Nacional

Los argumentos del juez para dejar en prisión preventiva a Wilson Verdugo por crimen del Rey de Meiggs

El juez Iván Olavarría, del 8° Juzgado de Garantía, decretó la medida cautelar contra el presunto autor intelectual del crimen del comerciante José Felipe Reyes Ossa, más conocido como el “Rey de Meiggs”, quien fue abatido por tres sicarios venezolanos el 19 de junio en Ñuñoa.

La audiencia de formalización de Wilson Verdugo, imputado por haber ordenado el sicariato del "Rey de Meiggs". Foto: Aton Chile. LUIS QUINTEROS/ATON CHILE

Esta tarde, en una audiencia que se extendió por cerca de cuatro horas, el juez Iván Olavarría, del 8° Juzgado de Garantía, decretó la prisión preventiva en contra del empresario Wilson Verdugo Díaz, presunto autor intelectual del crimen del comerciante José Felipe Reyes Ossa, más conocido como el “Rey de Meiggs”, quien fue abatido por tres sicarios venezolanos el 19 de junio en Ñuñoa.

El empresario hípico y gastronómico es sindicado como el autor intelectual del crimen: la Fiscalía Metropolitana Oriente lo acusa de haber pagado $30 millones a un ciudadano venezolano, en proceso de identificación, para cometer el asesinato, que, finalmente fue ejecutado por los sicarios, también de nacionalidad venezolana.

En este sentido, pesó en la decisión del magistrado que el imputado mantuviera con la víctima una deuda superior a los $1.160 millones, ya que Reyes Ossa financiaba sus negocios. Asimismo, que en diligencias realizadas por personal de Carabineros en el departamento del imputado, encontraron balas de marca Famae.

También fue determinante una llamada hecha por Verdugo a Reyes Ossa dos minutos antes del crimen y un sobre con $ 9 millones que el imputado dejó en la conserjería del domicilio de la víctima el día del crimen, que, según la Fiscalía, fue usado para atraer al Rey de Meigss al lugar donde sería finalmente ejecutado.

Así, el tribunal accedió a la petición de la Fiscalía de otorgar la máxima medida cautelar, al dar por acreditados los delitos de homicidio calificado, robo con intimidación y tenencia ilegal de munición, por los que fue formalizado Wilson Verdugo, y la participación del imputado en ellos, por las pruebas presentadas por el Ministerio Público.

En este sentido, destacó que “concurren en la especie antecedentes calificados que permiten considerar que la libertad del imputado es especialmente peligrosa para la seguridad de la sociedad”, tras lo cual otorgó la prisión preventiva.

Las razones del juez

En su fallo, el juez Iván OIavarría indicó que, respecto de la imputación de homicidio, “a juicio de este tribunal, en este estado procesal se encuentra suficientemente acreditado por la defunción de la víctima (...), constatada como consecuencia de un traumatismo torácico por proyectil balístico”.

Agregó que “las circunstancias calificantes se configuran por la concurrencia de una alevosía que se estima en este caso, toda vez que los ejecutores actuaron sobre seguro esperando por más de dos horas el momento propicio para atacar a la víctima, cuando esta se encontraba completamente indefensa y actuaron motivados, previo concierto, por previa promesa remuneratoria”.

Respecto del delito de robo con intimidación, el magistrado sostuvo que “existen antecedentes que justifican la existencia del delito respecto de la otra víctima, quien acompañaba al primer ofendido, consistentes en las diversas declaraciones testimoniales y las piezas de la inverstigación que dan cuenta de la sustracción dce especies bajo amenaza con armas de fuego”.

Agregó que “finalmente, la tenencia ilegal de municiones quedó establecida con la incautación de seis cartuchos .38, en cuanto a su calibre, en el domicilio del imputado, sin que su habiente haya contado con la autorización correspondiente”.

Sobre la participación de Wilson Verdugo como autor intelectual del crimen, indicó que “esta se encuentra respaldada por antecedentes que permiten presumir fundadamente su intervención en los hechos investigados”.

“Particularmente, la declaración espontánea del imputado Yonder Emilio Blanco Veliz (uno de los sicarios detenidos por el crimen) el 8 de julio de 2025, quien sin conocimiento de otros antecedentes de la investigación, proporcionó información específica sobre un chileno, que coincide con las características del imputado, y su relación previa con la víctima”, relevó.

Agregó que “además, el análisis del teléfono del ofendido, que permite inferir que el último contacto antes del homicidio fue una llamada de WhatsApp efectuada por este hacia el imputado el 19 de junio a las 12 horas con 18 minutos, esto es apenas dos minutos antes de su muerte”.

Asimismo, sostuvo que el registro de cámaras de seguridad mostraron a Wilson Verdugo entregando un sobre con dinero en la conserjería del edificio de la víctima, a lo que se suma la declaración de la esposa de Reyes Ossa, sobre la relación comercial y la millonaria deuda que existía entre ambos.

Agregó que a esto se agrega “los registros del cuaderno que consigna las deudas del imputado, el análisis de tráfico telefónico que ubica al encausado en dos oportunidades en el lugar de los hechos el día de su ocurrencia, además del análisis financiero que establecería en esta instancia el hasta ahora presunto móvil del delito más grave que ha sido formalizado”.

Aún más, la autoridad expresó que “los cuestionamientos formulados por la defensa respecto a la participación del imputado no logran desvirtuar el mérito de los antecedentes expuestos” por la Fiscalía.

En este caso, relevó la declaración de Yonder Blanco, que fue presentada “de manera espontánera y sin conocimiento de la investigación, proporcionando detalles específicos que resultaron coincidentes con las informaciones posteriormente recabadas”.

Asimismo, destacó que “la secuencia temporal de las comunicaciones telefónicas, especialmente la llamada efectuada por la víctima al imputado dos minutos antes del homicidio, resulta en concepto de este juez, en esta instancia cautelar, especialmente sospechosa y coincidente con la coordinación del delito”.

Finalmente, el juez Olavarría manifestó que “la entrega del sobre con dinero registrada en cámara en el domicilio de la víctima, permite a este juez, en este estadio, que dicha actividad configuró la estrategia para atraer al ofendido al lugar donde luego sería ejecutado”.

“De este modo, en criterio de este sentenciador a estas alturas de las indagaciones, el móvil económico se encuentra suficientemente establecido, no solo por la deuda registrada en el cuaderno de la víctima, sino también por la precaria situación financiera que presentaba el imputado y, además, las conductas de ocultamiento posteriores, particularmente el cambio inmediato de dispositivos telefónicos, se aprecian en corroboración del conocimiento previo de los hechos”, cerró.

Más sobre:Rey de MeiggssicariatosicariosWilson VerdugojuezIván Olavarría

COMENTARIOS

Para comentar este artículo debes ser suscriptor.

Contenidos exclusivos y descuentos especiales

Digital + LT Beneficios$1990/mes por 5 meses SUSCRÍBETE