Nacional

El portazo de la Corte de Santiago a Luis Maldonado en su intento por evitar que Carlos Miranda asuma como triple interino

El conservador del Registro de Propiedad, Comercio y Aguas, que jubilará de manera forzada este 2 de octubre, había pedida una solicitud de aclaración al pleno del tribunal de alzada capitalino. Sin embargo, los ministros de forma unánime acordaron no dar lugar a su petición.

Corte de Apelaciones de Santiago

De manera sigilosa, sin que se supiera, el conservador del Registro de Propiedad, Comercio y Aguas Luis Maldonado envió una solicitud de aclaración al pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago.

Con su consulta el poderoso abogado de 81 años ejecutó su última jugada para tratar de controlar quién se quedará con su apeticido y millonario oficio.

Todo esto en el marco de una institución especial que si bien es unitaria -un solo oficio conservatorio para la jurisdicción de Santiago- en realidad está integrado por tres conservadores.

El conservador del Registro de Propiedad, Comercio y Aguas, Luis Maldonado.

El más antiguo es Maldonado, quien lleva décadas al mando y que luego de la salida del conservador del Registro Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar Kamel Saquel quedó a cargo de ambos oficios. Y luego viene el actual conservador del Registro de Hipotecas y Gravámenes Carlos Miranda.

Sabiendo que todo indica que le fue mal en el Tribunal Constitucional (TC), Maldonado sacó su último conejo del sombrero y le preguntó a los ministros del tribunal de alzada capitalino qué regla aplicaba para definir a su sucesor interino.

Esto en medio de la cuenta regresiva para que en solo unas horas más, Maldonado termine una larga carrera de décadas al mando del oficio más suculento de todo el país, uno que según el mito judicial le deja utilidades mensuales que rondan los $100 millones.

La duda que quería construir Maldonado era si respecto de su oficio aplica la regla general del 402 y 402 bis o la regla especial diseñada por el Congreso para el Conservador de Santiago del artículo 449 del Código Orgánico de Tribunales.

La diferencia parece una leguleyada, pero para quienes conocen a Maldonado comentan que era un detalle muy importante para él.

Si en su oficio aplica la regla general, eso significa que entonces él podía controlar quiénes serían sus interinos ya que aplican los tres nombres que envió -sin éxito- hace unos meses a la Fiscalía Judicial.

Pero si aplica la norma especial, implica que con su oficio, de forma interina, se queda el auxiliar de la justicia más antiguo, es decir, Miranda.

El conservador del Registro de Hipotecas y Gravámenes, Carlos Miranda. MARIO TELLEZ

Pese a todo, Maldonado fue notificado esta tarde de una mala noticia. El pleno, de forma unánime, acordó no dar lugar a la solicitud de aclaración.

Para esto pesó el informe evacuado por el ministro Rodrigo Schnettler quien integra la comisión de notarios.

A juicio de la Corte de Santiago “desde el 2 de abril de 2026 el nombramiento de suplentes e interinos de los Conservadores de Bienes Raíces corresponde al Ministerio de Justicia y (artículos 402 y 402 bis del Código Orgánico de Tribunales), de manera que esta corte carece de competencia para efectuarlos, aun respecto de vacancias producidas antes de esa fecha”.

Además consigaron que “los registros vacantes serán servidos por subrogación (artículo 449 inciso penúltimo del Código Orgánico de Tribunales)” por lo que “en este contexto, no procede considerar la nómina” presentada por Maldonado.

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