Avanza sala cuna: Comisión de Trabajo del Senado aprueba el proyecto y pasa a la Comisión de Educación
Los senadores de dicha instancia aprobaron 11 indicaciones presentadas por el gobierno, entre ellas, el aumento de la cotización a un 0,3%.
El proyecto de ley de sala cuna empieza a avanzar: este miércoles la Comisión de Trabajo del Senado aprobó la iniciativa, por lo que ahora pasará a ser revisada por la Comisión de Educación, y luego deberá pasar a la Comisión de Hacienda antes de llegar a la sala del Senado.
Durante la sesión de este miércoles se aprobaron 11 indicaciones presentadas por el gobierno, entre ellas, el aumento de la cotización a un 0,3% para asegurar el financiamiento del Fondo de Sala Cuna.
El ministro del Trabajo y Previsión Social, Giorgio Boccardo, y la ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Antonia Orellana, valoraron el avance de proyecto de ley y señalaron que esperan que sea tramitado con celeridad durante las próximas semanas.
Boccardo se mostró optimista con lo que calificó como un “paso histórico que hemos dado hoy en la Comisión. Hemos avanzado en este proyecto de ley, que busca hacerse cargo de las inequidades que existen en materia de género en el mercado laboral para contratar más mujeres, para que puedan participar de forma plena y reducir las brechas salariales, y que también incorpora gradualmente los principios de corresponsabilidad como lo hemos hecho ya en otros proyectos laborales. Creemos que no hay excusa para que en estos meses de tramitación no podamos aprobar este proyecto”.
Por su parte, la ministra de la Mujer y Equidad de Género enfatizó que “si el proyecto se aprueba durante este periodo, miles de trabajadoras podrán iniciar en 2026 sus trayectorias laborales sabiendo que no serán castigadas por el solo hecho de ser mujeres".
El proyecto de ley
Entre los puntos aprobados previamente por la Comisión de Trabajo están la eliminación del requisito de contar con 20 trabajadoras para generar el derecho a sala cuna.
“Esta modificación constituye uno de los elementos centrales de la iniciativa, ya que pone término a una restricción que por décadas afectó la contratación femenina y que incentivaba conductas discriminatorias. Con este cambio, se avanza hacia un sistema basado en la corresponsabilidad familiar, extendiendo el derecho a sala cuna tanto a trabajadoras como a trabajadores”, señaló el Ministerio del Trabajo mediante un comunicado.
Asimismo, se aprobó la creación del Fondo de Sala Cuna, de financiamiento mixto entre el Estado y los empleadores. “En este marco, se incorporó un nuevo artículo 204 al Código del Trabajo, que establece distintas hipótesis cuando existan dos o más empleadores obligados a hacer efectivo el derecho. Como regla general, deberá cumplir aquel empleador que tenga contratado al trabajador o trabajadora con la jornada más extensa. Del mismo modo, se reconoce la posibilidad de que las personas trabajadoras, de común acuerdo, definan quién ejercerá este derecho”, detalla el comunicado.
También fueron aprobados los costos de administración del Fondo, que será administrado por el Instituto de Previsión Social (IPS) y cuyo límite se fijó en un 3% del total recaudado. Se determinó, además, que los recursos del Fondo podrán ser invertidos en los instrumentos financieros autorizados en el artículo 45 del Decreto Ley N° 3.500, inversión que estará a cargo de la Tesorería General de la República.
Adicionalmente, se aprobó la creación de una Comisión Técnica encargada de elaborar un informe que determine el monto del aporte de sala cuna, asegurando la sostenibilidad financiera del Fondo. Este monto será fijado cada cinco años mediante decreto del Ministerio de Hacienda, suscrito además por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Fiscalización y transición
En materia de fiscalización, se estableció que la Superintendencia de Pensiones será la autoridad responsable del cumplimiento de las disposiciones relativas al funcionamiento del Fondo Sala Cuna, con excepción del Servicio de Tesorerías, el que se regirá por su normativa propia. Asimismo, se aprobó que la Superintendencia de Pensiones y la Dirección de Presupuestos realicen, en conjunto y al menos cada cuatro años, estudios actuariales para evaluar la sustentabilidad del Fondo.
Entre las disposiciones transitorias, la Comisión aprobó que la ley entrará en vigencia seis meses después de su publicación en el Diario Oficial. La cotización, por su parte, se aplicará de manera gradual: será de 0,2% a partir del sexto mes posterior a la publicación y aumentará a 0,3% a contar del mes 24. Dentro de este periodo de gradualidad, el derecho a sala cuna se implementará también progresivamente: desde el mes 12, para mujeres trabajadoras con hijos menores de dos años y quienes tengan el cuidado personal exclusivo; y desde el mes 24, para todas las personas trabajadoras.
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