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Minera de grupo mexicano y SQM frena construcción de 16 torres de Kimal - Lo Aguirre ubicadas en “las vetas del futuro yacimiento”

“Suspéndase provisionalmente la obra", definió un juzgado respecto de 16 torres de alta tensión de Kimal - Lo Aguirre, localizadas en la zona del proyecto de Minera Capricornio, de la empresa mexicana Fresnillo y SQM.

Gerente general de Conexión Energía, Sebastián Fernández.

Es un caso más de los que tendrá que sortear la línea de transmisión de corriente continua Kimal - Lo Aguirre de la empresa Conexión Energía. Son más de 1.300 kilómetros de extensión entre Antofagasta y Santiago los que tendrá esta mega-infraestructura eléctrica, cuya construcción de torres de alta tensión se enfrentan, ahora, a la Minera Capricornio.

De capitales mexicanos, y con concesiones mineras que fueron otorgadas por SQM, adquiriendo así el 25% de la propiedad, la firma acusa que Conexión comenzó a construir torres de alta tensión en su servidumbre minera, donde se ubica el yacimiento que explotarán.

Minera Capricornio SCM es una sociedad que tiene dos accionistas principales: Fresnillo Chile SpA y SQM. La matriz de la primera es Fresnillo PLC, quien controla el proyecto, una minera de origen mexicano que produce plata y oro.

“La obra denunciada comenzó a ser ejecutada, dentro del área de la servidumbre de propiedad de Capricornio SCM, el 11 de agosto de 2026. Los trabajos continúan ejecutándose sin interrupción y Kimal ha instalado banderines en dicha zona, además de ejecutar movimientos de tierra para instalar las torres de la línea de transmisión”, señala el escrito presentado por el abogado minero de la plaza, Cristián Quinzio.

La acción judicial, iniciada el 24 de agosto, tuvo un efecto prácticamente inmediato, puesto que cuatro días después 4° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta solicitó que las partes asistan el próximo 29 de septiembre a comparecer para conciliación y presentación de pruebas. Y mientras tanto, suspendió temporalmente las obras de la eléctrica, bajo apercibimiento de que lo construido posteriormente sería demolido a sus costas.

“Suspéndase provisionalmente la obra, tomarse razón de ella por el ministro de Fe que efectúe la notificación de la demanda, bajo apercibimiento de que lo ejecutado con posterioridad será demolido a su costa, debiendo notificarse, además, la presente resolución a quien esté dirigiendo o ejecutando la obra”, define el exhorto del 28 de agosto.

Kimal - Lo Aguirre contempla una inversión de casi US$ 1.500 millones, contará con 2.692 torres de la línea de transmisión eléctrica y 39 torres líneas de interconexión a subestaciones que ya existen.

Conexión: “Son situaciones que suelen ocurrir durante una construcción”

Consultada, la gerente de medio ambiente y comunidades de Conexión Energía, Carola Venegas, dice que fueron notificados de la denuncia de obra nueva presentada.

“La posibilidad de realizar este tipo de gestiones es completamente legal y está contemplada en el Código Civil, Código de Minería y La Ley General de Servicios Eléctricos, por lo que es una situación que tenemos a la vista dentro de las situaciones que suelen ocurrir durante una construcción”, señala.

Y agrega que “la construcción en esta zona se desarrolla bajo los derechos que otorgan los Decretos de Concesiones Eléctricas en la región de Antofagasta obtenidos entre noviembre de 2025 y agosto 2026, otorgados por el Ministerio de Energía, y de la Resolución de Calificación Ambiental de octubre de 2025″.

Venegas comenta que los proyectos de transmisión son el pilar del suministro eléctrico del país. Por ello, y “de acuerdo con la Ley General de Servicios Eléctricos y por tratarse de servicios básicos, cuentan con una jerarquía específica respecto de otros instrumentos”.

Minera ha invertido US$ 25 millones

La Minera Capricornio ha invertido US$ 25 millones hasta la fecha en exploraciones, y se encuentra ad portas de comenzar la fase de prospección minera, etapa para la cual ya ha suscrito diferentes contratos, realizó limpiezas de terreno y cortó trincheras, según explica en el escrito. La firma cuenta con una RCA (Resolución de Calificación Ambiental) desde junio para ejecutar estos trabajos.

El proyecto prevé unas 700 plataformas de sondajes a través de perforaciones de diamantina y circulación inversa con un rango de profundidad desde 150 metros hasta 800 metros. Capricornio está ubicado en la comuna de Sierra Gorda en la Región de Antofagasta y sus obras se emplazan al interior de un polígono que cuenta con superficie de 3.159 hectáreas. El problema que tiene ahora con las torres eléctricas vino a contrariar el corazón del proyecto.

“La interferencia no es meramente jurídica, sino física y material: el trazado aprobado contempla la instalación de 16 torres de alta tensión emplazadas al interior del polígono en que Capricornio SCM posee su proyecto minero y en donde, conforme a los resultados de sus estudios de mineralización, se encuentran las vetas del futuro yacimiento”, acusa en la demanda la minera.

El plazo de obras de la iniciativa está próxima, puesto que el inicio de la construcción de la prospección minera se prevé para octubre, donde comenzará la movilización de personal y maquinaría, concluyendo con la habilitación de plataformas de sondajes para poner en marcha las perforaciones. La operación propiamente tal se extenderá hasta julio del 2031.

El 13 de agosto hubo una inspección notarial en la zona en cuestión y levantó un acta de la situación. Según esta, y anterior a la orden de detención de obras, “Kimal -y sus contratistas- ya ha instalado banderines y está realizando movimientos de tierra en el terreno gravado con la servidumbre, por lo que el inicio de la instalación de las 16 torres de alta tensión es inminente. Así, la obra denunciada embaraza de manera flagrante la posesión de la servidumbre”.

La acción judicial de la minera ahonda en que “mientras las obras denunciadas subsistan, privan a mi representada de iniciar y continuar la prospección ambientalmente autorizada de las concesiones mineras en la porción del predio que ocupan. No se trata de un perjuicio menor ni de fácil reparación posterior, sino de la pérdida actual y efectiva del ejercicio de facultades que la ley reconoce como esenciales al dominio minero”.

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