Generales de Carabineros sumariados llevan a la Contraloría a la Corte: Acusan a Bermúdez de “desviación de poder”

Seis de los siete jefes policiales -y un séptimo en retiro- inculpados por el ente contralor de cometer faltas administrativas durante el control y orden público durante la crisis social, presentaron recursos de protección ante el tribunal de alzada de Santiago. Dicen que el único que puede removerlos de su cargo es el general director, Mario Rozas.


En momentos en que Carabineros se alistaba para enfrentar el primer 11 de septiembre post estallido social, y comenzaba a afinar sus planes estratégicos para el próximo 18 de octubre, la Contraloría dio un inesperado golpe al corazón del mando policial: formuló cargos contra siete generales de la institución por su responsabilidad de mando en las actuaciones de orden público durante la crisis social.

Los generales Jorge Valenzuela, director Nacional de Apoyo a las Operaciones Policiales; Mauricio Rodríguez, jefe de la Zona Metropolitana; Enrique Bassaletti, jefe de la Zona Santiago Este; Enrique Monrás, jefe de la Zona Santiago Oeste; Hugo Zenteno, jefe de Zona de Valparaíso; Jean Camus, director de Logística; y Jorge Ávila, exjefe de Fuerzas Especiales de Carabineros, fueron notificados por parte de Contraloría de cargos que iban desde no actualizar los protocolos de uso de la fuerza, hasta no haber evitado el lanzamiento de bombas lacrimógenas en las cercanías de recintos hospitalarios.

Contraloría presentó cargos, notificó y se quedaba a la espera de los descargos de los generales, quienes pidieron suspender el proceso por el estado de excepción a raíz de la pandemia. Se estaba en eso cuando la semana pasada, entre miércoles y viernes, comenzaron a llegar a la Corte de Apelaciones de Santiago una batería de recursos de protección contra Contraloría, especialmente contra el contralor Jorge Bermúdez, la fiscal del ente contralor, Doris Roa, y el fiscal instructor del sumario, Carlos Soto.

La consiga de los generales es que el sumario y los cargos no se ajustan a la Constitución, además de un actuar “arbitrario e ilegal” de Bermúdez y sus funcionarios.

“Afectación de derechos constitucionales”

El general inspector Jorge Valenzuela, quinto al mando de la institución y jefe de la Dirección de Apoyo a las Operaciones Policiales, fue objeto de cargos por la Contraloría por “no haber adoptado acciones o medidas de planificación, evaluación, coordinación y gestión, conducentes a garantizar en forma oportuna la suficiencia y operatividad de los medios disuasivos”.

Según expuso su defensa en el recurso de protección, esto “constituye un intento del ente fiscalizador por convertirse en un coadministrador de Carabineros de Chile, lo cual resulta absolutamente improcedente a la luz de las disposiciones citadas. Esto se torna especialmente manifiesto, al observar que lo que se impugna es un hecho negativo (‘no haber adoptado’)”.

También, a ojos de la defensa del general en ejercicio, el proceso investigativo del ente contralor “no se trata realmente de un sumario por infracción de normas administrativas, sino que es lisa y llanamente una revisión del mérito de las decisiones y la actuación discrecional que le cabe y corresponde a Carabineros de Chile, dentro del ejercicio de las funciones que le han sido encargadas constitucionalmente de conformidad con el artículo 101 de la Constitución Política de la República”.

“Un despropósito”

El general Mauricio Rodríguez también es de los grados más altos. Es general inspector y carga tres estrellas en su hombro, siendo el séptimo hombre detrás de la línea de mando.

El jefe de la Zona Metropolitana, encargado de supervisar todos los operativos que se desarrollan en la región, fue acusado por la Contraloría de “no haber adoptado acciones o medidas oportunas y suficientes, en razón del control y supervisión que le correspondía ejercer respecto al funcionamiento de la Zona Control y Orden Público e intervención de la zona Santiago este, a fin de corregir y evitar la utilización de elementos químicos en las cercanías y/o interior" de establecimientos de salud. Además, se le imputó no haber instruido el uso diferenciado y gradual de la fuerza, entre el 18 de octubre y 29 de diciembre de 2019.

