Corte Suprema ordena pago de indemnizaciones por caso La Polar, diez años después

El máximo tribunal del país zanjó judicialmente la arista de las indemnizaciones de perjuicios y en dos casos abiertos por las AFP Provida y Capital, estableció compensaciones por los daños provocados a los fondos de pensiones. En ambos casos condenó a la auditora PriceWaterhouseCoopers (PwC), y en el de la demanda de Capital, también condenó a la empresa La Polar y a sus ex ejecutivos principales.


Una década después del escándalo, la Corte Suprema zanjó judicialmente la arista de las indemnizaciones de perjuicios y en dos casos abiertos por las AFP Provida y Capital, estableció compensaciones por los daños provocados a los fondos de pensiones. En ambos casos condenó a la auditora PriceWaterhouseCoopers (PwC). Y en el de la demanda de Capital, también condenó a la empresa La Polar y sus ex ejecutivos principales.

Con ello, la Cuarta Sala del máximo tribunal del país revirtió fallos de primera instancia y de la Corte de Apelaciones. El dictamen de Provida determinó: “Se declara que PriceWaterhouseCoopers infringió los deberes legales y reglamentarios en su labor de auditar de modo externo la contabilidad, inventario, balance y demás estados financieros de Empresas La Polar del 2007 al 2010”.

En el caso de AFP Capital, el tribunal condenó además a Empresas La Polar, y el expresidente de La Polar Pablo Alcalde Saavedra y los exejecutivos Marta Bahamondes, Isabel Farah, Pablo Fuenzalida May, Martín González, Santiago Grage, Julián Moreno, Nicolás Ramírez e Ismael Tapia, por los perjuicios patrimoniales ocasionados a los fondos de pensiones por “conductas relativas al hecho esencial comunicado el 9 de junio de 2011, consistente en la pérdida de valor de las acciones que mantenía en su stock a dicha fecha”.

El caso, recordó el tribunal, consistió en una serie de prácticas irregulares consistentes en repactaciones unilaterales y automatizadas de clientes morosos, “haciendo, artificialmente, figurar como vigentes carteras morosas o castigadas, alterando con ello sus estados financieros, y aumentando artificialmente el valor de sus acciones”.

La información fue, además, comunicada por la propia PwC mediante un hecho esencial enviado a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

“Con fecha 3 de septiembre de 2021 la Corte Suprema, resolviendo sobre recursos presentados por AFP Provida y AFP Capital, en el denominado caso La Polar, falló en el sentido que PwC Chile debe indemnizar perjuicios a las referidas administradoras de fondos previsionales. Los montos a indemnizar deberán ser determinados durante la etapa de cumplimiento de los fallos”, indicó la compañía.

El socio principal de la auditora, Renzo Corona, afirmó que la firma analizaba con sus abogados la resolución y sus alcances. “Desde ya expresamos nuestra disposición a encontrar una solución y así poner término, de la mejor manera posible, a un proceso que se extiende por una década”, explicó.

Por su parte, una de las dos demandantes, AFP Provida, celebró el dictamen: “Después de 8 años conseguimos que se condene a pagar en favor de los fondos de nuestros afiliados una compensación sustancial, siendo ellos los únicos beneficiados con esta resolución”.

La administradora agregó que seguirá persiguiendo “hasta las últimas consecuencias la compensación que, en nuestra opinión, también deben pagar quienes fueron los protagonistas de este caso, el señor Pablo Alcalde y otros ejecutivos de La Polar, quienes perjudicaron a nuestros afiliados y contra quienes hemos presentado también acciones legales, para seguir aportando a las cuentas de nuestros afiliados”.

El monto de las indemnizaciones

En el caso de Provida, el tribunal valoró las pérdidas a compensar por PwC en $ 57.854 millones, equivalentes a 2.575.388 UF, pero la liquidación final deberá realizarla el secretario del tribunal.

En el de AFP Capital, la indemnización deberá ser determinada en la fase de ejecución del fallo, considerando un informe pericial realizado durante el juicio y, en cualquier caso, solo las inversiones efectuadas en acciones de La Polar “adquiridas antes del 9 de junio de 2011”.

Los dos fallos fueron unánimes y fueron dictados por la Cuarta Sala de la Suprema, intregrada por los ministros Ricardo Blanco, Andrea Muñoz y Mauricio Silva, el ministro suplente Rodrigo Biel y la abogada integrante Leonor Etcheberry.

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