
Quilmes arremete contra CCU por Cerveza Patagonia y tilda de “irrisoria” la defensa de Austral
La cervecera argentina apeló la sentencia del 16º Juzgado Civil de Santiago que excluyó a CCU del juicio por la marca “Patagonia”, al determinar que no era parte legítima en la disputa. En su recurso, Quilmes insiste en que CCU tiene control sobre Cervecería Austral y participa activamente en sus decisiones comerciales.

La disputa por el uso de la marca “Patagonia” entre Cervecería y Maltería Quilmes, filial del grupo AB InBev, y Cervecería Austral, en cuya propiedad participa la Compañía de Cervecerías Unidas (CCU), sumó un nuevo capítulo tras el revés judicial que sufrió la compañía argentina.
El 16 de abril, la jueza del 16º Juzgado Civil de Santiago, Susana Ortiz rechazó la demanda por competencia desleal que Quilmes interpuso en 2022 contra ambas compañías. Sin embargo, mediante un recurso de apelación, la cervecera extranjera elevó el pasado miércoles el conflicto a la Corte de Apelaciones, criticando el fallo de primera instancia.
En el escrito, Quilmes acusó a Cervecería Austral de incurrir en una conducta sistemática de imitación tras el lanzamiento en Chile de su producto “Patagonia KM 24.7” en 2020. A su juicio, esa conducta incluyó “una imitación de logos, envases, serigrafía, publicidad gráfica, estrategias de marketing y otros, que, en conjunto, tienen como finalidad desviar clientela, asociando su producto al de nuestra representada”.
La empresa sostuvo que Austral no logró acreditar un uso previo significativo de la marca “Patagonia” y calificó de insuficiente la prueba ofrecida. “Cervecería Austral se limitó a exhibir tres facturas por el irrisorio monto total de $223.648”, afirmó. Una de ellas, agregó, solo daba cuenta de la venta de 24 cervezas Patagonia Ñandú por $21.392.
A juicio de Quilmes, “estas facturas no dan cuenta de la supuesta existencia de volúmenes relevantes de venta ni de inversión publicitaria o construcción de marca que le haya permitido obtener fama y notoriedad pública entre los consumidores de cerveza en Chile”.
En cuanto al supuesto “relanzamiento” de la cerveza Patagonia por parte de Austral en 2020, Quilmes enfatizó que “la modificación tan radical del producto de Austral no puede ser explicada si no es por referencia a la presencia en el mercado de la cerveza Patagonia KM 24.7”. “Su señoría, es tan evidente lo anterior que basta con observar el antes y el después del producto de Austral para verificar, a simple vista, el radical cambio de imagen que tuvo luego del lanzamiento del producto de Quilmes”, señaló.

Nexos
En la sentencia de primera instancia, la magistrada Susana Ortiz acogió la excepción de falta de legitimación pasiva presentada por CCU, al considerar que se trata de una persona jurídica distinta a Cervecería Austral y que no participó directamente en los hechos denunciados.
“Esta sentenciadora no puede sino acoger la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por la Compañía de Cervecerías Unidas, por cuanto no se acreditó que ella haya ejecutado actos de competencia desleal, siendo los mismos imputables a una persona jurídica distinta: Cervecería Austral”, consignó el laudo de la jueza.
Esta conclusión fue cuestionada por Quilmes, al explicar que CCU no solo controla el 48,3% de Cervecería Austral, sino que también participa activamente en sus decisiones estratégicas y comerciales. A modo de prueba, la firma argentina destacó que CCU es la distribuidora exclusiva de todos los productos de Austral en Chile y que cualquier cambio en la imagen o posicionamiento de sus cervezas necesariamente afecta sus propios intereses como distribuidor. Además, remarcó que el actual gerente general de CCU Chile, Matías Bebin, ha sido presidente del directorio de Cervecería Austral y figura hoy como administrador de la misma sociedad.
También argumentó que CCU reconoce en sus propias memorias anuales que abarca directamente las actividades productivas y comerciales del país a través de sus filiales, incluyendo a Austral. Como muestra del vínculo entre ambas, Quilmes subrayó que tanto CCU como Austral están siendo representadas en este juicio por el mismo estudio jurídico, Cariola Díez Pérez-Cotapos, a través de los abogados José Miguel Flores y Nicolás Neut, lo que a su juicio refleja una toma conjunta de decisiones corporativas y una deliberada alineación de intereses bajo la órbita de CCU.
Cervecería Austral defendió su actuación argumentando que posee derechos exclusivos sobre la marca “Patagonia” en Chile desde 2001, y que ha hecho un uso efectivo, continuo y público de ella. Según explicó en el juicio, la empresa ha lanzado diversas variedades —como Red Lager, Hoppy Lager, Lotus Lager y Black Lager— con identidad propia, tanto en diseño como en contenido, utilizando imágenes de animales extintos de la Patagonia chilena y recursos publicitarios diferenciadores.
Además, la firma subrayó que las acusaciones de Quilmes ya habían sido revisadas por el Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria (Conar), instancia en la que se concluyó que no existían elementos suficientes para configurar infracción al código ético publicitario. Según la sentencia, los dictámenes del Conar y su tribunal interno “determinaron que existían diferencias publicitarias sustanciales, sin riesgo de confusión, error o engaño, y que algunos de los recursos utilizados constituían prácticas comunes del mercado cervecero”.
La jueza concluyó que Quilmes no logró acreditar el supuesto daño económico derivado de las conductas denunciadas, ni tampoco la desviación concreta de clientela. A juicio del tribunal, “la carga probatoria de los actos de confusión y competencia desleal recae en quien acusa”, y en este caso, no se cumplió ese estándar. Por ello, se concluyó que no concurrían los elementos necesarios para configurar la infracción a la Ley N° 20.169 sobre competencia desleal.
COMENTARIOS
Para comentar este artículo debes ser suscriptor.
Lo Último
Lo más leído
1.
Contenido y experiencias todo el año🎁
Promo Día de la MadreDigital + LT Beneficios $3.990/mes por 6 meses SUSCRÍBETE