La propuesta del contralor Bermúdez para la transición constitucional: crear un nuevo Decreto con Fuerza de Ley Adecuatorio

18 DE MAYO 2022/ANTOFAGASTA El Contralor General de la República, Jorge Bermúdez Soto, expone y responde preguntas de convencionales durante una sesión de la convención constitucional realizada en dependencias de la Bilbioteca Regional de Antofagasta, en el centro de la ciudad. FOTO: ALEJANDRO LEIVA VARELA /AGENCIAUNO

El jefe de la Contraloría presentó ante la Comisión de Normas Transitorias la posibilidad de crear una herramienta excepcional que permita adecuar el ordenamiento jurídico al régimen estipulado en la propuesta de Constitución en caso de que gane el Apruebo. Este instrumento sería limitado y controlado. Estos DFLA estarían pensados exclusivamente para los asuntos acotados a la administración del Estado y podrían elaborarse por el Ejecutivo junto con un "comité o una comisión de adecuación".


El contralor Jorge Bermúdez fue invitado a exponer a la Comisión de Normas Transitorias. Fue uno de los primeros expositores de esta instancia, el espacio que está empezando a discutir los artículos que marcarán cómo será la transición desde el régimen constitucional vigente al nuevo ordenamiento jurídico que marque la Constitución en caso de que gane la opción Apruebo en el plebiscito de septiembre.

Bermúdez llegó presencialmente hasta Antofagasta junto a su equipo y expuso ante los constituyentes con una propuesta concreta. El ente contralor es de la idea de que para facilitar la transición constitucional, y que la responsabilidad de que esto no ocurra no se diluya, una opción es crear un nuevo Decreto con Fuerza de Ley (DFL).

Los DFL que existen actualmente, según la definición de la Biblioteca del Congreso Nacional, corresponden a “cuerpos normativos que emanan del Presidente de la República y que recaen sobre materias legales, en virtud de una delegación de facultades del Parlamento”.

Lo primero que dejó claro Bermúdez es que gran parte de los transitorios implicarán la dictación de nuevas leyes, algo que es de responsabilidad del Ejecutivo y del Poder Legislativo. Sin embargo hay todo un ámbito de asuntos, que se vinculan estrictamente con la administración del Estado, que se podrían solucionar sin necesidad de abultar aún más la carga laboral de Congreso.

Respecto de la administración del Estado podría explorarse la dictación y la habilitación al Presidente de la República, es decir al Ejecutivo, para que dicte Decretos con Fuerza de Ley Adecuatorios, los DFLA, como una especie de normativa nueva que a lo mejor podría ayudar a este periodo. Esto ayudaría a que esas normas que inciden en la administración del Estado puedan dictarse en un periodo muy acotado y superando algunas de las dificultades de la ley”, dijo Bermúdez en su exposición.

La idea de Bermúdez le daría atribuciones al Ejecutivo para hacerse cargo del nuevo periodo que abriría la entrada en vigencia de una nueva Carta Magna. De esta forma el Presidente podría tener más protagonismo, al menos en lo que tiene que ver con el ámbito de la administración pública y, en lo relativo a esos asuntos, saltarse la pasada por el Congreso. “Podría quedar limitado ex profeso por una norma transitoria que estos DFLA solo podrán regular aquello que es indispensable para adecuarse a la nueva Constitución, es decir, que no innove más allá de lo que tiene la propia Constitución y por lo tanto se excluiría entonces la creación de nuevos órganos o sistemas ya que eso necesita de una discusión en el Congreso Nacional”, explicó el contralor.

Estos DFLA permitirían ajustar la normativa que resulte contraria a la Constitución y que va en contra del espíritu de la Constitución. Bermúdez dijo que del primer borrador que entregó la Convención se desprenden ciertos principios transversales, como por ejemplo la paridad, equidad de género, temas de probidad y transparencia y asuntos de sostenibilidad ecológica. “Uno podría pensar que un DFLA podría adecuar aquellas normas que van en contra de esos principios y adaptar rápidamente esa legislación de carácter administrativo”, explicó Bermúdez.

DFLA limitados y controlados

La idea de la Contraloría implica que estos DFLA tendrían límites “temporales, procedimentales y sustantivos”. Respecto de esto último el órgano contralor expuso que estos DFLA no afectarán la función pública, como por ejemplo la situación de funcionarios que eventualmente perderían el empleo. Además deben existir materias en las cuales estos DFLA no podrán tener competencias.

“Es una facultad que se le estaría dando al Ejecutivo para implementar la Constitución, pero a lo mejor podría pasar por un comité o una comisión de adecuación que se forme ad hoc para que ahí se discuta, que implique solicitar un informe al órgano que es afectado y también escuchar a los funcionarios”, agregó Bermúdez.

Además esta nueva herramienta jurídica, que será de carácter excepcional, tendrá controles. Por un lado la toma de razón de la Contraloría y por otro el control que ejercerá la nueva Corte Constitucional, que es el órgano que sucederá al actual Tribunal Constitucional.

Al final de su exposición el contralor detalló el ámbito legal en los cuales estos DFLA podrían ser útiles. Esto se daría por ejemplo en la Ley Orgánica de Bases Generales de la Administración del Estado, en las leyes de Bases de Procedimientos Administrativos, los Estatutos Administrativos, la Ley de Bases de Contratación Pública, la Ley sobre Probidad en la Función Pública, la Ley sobre Acceso a la Información Pública, las leyes de los órganos de Administración del Estado y las leyes sobre Administración Financiera.

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