meta de 1,6% del PIB.

El presidente de la Asociación de Fiscalizadores del servicio, Juan Apablaza, califica que esta meta no es ambiciosa, sino que “realista”. No obstante, agrega que “para lograrlo se necesita herramientas como las que incorpora la reforma”, y por ello, dice que es clave que “el Congreso apoye las medidas”.

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Las dudas de los expertos

Entre los abogados tributaristas las dudas sobre lograr esta recaudación están instaladas. Aunque todos coinciden en sería un escenario ideal bajar los niveles de evasión y elusión que hoy para el IVA se ubican en 20%, plantean que la meta del 1,6% es compleja.

Claudio Bustos, socio fundador de Bustos Tax & Legal, sostiene que “me parece alta la expectativa. Yo pensaría más bien entre un 0,5% y un 1%. Más que la elusión, creo que derechamente la autoridad debiera abocarse a las conductas de evasión que se dan en ciertos rubros que normalmente son poco fiscalizados”.

Otra opinión entrega María Soledad Diharasarri, socia del estudio jurídico Palma, quien plantea que “es ambicioso y de difícil concreción, pues se requiere una simplificación del cumplimiento tributario, además de gran inversión y organización fiscalizadora por parte del SII. No basta con aumentar las facultades de fiscalización y control tributario si en la práctica no es posible aplicarlas de forma correcta”.

A esas visiones se suma Paula Madariaga, directora del grupo tributario de Aninat Abogado, la que señala que “es poco probable, ya que si bien se fortalece la aplicación de la norma antielusión, las leyes deben ir acompañadas de una administración tributaria más fuerte que tenga la capacidad de aplicarlas”.

Otro punto de vista entrega Andrés Ossandón, director del área tributaria de Arteaga Gorziglia. En su análisis indica que “es sumamente complejo cuantificar la evasión y elusión tributaria, toda vez que implica medir conductas, que suponen un incumplimiento tributario activo o incumplimientos motivados por el error o desconocimiento”. En ese sentido, argumenta que “esa dificultad es reconocida por el gobierno al aludir a estimaciones de evasión y elusión con una amplia desviación entre ellas, de 4,4% del PIB y de 7,5% del PIB”.

Denunciante anónimo en la mira

Una de las novedades que trae el proyecto y que generó un foco de atención entre los expertos es la creación de la figura del denunciante anónimo tributario. Esta norma permitirá que terceros puedan denunciar y tengan derecho a obtener el 10% de la sanción que se determine, y además los involucrados en delitos tributarios que se autodenuncien y colaboren con la investigación podrán rebajar las sanciones penales.

Diharasarri comenta que si bien esta figura “podría ayudar a mejorar el cumplimiento tributario, consideramos que es extremadamente riesgosa, dado que puede transformarse en un incentivo malicioso o perverso de presentar múltiples denuncias con el objeto de perseguir el beneficio prometido, sin tener ningún sustento legal para hacerlo”.

Luis Felipe Ocampo, socio de Recabarren & Asociados, puntualiza que “implica derechamente criminalizar el sistema y entregar herramientas poderosas para instrumentalizar al SII, pues no cabe duda que será utilizado como forma o mecanismo de venganza o revancha”. En ese sentido, menciona que “frente a la denuncia anónima o secreta, ¿cómo podrá defenderse el contribuyente denunciado? Si no podrá acceder a los antecedentes que maneja el SII, y si de ello se derivan acciones penales, tampoco podrá acceder a esos antecedentes. Con ello se contrarían los principios básicos del código procesal penal”.

Víctor Fenner, socio adjunto en Impuestos de EY, subraya que “creo que para poder opinar habría que conocer cómo va a operar la figura y bajo qué requisitos, puesto que su uso liviano o sin requisitos rigurosos puede generar fiscalizaciones sin fundamento y de gran repercusión reputacional y, más grave aún, eventuales conflictos de interés de parte de profesionales sobre los que pesa un deber de confidencialidad respecto de sus clientes”.

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