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El día en que la Fiscalía fraguó la fallida estrategia para imputar a policías en el estallido social

El veredicto absolutorio a favor de Claudio Crespo reactivó viejas polémicas al interior del Ministerio Público. Por ejemplo, la discusión sobre si optar o no por "mano dura" durante el 18-O para agentes policiales que violaran los derechos humanos. Acá, por primera vez, se develan las actas de esos días, que retratan la acalorada discusión que tuvieron.

15/01/2026 - CLAUDIO CRESPO - Foto - Mario Tellez / La Tercera MARIO TELLEZ

La absolución del exteniente coronel Claudio Crespo en el Caso Gatica no solo marcó el fin de una de las casusas más emblemáticas del estallido social, sino que también el destino de una tesis que la Fiscalía levantó cuando las protestas y manifestaciones de 2019 aún sacudían al país y los tribunales todavía no determinaban que los efectivos policiales estaban habilitados para defenderse ante la violencia desplegada en Plaza Baquedano.

Así quedó registrado en un acta reservada donde el entonces fiscal nacional Jorge Abbott y sus fiscales se manifiestan estupefactos ante el escenario de denuncias que enfrentaban. En una reunión, entre el 12 y 13 de diciembre, levantaron las estrategias que luego se desarrollaron frente a delitos atribuidos a agentes del Estado. Casos, por ejemplo, como el de Crespo o del cabo de Carabineros Sebastián Zamora.

En esas conversaciones, los persecutores discutían sobre las dificultades que enfrentaban entonces: como lo complejo que resultaba identificar a los autores de los hechos más graves de violencia, la fragmentación de criterios entre fiscalías regionales y una coordinación deficiente con las policías.

De hecho, un fiscal de esa época recuerda que más de una vez se plantearon “¿qué cresta está pasando?, se está quemando el Metro”. Todo, dice la misma fuente, era algo nuevo: “Una locura”.

En esa reunión de fiscales regionales que enfrentaron el estallido, el primero en tomar la palabra fue Manuel Guerra: en ese entonces fiscal regional Oriente y con jurisdicción en la mitad de la Plaza Italia, epicentro de las protestas y desórdenes.

“En la mayoría de los casos identificados ha habido problemas de identificación”, expuso al presentar el primer balance. Según detalló, por esos días se contabilizan 3.765 víctimas, en su mayoría hombres, pero también 708 mujeres y 605 niños, niñas y adolescentes. El origen de las denuncias, sostuvo, proviene mayoritariamente de Carabineros, algo que calificó como esperable dada su función de resguardo del orden público.

Guerra advirtió que aunque hubo una baja de lesionados hacia fines de octubre, en los últimos días se ha observado un repunte en la Región Metropolitana, con especial presencia de víctimas atendidas en recintos hospitalarios. En ese punto, destacó el rol de la División de Atención a Víctimas y Testigos (DAVT), particularmente en la unidad de trauma ocular del Hospital del Salvador.

Sin embargo, uno de los nudos críticos —según quedó plasmado en el acta— es la calificación jurídica de los hechos. Guerra planteó que existen diferencias relevantes entre fiscalías al momento de tipificar lesiones menos graves o leves: algunas tratadas como delitos comunes (artículo 255), otras como apremios ilegítimos en su hipótesis residual. “Eso influye directamente en las decisiones de término de las causas”, advirtió.

Un alto directivo del Ministerio Público de la época recuerda: “Así como los carabineros no estaban preparados para ese nivel de violencia, nosotros menos. Ahí fue cuando algunos se creyeron Vicaría de la Solidaridad y fueron a hospitales a buscar víctimas”.

En esa época, como se devela en esta acta, la dificultad para imputar responsabilidad individual aparecía como una constante. “Nos llevará a decisiones de no perseverar o archivo provisional en una cantidad importante de casos”, alertó Guerra, planteando que la falta de respuestas uniformes hacia la ciudadanía es “un aspecto digno de estudiar”.

“La cadena de denuncias se rompió”

La gravedad del escenario fue reforzada por el fiscal regional metropolitano Centro Norte, Xavier Armendáriz, quien fue más explícito en su diagnóstico. De hecho es él y su equipo, con la fiscal Ximena Chong, quienes luego asumen la dirección de casos “emblemáticos” del estallido: desde el caso Pío Nono, donde se absolvió al carabinero Sebastián Zamora (diputado electo), hasta el caso Gatica.

“Tenemos un problema país”, afirmó el jefe regional Centro Norte, quien desde ya aseguró que Chile enfrentaría una eventual responsabilidad internacional del Estado por violaciones a los derechos humanos.

Ese día, Armendáriz reconoció que existían, ya a esa altura, 1.569 causas en su región y que la inmensa mayoría no ingresó por partes policiales. “La cadena de denuncias se rompió”, dijo, subrayando que muchas víctimas solo confían en el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) y que la cifra negra podría ser “cinco o seis veces mayor”.

El fiscal fue enfático en cuestionar la imposibilidad de investigar eficazmente a Carabineros. “Es impresentable que el Ministerio Público termine archivando masivamente estas causas porque no logramos identificar a los funcionarios”, sostuvo. A su juicio, permitir una defensa corporativa implicaría un daño irreversible: “El prestigio del MP se va al suelo”.

