Límite a descuentos de remuneraciones
<font face="tahoma" size="3"><span style="font-size: 12px;">Incrementar el umbral actual de descuento por planilla por créditos de consumo puede conducir a un endeudamiento excesivo e irresponsable.</span></font>

UN INFORME preparado por expertos del Banco Central de Chile -que curiosamente señala que "no necesariamente" refleja la opinión de su Consejo- ha opinado negativamente sobre un proyecto de ley que pretende extender a todas las entidades que otorgan créditos de consumo los beneficios de que hoy gozan las cajas de compensación, y que les permite requerir de los empleadores el descuento por planilla de las cuotas acordadas. Además, se plantea incrementar el límite actual de ese descuento de un 15% a un 40% de la remuneración total. La opinión del informe es acertada, en cuanto constituye una llamada de alerta sobre los peligros que encerraría incentivar por esta vía el endeudamiento de las personas, a la vez que pone en tela de juicio la conveniencia de que subsistan discriminaciones en este tipo de regulaciones especiales.
El proyecto corresponde a una moción parlamentaria que busca el propósito de reducir el costo del crédito. Su propuesta parte así de la base que entrega a los bancos y demás entidades que otorgan créditos la posibilidad de obtener el pago de las cuotas a través del "descuento por planilla" significaría una reducción de los costos asociados a la cobranza y un menor riesgo de no pago, todo lo cual redundaría, a su vez, en una menor tasa de interés.
La iniciativa apunta acertadamente a eliminar normas asimétricas respecto del otorgamiento de los créditos, como ésta que da el mismo tratamiento de los descuentos previsionales a los que efectúan las cajas de compensación por los créditos que otorgan. Una solución general en este punto sería dar libertad a los trabajadores para requerir a sus empleadores -pagando el costo que esto signifique- el descuento directo de sus remuneraciones de gastos como el pago de créditos de consumo o hipotecarios, mensualidades de colegios u otros semejantes, lo que abriría la posibilidad de una reducción de costos.
Sin embargo, no parece prudente incrementar el límite a un 40% de la remuneración, porque esta ampliación mayor podría incentivar desmedidamente el endeudamiento. El informe sugiere mantener ese límite entre un 15 y un 20% de la remuneración total. En el fondo, se debe evitar que los trabajadores hagan líquido el sueldo en forma anticipada por la vía de un endeudamiento más allá de lo razonable, porque en la práctica las personas perciben como su sueldo real el monto que reciben en efectivo cada mes.
Una de las fortalezas que ha exhibido el país en las últimas crisis financieras -y que es resultado de las lecciones de crisis bancarias anteriores- es la existencia de límites al crédito que pueden otorgar las entidades financieras asociados a la capacidad de pago de las personas, para evitar que comprometan un porcentaje excesivo de su ingreso e incrementen el riesgo de no pago al perder su fuente de trabajo o al no contar con los recursos para sus necesidades básicas. Sin embargo, para que esta medida sea efectiva se requieren mecanismos eficaces para obtener la consolidación de la deuda de las personas y evitar que se comprometa -vía descuento por planilla o directamente- un porcentaje desmedido del ingreso familiar en el pago de las deudas.
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