La crisis de confianza en el Ministerio Público



Por Silvio Cuneo, doctor en Derecho, profesor UCEN

Karen Rojo, ex alcaldesa de Antofagasta, se fuga del país para evitar ir a la cárcel. Resulta fácil entender su decisión: entre la cárcel y Europa no hay dónde perderse. Curioso resultaría que, alzado el arraigo en 2018, éste no haya sido solicitado de nuevo por la Fiscalía. ¿Un descuido?, no creo. Si miramos con más detención la selectividad persecutoria del Ministerio Público podremos entender que este es uno más de tantos casos de impunidad de los poderosos. Efectivamente, resulta vergonzoso el actuar de la Fiscalía en los últimos años. El acuerdo reparatorio con Golborne, la decisión de no perseverar en el caso SQM, las clases de ética para Délano y compañía, evidencian que la Fiscalía, ante imputados o imputadas con poder, no tiene un real interés persecutorio. En términos simples, si Karen Rojo no fuera quien es, la Fiscalía habría pedido al menos el arraigo y quizá incluso la prisión preventiva.

Este tipo de prácticas genera rabia y frustración. La opinión generalizada sostiene, con razón, que la justicia no es justa. Hace medio siglo un gran jurista chileno hablaba de justicia de clase. Quizás convendría releer esos viejos textos que no pierden vigencia.

Ante este indignante panorama, resulta imperioso realizar cambios. Por lo mismo, la Comisión de Sistemas de Justicia de la Convención Constitucional aprobó un cambio de estructura en la autoridad del Ministerio Público, eliminando la figura del fiscal nacional y dando paso a una autoridad colegiada.

Lo que se busca, a juicio de sus reformadores, es que cambie la estructura de autoridad, y las posibles ventajas de esta modificación, según el constituyente y profesor de Derecho Constitucional Christian Viera, radicarían en que: “(…) cuando hay más voces de discernimiento, permite más puntos de vista. Lo que favorece la virtuosidad de la colegialidad son los puntos de vista que permiten ser complementados y ser discutidos. Enhorabuena que los procesos de toma de decisión avancen hacia la colegialidad y no a la unipersonalidad”. Por otra parte, detractores de la medida propuesta advierten que es posible que la dirección bajo un órgano colegiado diluya la responsabilidad de la dirección y burocratice decisiones, perdiendo dinamismo.

Sin conocer aún cuáles serán los efectos de una reforma como la propuesta y abiertos a cambios y mejoras necesarias de una institución manchada de aporofobia, no deben perderse de vista los principios de probidad, transparencia, eficacia y eficiencia que deben inspirar el actuar de los organismos del Estado y especialmente del Ministerio Público. No queda claro si bajo la conducción de un organismo colegiado esto pueda conseguirse. Más bien podría, dada la composición del organismo, traducirse en un mayor poder gremial y no una mejora de la persecución penal.

Una medida como la propuesta se explica porque se ha transmitido la idea de que el fiscal nacional toma decisiones respecto a la persecución penal que no son fáciles de digerir y que fomentan la impunidad de los poderosos. Sin embargo, por funesta que pueda parecer la conducción del fiscal nacional, no debemos confundir a la persona con el cargo, y la pura eliminación de la institución del fiscal nacional no asegura que las cosas vayan a mejorar. Para el éxito de una reforma como la propuesta, convendría convocar a comisiones de especialistas, analizar la situación de otros países y atender a estudios que puedan dar luces sobre el impacto real de las posibles reformas. Lo contrario puede traducirse en no resolver los problemas, principalmente de probidad, empeorando la gestión.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.