Expulsiones del país



SEÑOR DIRECTOR

En su columna del domingo, Paula Escobar plantea interrogantes respecto a la obligación del Estado en materializar las expulsiones, ya sea judiciales -18 condenados por tráfico de migrantes- como administrativas de quienes ingresaron clandestinamente. En este debate han existido legítimas voces disidentes. Sin embargo, para sostener una discusión sincera es esencial que no se transmitan hechos que no se ajustan a la realidad.

En la columna, se señalan cinco hechos que se alejan de la verdad. (1) Plantea que el proceso es una expulsión colectiva, sin embargo, reconoce que 19 de ellos están bien expulsados por haber sido resuelto por tribunales. Cada expulsión fue analizada de forma individual, con una carpeta administrativa por cada resolución. (2) La columna cuestiona que el último vuelo se materializó a las 5 AM, sin embargo, despegó a las 10 AM desde Santiago e hizo escala a las 12 horas en Iquique. Cuando las cortes ordenaron no expulsar el mismo día, esas personas no salieron de nuestro país. (3) Escobar comenta que se busca que estas expulsiones pasen desapercibidas frente a la opinión pública, cuando todos los procedimientos han sido informados, con prensa, con recursos presentados incluso el mismo día. (4) Comenta que aumentaron los decretos de expulsión con la nueva ley, cuando la mayoría son por el ingreso clandestino de 16 mil personas en 2020 -con anterioridad a la nueva ley- y se expulsó a alrededor de 1.500. Finalmente, (5) dice que no obtuvieron visa y no se están dando, lo que es lógico, ya que las personas que incumplen gravemente la ley migratoria evadiendo el control no reciben visa en nuestro país.

Como se puede apreciar, las imprecisiones son varias y yerran el mensaje que es desincentivar con la mayor fuerza el ingreso clandestino para así evitar no solo fracturas sociales sino también los graves riesgos que esto implica para los propios migrantes.

Álvaro Bellolio A.

Director Servicio Nacional de Migraciones

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