Columna de Elisa Walker: La importancia de las certezas



Hay muchas materias de la propuesta constitucional que son nuevas para nuestro ordenamiento jurídico y, por lo mismo, han generado gran atención, con algunos reclamos en cuanto a que su regulación también genera incertezas.

El pluralismo jurídico es una de aquellas materias. La propuesta constitucional establece que el Estado reconoce los sistemas jurídicos de los pueblos y naciones indígenas, las que coexistirán en un plano de igualdad con el Sistema Nacional de Justicia (art. 309). La sola redacción ha generado incertidumbre sobre su aplicación. Algunos señalan que esta justicia indígena sería un sistema totalmente ajeno e independiente al que regiría para todo el resto de los habitantes del país, junto con también asegurar que no tendría límites en cuanto a su funcionamiento y resoluciones.

Esas dudas quedan aclaradas y descartadas al leer la propuesta de nueva Constitución, puesto que la justicia indígena queda limitada en dos sentidos. En primer lugar, el texto señala expresamente que la Corte Suprema conocerá y resolverá las impugnaciones deducidas en contra de las decisiones de la jurisdicción indígena, de forma tal que no estamos en presencia de una justicia que se aísla del sistema tradicional (art. 329). En segundo término, la propuesta emanada de la Convención también señala que la justicia indígena debe respetar los derechos fundamentales (art. 309-1); esto genera tanto garantías procesales como sustantivas para las partes, lo que es de la máxima relevancia para resguardar el derecho a la igualdad ante la ley en nuestro país.

Junto con identificar dudas que tienen respuestas en la propia propuesta constitucional, también es importante reconocer que la regulación sobre pluralismo jurídico genera otras interrogantes que a la fecha no han sido respondidas. Por ejemplo, el texto nada dice sobre quiénes serán las personas a las que se les aplica la justicia indígena o qué tipo de conflictos quedan sujetos a la misma. Sin embargo, el silencio sobre estas preguntas no significa necesariamente que esta justicia no tendrá márgenes, puesto que por medio de una ley es posible demarcar su ámbito de aplicación. Lo que sí está claro es que esa delimitación no está aún definida.

La semana pasada, los partidos políticos de gobierno optaron por firmar un acuerdo en el que se comprometen, entre otros, a eliminar dudas y señalar los límites que debe tener la justicia indígena, de forma tal de poner fin a esas interrogantes y promover certezas en el sistema institucional.

En dicho acuerdo se señala que existe voluntad política para que la justicia indígena se aplique solo a miembros de un mismo pueblo, sea voluntaria y no tenga competencias respecto de delitos penales; compromiso preciso y razonable, que da respuesta concreta a las legítimas aprensiones que existían.

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