Para el general Rodríguez, la acción de la Contraloría, según expuso en el recurso de protección elevado al tribunal de alzada capitalino, es un "encadenamiento de actuaciones en que los requeridos arrogándose potestades de las que carecen, y así, transgrediendo la juridicidad, instruyeron una instigación sobre cuestiones de exclusiva decisión de mérito y discrecionalidad técnica, inalcanzables a su propio conocimiento y aptitud, resultas de lo cual se vulneran normas y principios sustanciales del Estado de derecho como la supremacía constitucional y su efecto vinculante”. En ese sentido, agregó que es "un despropósito que agrede al estado de derecho y además nos genera un demérito personal moral y familiar y de ascendientes institucional, ya que afecta nuestra reputación y honor así como relevantes derechos constitucionales”.

La tesis de fondo que comparten los generales que recurrieron a la Corte es que es el general director, Mario Rozas, quien tiene la potestad de removerlos de sus cargos. Tanto Rodríguez como otros cinco generales piden, además, que se condene en costas a los uniformados acusados por el ente contralor y que no se entreguen los antecedentes del caso al Ministerio Público.

“El juez natural y competente no es la Contraloría”

El general Enrique Bassaletti supo del cargo levantado en su contra por la Contraloría el 11 de septiembre. Ese día fue notificado de que, a juicio del organismo que lidera Jorge Bermúdez, en su calidad de Jefe de la Zona Santiago Este de Carabineros, no adoptó “medidas o acciones oportunas y suficientes, en razón del control y supervisión que le correspondía desempeñar respecto a las reparticiones bajo su dependencia, a fin de corregir evitar la utilización reiterada de elementos químico-disuasivos por parte del personal operativo de Carabineros de Chile, en las inmediaciones y cercanías” de tres centros de salud. Se trata de la exsede Oriente del Hospital Félix Bulnes, la Clínica Santa María y el Hospital Exequiel González Cortés.

Bassaletti, quien también es representado por Jorge Martínez, dice que el sumario llevado en su contra vulnera los derechos constitucionales de igualdad ante la ley, la “igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos”, la garantía de que “nadie podrá ser juzgado por comisiones especiales” y el derecho de propiedad.

En su recurso, el abogado de Bassaletti dice que “el juez natural y competente, NO ES la Contraloría General de la República, dicha institución no tiene potestad, facultad ni atribución legal, según las normas, citadas y nuestra Carta Magna”. Luego, agregan que “de ese modo, los recurridos han creado y maquinado una realidad inexistente, en la cual se arrogan un poder improcedente, que contradice y colisiona con la ley, creando así un acto nulo, sumario administrativo, que vulnera ciertas garantías constitucionales, que se señalarán, precisamente para cautelar que lo anterior no posea cabida en nuestro Estado de Derecho”.

Bassaletti también pide una orden de no innovar para que se suspenda la tramitación del sumario, sus antecedentes se mantengan bajo reserva y que no se entreguen a nadie. Al igual que otros generales, dice que si ya fueron entregados a la fiscalía, debe ordenarse la “inmediata devolución”. A su vez, pide que se condene en costas a la Contraloría.

“La Contraloría ha incurrido en una desviación de poder”

“En su calidad de Jefe de la Zona Santiago Oeste de Carabineros de Chile, no haber adoptado acciones o medidas oportunas y suficientes, en razón del control y supervisión que le correspondía ejercer respecto al funcionamiento de las siete reparticiones bajo su dependencia, a fin de corregir, enmendar o subsanar la inadecuada utilización de la escopeta antidisturbios por parte del personal operativo de Carabineros de Chile, en el marco de procedimientos e intervenciones de control de orden público materializadas en su territorio jurisdiccional”.

