Eliminar artículos más controvertidos y acotar uso de armas: las indicaciones que el gobierno ingresó a la ley Nain-Retamal

Discusión Ley Nain retamal

La Comisión de Seguridad del Senado aprobó en general y de forma unánime la propuesta, que será discutida este martes en el pleno.


En el transcurso de la comisión de Seguridad Pública del Senado -que aprobó en general y de forma unánime la ley Nain-Retamal-, el gobierno presentó sus indicaciones al proyecto que unifica ambas mociones, que buscan entregar protección jurídica a las policías para usar sus armas de fuego y elevar sanciones a quienes atenten contra ellos.

El proyecto unificado fue despachado este miércoles por la Cámara de Diputados, pero con reparos tanto del gobierno como de Apruebo Dignidad (FA y PC) en contra de uno de los artículos más controvertidos de la ley, aquel que concede a los funcionarios policiales una presunción de uso justificado de su arma de servicio (legítima defensa privilegiada) en tres escenarios: cuando actúen en defensa propia, de terceros o bien para impedir un delito.

Como había adelantado la ministra del Interior, Carolina Tohá, y el titular de Justicia, Luis Cordero, el Ejecutivo presentó una serie de indicaciones para -en sus palabras- mejorar el proyecto durante su tramitación en el Senado, donde se acordó por todos los comités parlamentarios -salvo Republicanos- postergar la votación en sala para el próximo martes para así analizar las indicaciones presentadas por parlamentarios y el Ejecutivo.

De esta forma, desde La Moneda buscan eliminar uno de los artículos más controvertidos de la normativa: el uso de armas de fuego y, en su lugar, presentaron una redacción más atenuada, restringiendo el uso de armamento solo en casos de delitos contra la vida de los funcionarios o que atenten gravemente contra su integridad, y no en los tres escenarios que propone el proyecto que despachó la Cámara Baja.

“Se entenderá que hubo necesidad racional en su uso (de armas de servicio) si se hace para impedir o tratar de impedir la consumación de delitos que atenten contra su vida o gravemente contra su integridad física”, se lee en la indicación presentada por el gobierno.

Otra de las modificaciones que busca agregar el gobierno al proyecto es que la regulación de las reglas del uso de la fuerza y armas de fuego sea a través del Código de Justicia Militar y no a través del Código Penal, como lo propone el proyecto original.

Sobre esto, el ministro de Justicia entregó algunas luces hoy en conversación con Radio Infinita. “El proyecto que acaba de pasar de la Cámara de Diputados al Senado adolece de un gran defecto, y es que dispone de la “legítima defensa privilegiada” en el Código Penal y eso tiene varios problemas. Uno de ellos es que omite que Carabineros tiene reglas específicas de uso de la fuerza, incluido la legítima defensa, en un lugar distinto que es el Código de Justicia Militar”, explicó Cordero.

“El Ejecutivo -tal como lo advirtió en la Cámara- considera que las normas aprobadas son defectuosas y, por el contrario, generan condiciones de riesgo no solo para la policía, sino que también para ciudadanos”, advirtió Cordero, quien señaló que las disposiciones sobre reglas uso de las fuerzas para las policías no podían ser las mismas que se le aplican a particulares en el Código Penal.

Además, en sus indicaciones el gobierno mantuvo la disposición de que el funcionario que use su arma de fuego no quedará automáticamente como imputado, sino que tendrá la calidad procesal de víctima o testigo.

“En las investigaciones iniciadas por el Ministerio Público por los hechos previstos en este artículo, deberá considerar al funcionario de Carabineros como víctima o testigo, según corresponda, para todos los efectos legales, a menos que las diligencias de investigación permitan atribuirle participación punible”, se lee en el artículo 3 de las indicaciones.

El Ejecutivo también amplía a los funcionarios de la PDI el artículo que dispone que, en el caso de que un carabinero use su arma, no podrá ser separado de sus funciones ni ver afectada su remuneración, mientras no concluya una investigación administrativa al respecto.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.