Qué es la “ley de nietos” y su polémica por el impacto en las elecciones del próximo año en España
El Tribunal Supremo suspendió de forma cautelar la inscripción electoral de los naturalizados por la Ley de Memoria Democrática, en un fallo que celebró la extrema derecha y que el gobierno de Pedro Sánchez calificó de recorte de derechos. La decisión, que aún no es firme, llega cuando el voto desde el exterior roza el 7% del padrón español y alimenta la incertidumbre sobre las elecciones generales de 2027.
El Tribunal Supremo de España suspendió el martes pasado el derecho a voto de miles de ciudadanos naturalizados al amparo de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como la “ley de nietos”.
La decisión paraliza la inscripción inmediata de estos electores en el padrón y reabre una disputa política que ya se proyecta sobre las elecciones generales de 2027.
La normativa, aprobada por el Congreso y el Senado en octubre de 2022, permite optar a la nacionalidad española a los nacidos fuera del país que sean hijos o nietos de exiliados durante la Guerra Civil y la dictadura franquista.
Desde su entrada en vigor, ha beneficiado a miles de personas en distintos países, incluidos varios de América Latina.
En la práctica, el fallo del alto tribunal frena el ingreso automático de los nuevos nacionalizados al Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) y los obliga a acreditar su condición de familiares de exiliados españoles para poder sufragar.
En cualquier caso, la medida es cautelar y no debe considerarse firme ni definitiva, ya que el Supremo aún debe resolver el fondo de la controversia.
El origen del litigio está en un recurso presentado por los partidos de extrema derecha Vox e Iustitia Europa contra un acuerdo de julio pasado de la Junta Electoral Central (JEC), que se había negado a pronunciarse sobre los efectos electorales de la normativa. Ambas colectividades acusaron al gobierno socialista de Pedro Sánchez de intentar inflar el padrón electoral en su propio beneficio, lo que fue desmentido por Moncloa.
Qué resolvió el tribunal
En el fallo, conocido el jueves, el Tribunal Supremo argumentó que la inscripción en el censo electoral de los nacionalizados por la Ley de Memoria Democrática genera “un peligro fundado, real y serio de poder afectar gravemente a la objetividad y transparencia del proceso electoral”.
Aquello, según señaló el auto, provocaría “un daño irreversible a la rectitud y corrección” del proceso, en momentos en que incide en un elemento esencial para el Estado de derecho como es la expresión de la voluntad popular a través del sufragio, de acuerdo con lo reportado por el diario El País.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la máxima instancia judicial española invocó el principio del “periculum in mora” que rige la adopción de medidas cautelares, y consideró que existe un riesgo de alteración del censo por la vía de un incremento excepcional de inscripciones en el CERA.
El tribunal dio por válidas las cifras de Iustitia Europa, que contabilizó 408.262 nuevos inscritos en el CERA entre las elecciones de 2023 y julio de este año. La decisión fue acordada por cinco de los seis magistrados que debatieron el recurso.
La Fiscalía y la Abogacía del Estado se opusieron a la medida y advirtieron que restringiría un derecho fundamental reconocido en la Constitución para los nacionalizados. El tribunal, no obstante, aclaró que la medida “tendrá un carácter meramente temporal” y que solo mantienen el derecho a voto quienes puedan acreditar su condición de hijo o nieto de un español que hubiera sufrido exilio por razones políticas, ideológicas, religiosas o de orientación e identidad sexual.
Sin embargo, el criterio adoptado por el Supremo contradice las directrices que había fijado el Ministerio de Justicia en octubre de 2022, que establecían que no era necesario acreditar ese vínculo para quienes salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955, un período para el que se presumía la condición de exiliado.
Ante esto, el Tribunal Supremo advirtió que esa interpretación amplia provocó “el progresivo incremento del CERA” y no se ajusta al contenido de la norma que interpreta.
Tres vías de acceso
La “ley de nietos” corresponde, en rigor, a una disposición incluida en la Ley de Memoria Democrática, aprobada en octubre de 2022, según explicó el medio español El Periódico. El texto contempla tres vías de acceso a la nacionalidad española.
La principal, beneficia a los nacidos fuera de España que sean hijos o nietos de un español o española que hubiera perdido o renunciado a su nacionalidad tras sufrir exilio por razones políticas, ideológicas, religiosas o de orientación e identidad sexual, con un límite de segundo grado de parentesco, sin posibilidad de acudir a un bisabuelo o tatarabuelo.
