Sernac demanda a Creditú y AVLA Seguros por venta atada de seguro para créditos hipotecarios
En la demanda se exige aplicar multas máximas de hasta 1.500 UTM por cada infracción, además del pago de indemnizaciones por daño moral y costos de reclamo en favor de todos los consumidores afectados.
El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) presentó una demanda colectiva en contra de las empresas Creditú Administradora de Mutuos Hipotecarios S.A. y AVLA Seguros de Crédito y Garantía S.A. Esto tras una investigación que concluyó en diversas infracciones a la ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores.
Según dicha investigación, la empresa Creditú habría condicionado el otorgamiento de préstamos para la vivienda a la contratación obligatoria de un seguro de crédito comercializado por AVLA, empresas que durante el período investigado formaban parte del mismo grupo empresarial.
Adicionalmente, el Sernac detectó que, en caso de que el seguro se activara por no pago, el consumidor no quedaría liberado de la deuda, ya que la aseguradora subroga los derechos del acreedor y puede ejecutar la hipoteca de igual forma.
La investigación del Sernac recopiló antecedentes mediante requerimientos de información dirigidos a ambas empresas y analizó información proporcionada por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
Otra práctica contraria a la ley ejecutada por la empresa, según el Sernac, sería un mandato irrevocable conferido a Creditú para autocontratar el seguro a nombre del deudor y una cláusula de aceleración que establece que, si el consumidor revoca el seguro, la empresa exigirá el pago inmediato y total de la deuda hipotecaria.
La afectación radica en que Creditú ya fijaba los intereses de sus mutuos hipotecarios exactamente en el límite de la Tasa Máxima Convencional, por lo que, al sumar el costo del seguro bajo el concepto de interés, la institución vulneró la normativa al sobrepasar el máximo legal permitido, según dijo el Sernac.
Con base en los argumentos jurídicos, el Sernac solicitó a la justicia que declare la nulidad de las cláusulas mencionadas y del contrato de seguro del crédito, cuya prima debe computarse legalmente como interés.
Adicionalmente, el Sernac exigirá aplicar las multas máximas de hasta 1.500 UTM ($107.259.000) por cada infracción a las empresas demandadas, además del pago de indemnizaciones por daño moral y costos de reclamo en favor de todos los consumidores afectados.
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La mayoría no entiende el debate por el impuesto a las empresas. El resto lee La Tercera.
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