Este es el cargo que Contraloría imputó al general Enrique Monrás, jefe de la Zona Santiago Oeste. Sin embargo, a juicio del general el sumario en su contra “se trata de un acto manifiestamente ilegal y arbitrario que perturba y amenaza gravemente los derechos y garantías constitucionales”. En específico, dice el abogado que lo representa, la igualdad ante la ley, las garantías “de un procedimiento y una investigación racionales y justos” y el derecho de propiedad.

En el recurso se acusa que la Contraloría se adjudicó una competencia que, según ellos, no le corresponde. “Los recurridos al arrogarse competencia, pretendiendo de esta manera sancionar a un General de Carabineros de Chile, formulándole cargos disciplinarios, han incurrido en una ‘desviación de poder’, ya que sin considerar el interés general han sustraído la potestad disciplinaria desde Carabineros de Chile hacia ellos en particular, tramitando un sumario ante sí, arrogándose un poder decisional del que carecen, lo que pugna contra el bloque normativo constitucional y legal aplicables, asumiendo facultades que no les corresponden”, dice la acción de protección.

De los siete recursos de protección presentados ante la Corte de Apelaciones de Santiago, el del general Monrás es el más avanzado. Fue ingresado el miércoles de la semana pasada y el viernes fue declarado inadmisibile por la Primera Sala del tribunal de alzada capitalino.

En la resolución —redactada por las ministras Elsa Barrientos, Inelie Durán y el abogado Jorge Norambuena— estimaron que el contenido de las siete acciones de protección se escapa del objetivo que tiene este tipo de recursos, ya que el sumario recién está en fase de formulación de cargos, aún está pendiente los descargos de los sumariados y posteriormente su sanción. Incluso los cargos podrían ser desestimados. Para estos efectos la Contraloría propone una sanción al general director de Carabineros, Mario Rozas, quien la acepta o rechaza y luego es el Presidente Sebastián Piñera quien confirma o modifica la sanción o absolución propuesta.

El abogado del general, Jorge Martínez, ya presentó una reposición para revertir esta decisión. “Lo grave de la resolución recurrida, es que se priva, se resta, se desconoce al recurrente el derecho a la tutela jurídica”, plantea Martínez. Sin embargo, el criterio de esta sala podría sentar un precedente para los otros seis recursos, los cuales también podrían ser declarados inadmisibles.

“Amenaza al derecho de propiedad sobre su empleo”

El general Hugo Zenteno fue notificado el 10 de septiembre del cargo formulado por la Contraloría en un sumario en su contra. El reproche administrativo, según relata el alto oficial en su recurso, fue porque a juicio del ente contralor no adoptó “medidas o acciones oportunas y suficientes, en razón del control y supervisión que le correspondía desempeñar respecto a las reparticiones y unidades bajo su dependencia, a fin de evitar la utilización de elementos químico-disuasivos por parte del personal operativo de Carabineros de Chile, en las cercanías y al interior del Hospital Dr. Gustavo Fricke (comuna de Viña del Mar), durante la tarde del día viernes 8 de noviembre de 2019”.

En el escrito relata que el alto general es “una persona que ha entregado una vida de servicio a su patria por más de 33 años, asumiendo los evidentes costos personales y familiares de tan numerosas destinaciones, así como sus pasos por las escuelas de formación, carrera que en el último tiempo se ha visto coronada con su designación como General a cargo de la V Zona de Carabineros de Chile”.

El recurso invoca que Contraloría estaría vulnerando el derecho de igualdad ante la ley, la “igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos” y el derecho de propiedad.

Zenteno también pide una orden de no innovar para que Contraloría se abstenga de “de seguir tramitando el sumario administrativo”. A su vez, pide que se deje sin efecto la formulación de cargo en su contra: “(Se ordene) en su lugar que los antecedentes sean puestos en conocimiento del señor General Director de Carabineros, que es la única persona que, conforme al reglamento, puede conocer y sancionar supuestas faltas disciplinarios o administrativas de mi representado para que sea el General Director quien decida la procedencia o improcedencia de iniciar un sumario administrativo o seguir adelante con el vigente y, en su caso, resuelva conforme a derecho”.