La segunda vía alcanza a los hijos nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución. La tercera corresponde a los hijos mayores de edad de quienes obtuvieron la nacionalidad a través de la primera “ley de nietos”, impulsada por José Luis Rodríguez Zapatero en 2007.
El plazo para presentar solicitudes se abrió en octubre de 2022 y, tras una prórroga de un año dispuesta por el gobierno, se cerró en octubre de 2025. Durante ese período hubo cerca de 2,6 millones de solicitudes, de las cuales más de 100.000 ya fueron rechazadas.
Quien obtiene la nacionalidad por esta vía adquiere la condición de español de origen, aunque de forma sobrevenida y sin carácter retroactivo, con los mismos derechos que cualquier otro ciudadano, entre ellos el voto en elecciones generales a través del CERA.
El peso del voto exterior
El impacto de la ley sobre el padrón es considerable. Hasta marzo de este año se habían iniciado más de 1,2 millones de expedientes, de los cuales 545.000 fueron aprobados y 306.500 completaron su inscripción en el registro consular, paso previo al alta en el censo electoral.
Actualmente, el voto desde el exterior roza el 7% del padrón electoral español. Así, de no haberse mediado la intervención judicial, las proyecciones apuntaban a que hasta 12 de cada 100 personas inscritas en los registros electorales habrían votado desde el extranjero al concluir el proceso.
Mientras en 2021 el censo exterior creció en 57.667 personas, desde la entrada en vigor de la ley, en octubre de 2022, la cifra de nuevos inscritos aumentó en 461.858 electores. Solo entre enero y agosto de este año se registraron 82.790 nuevas altas, ritmo que superó en ocho meses el crecimiento de todo un año previo a la norma.
Además, según información del diario el Mundo, el fenómeno se distribuyó de forma desigual por el territorio español. La Comunidad de Madrid encabezó las alzas con un repunte del 36,67% en el voto exterior, seguida de Baleares, Álava y Girona.
Esas cifras, sin embargo, reflejarían la falta de un vínculo con buena parte de las inscripciones madrileñas, a diferencia de regiones como Galicia o Asturias, donde hubo rutas migratorias directas hacia América durante la Guerra Civil y la dictadura de Francisco Franco.
En 2023, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ya había reconocido que el voto exterior podía “alterar el último escaño en hasta nueve provincias con diferencias inferiores a 2.000 votos”, margen que permitió al Partido Popular (PP) arrebatar un diputado al PSOE en Madrid tras el recuento del CERA.
Reacciones cruzadas
El auto acordado del Supremo detonó un enfrentamiento político inmediato en un debate que el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, ya había instalado al denunciar una “ingeniería electoral” del gobierno. El presidente Pedro Sánchez acusó a la oposición de vulnerar derechos fundamentales. “El Partido Popular y la ultraderecha cercenan el derecho al voto de miles y miles de ciudadanos españoles”, dijo, y aseguró, según consignó la agencia de noticias EFE, que aspiraba a ciudadanos “todos de primera, con los mismos derechos”.
El mandatario pidió además al tribunal que resuelva con rapidez para evitar que la suspensión se transforme en un limbo jurídico.
Desde Vox, la portavoz parlamentaria Pepa Millán celebró la resolución. Destacó haber logrado que el tribunal “suspenda los efectos electorales de la llamada ley de nietos y el intento de manipulación electoral para las próximas elecciones”, y afirmó que su partido había logrado “detener el objetivo de Pedro Sánchez de perpetrar un golpe en las próximas elecciones generales a través de la adulteración del censo”.
Por su parte, la presidenta de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, del PP, se adelantó a una futura instrucción de la Junta Electoral Central y anunció alegaciones “para garantizar que el gobierno no manipule el censo” con el voto exterior.
La presidenta del Tribunal Supremo, Isabel Perelló, respondió a las críticas del oficialismo durante la apertura del año judicial. “No es admisible que la descalificación pública de los jueces se convierta en un instrumento de presión”, sostuvo. El propio Supremo insistió en que su decisión no es firme y que aún debe resolver sobre el fondo del recurso presentado por Vox e Iustitia Europa, en un proceso cuyo desenlace podría redefinir las reglas del voto exterior antes de las elecciones generales de 2027.
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