También instaló un punto especialmente sensible: la responsabilidad de mando. “Ha habido una forma de enfrentar el orden público que me parece inaceptable”, señaló, planteando que las investigaciones no pueden agotarse en el autor material.

Junto con esto, el jefe regional Centro Norte, ante las investigaciones en curso, dijo: “Creo que tenemos un problema país, nos guste o no Chile va terminar con una responsabilidad del Estado a nivel interno y externo. Hay dos informes en que nos ha ido pésimo: Amnistía y HRW, en la Interamericana nos ha ido mal y ayer hubo un hecho histórico importante con la destitución del exministro del Interior por su papel en esta materia. Creo que nosotros haríamos un triste papel si en equis años más se dice que el MP actuó mal, en forma omisiva. Hay un tema de extraordinaria importancia, y esto, nos guste o no, rebota en el tema de la reforma de la policía”.

Actualmente, Armendáriz y Chong tienen formalizado a parte del Alto Mando de Carabineros de esa época, justamente por el rol que cumplieron.

“Este es un momento histórico”

La discusión jurídica también cruzó el debate. Se analizaron los alcances de los delitos de apremios ilegítimos, abusos contra particulares, violencia innecesaria y su relación con la justicia militar. La directora de la Unidad Especializada en Derechos Humanos de esa época, Ymay Ortiz, explicó que la figura de violencia innecesaria quedó como residual tras la dictación de los tipos de violencia institucional, aunque no descartó casos excepcionales.

Para Guerra, en esa oportunidad, la Fiscalía debía tomar decisiones. Cabe recordar que él tenía casos, también, en Plaza Baquedano (Providencia). “Encuentro interesante la discusión y podríamos plantearnos muchas hipótesis fácticas que podrían darse, y sería interminable abarcarlas todas. Entonces, lo que debemos hacer es quedarnos con los nudos críticos y, en ese contexto, debemos ver cómo se estructura el ingreso que estamos teniendo, y muchos casos son lesiones leves o menos graves según la descripción que hacen los médicos”.

Junto con esto, apuntó a que “un primer punto sería que no la vamos a entender nunca como leves, sino siempre como menos graves. Por tanto, nos queda la discusión de si vamos por el delito común o el delito especial de derechos humanos. Coincido con que este es un momento histórico y que se va a evaluar a la institución en función de cómo actuamos y la capacidad de respuesta. Y es ahí dónde debemos tomar una opción, más allá de las consideraciones meramente jurídicas”.

Este último orden de ideas apoyaba la visión de Armendáriz. “En principio, deberíamos circunscribirnos a algún tipo penal que recoja aquellos de derechos humanos, en general apremios ilegítimos, abusos contra particulares. No descartaría la figura del art. 330. La única situación que me parece más compleja es la prueba del dolo, en el sentido de que derechamente tenemos situaciones en que nos van a alegar, en que el carabinero ejecutó una acción que no es dolosa, sino culposa. Y ahí entraremos, de nuevo, en circunstancias de hecho respecto de distancia, de años de servicio, etc.”.

Desde Antofagasta, un fiscal regional sostuvo que investigar bajo el prisma de violaciones de derechos humanos no solo busca sanción penal, sino también frenar los excesos policiales. “Esto es una noticia en desarrollo”, dijo.

El fiscal nacional de ese entonces, Jorge Abbott, coincidió en la necesidad de resguardar evidencia clave, particularmente imágenes, y advirtió sobre el bajo nivel de formalizaciones: solo un 0,6% de las denuncias, frente a un promedio histórico cercano al 18%. “Es preocupante”, reconoció, especialmente ante las críticas públicas del INDH.

Lesa humanidad y patrón de conducta

Uno de los puntos más sensibles fue la advertencia sobre el futuro uso de estas investigaciones. Guerra ese día planteó la necesidad de georreferenciar hechos, fechas y horarios con apoyo de SACFI, ya que la masividad y permanencia de los casos podría, eventualmente, configurar delitos de lesa humanidad.

“La información adecuada permitirá identificar una pauta de conducta prolongada en el tiempo”, sostuvo.

En ese marco, la directora de DD.HH. recordó que la Fiscalía de Valparaíso ya investiga delitos de lesa humanidad y que las causas regionales pueden nutrir esa línea. “Muchas de estas investigaciones permitirán detectar un patrón y una responsabilidad de mando”, afirmó.

El acta cierra con una definición estratégica compartida: no adoptar decisiones de término que impliquen desestimación sin agotar las diligencias, restringir salidas alternativas y elevar el estándar investigativo: aun cuando ello genere tensiones con las policías.

“Es parte de nuestras obligaciones”, resumió Guerra. Y añadió una frase que atraviesa todo el documento: “Así lo tendrá que entender Carabineros”.

¿Cuál fue el problema? Que ese criterio terminó con la absolución de Zamora, Crespo y de, al menos, otro cuatro casos similares empujados por Chong y su equipo de Alta Complejidad. Por eso, no pocos plantean un fracaso en las decisiones institucionales del Ministerio Público.

Un directivo de la institución ironiza: “Ojalá los que vayan a protestar en marzo hayan leído el veredicto del caso Gatica, ahí el tribunal realizó una especie de actualización de las reglas de uso de la fuerza: cualquier carabinero que sienta su integridad en riesgo podrá defenderse con sus armas, incluso con la letal”.

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