“Graves infracciones cometidas por el contralor”

El general Jean Camus también pide un pago en costas y que no se remitan los antecedentes a la fiscalía, y si eso ya ocurrió (ya está en manos de la fiscal Ximena Chong), que la Corte pida su devolución.

Camus fue acusado por la Contraloría, pues “en su calidad de director de Logística de Carabineros, no haber adoptado acciones o medidas de planificación, gestión y control, conducentes a garantizar en forma oportuna la suficiencia y operatividad de los medios disuasivos contemplados en el nivel 4 de uso de la fuerza establecida”.

Sin embargo, según el recurso del alto oficial, se vulneró el “principio de supremacía y juridicidad constitucional”. Además, el escrito consigna que "la protección urgente de los derechos y garantías de constitucionales del general de carabineros, frente a las graves infracciones cometidas por el contralor Jorge Bermúdez, por su y en representación de la Contraloría, y por los fiscales de la señalada Contraloría, al instruir un procedimiento sumario improcedente, mediante el cual pretende, entre otras cosas, imponer una sanción disciplinaria, constituyéndose autónomamente en una comisión especial, ya que el único juez natural llamado a sancionar a un general de carabineros, conforme a lo que establece la Constitución y la ley, es el general director de esta institución”.

“Se vulnera mi derecho al goce de las prestaciones, beneficios y jubilación”

El general (R) Jorge Ávila salió de Carabineros en diciembre del año pasado, en medio de los cuestionamientos al rol de Fuerzas Especiales por el uso de la fuerza y sus actuaciones de control de orden público.

Ávila, hoy en retiro, fue acusado por no haber adoptados las medidas necesarias para “corregir, enmendar o subsanar la inadecuada utilización de la escopeta antidisturbios por parte del personal operativo y especializado de Carabineros de Chile, en la Región Metropolitana”. El segundo cargo apunta a no haber realizado las acciones correspondientes para “corregir y evitar la utilización de elementos químico-disuasivos por parte del personal operativo y especializado de Carabineros de Chile, en las inmediaciones y cercanías” de la exsede Oriente del Hospital Félix Bulnes y de la Clínica Santa María. El tercer cargo fue por “no haber adoptado medidas y acciones de información y gestión con las altas reparticiones competentes de la citada institución de orden y seguridad, a fin de corregir la insuficiencia e inoperatividad de un alto porcentaje del parque vehicular táctico de Carabineros de Chile”. En específico esto último hacía referencia a los carros lanzagua de la institución.

En su recurso, Ávila dice que de manera “inequívoca” la facultad disciplinaria radica “única y exclusivamente en Carabineros de Chile, a través de su general director y, en último término, en el presidente de la República, jerarca de la institución, mas nunca aquella ha estado entregada al ente contralor”.

En esa línea, plantea que de existir un sumario en contra de un general “quien actúa como fiscal instructor será un general más antiguo y como dictaminador el general superior respectivo”. Luego agrega que la facultad fiscalizadora de la Contraloría solo responde a lo que tiene que ver con el “uso de los recursos financieros presupuestarios”.

Luego el general (R) hace referencia a la eventual vulneración del derecho de propiedad. “La circunstancia de ser oficial general me ha dado el derecho, ya terminada mi carrera, a una serie de privilegios, como pensión de retiro, montepío e indemnizaciones para su familia. La circunstancia de que se instruya por los recurridos un procedimiento administrativo disciplinario en mi contra, vulnera mi derecho al goce de las prestaciones, beneficios y jubilación”, dice el escrito.

Luego, el recurso agrega que “estos derechos se ven amenazados por la formulación de cargos efectuada de manera arbitraria e ilegal por los recurridos, ya que, de confirmarse los cargos por autoridad incompetente, puede devenir en su contra una sanción disciplinaria injusta e ilegal, que en su caso conllevaría a su destitución, perdiendo de esta forma muchos derechos, prestaciones y beneficios que la ley Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile me confiere".

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