Expertos: SII debe poner foco de fiscalización en pagos a influencers a través de canjes
Según la actual ley cualquier intercambio de productos que se haga por un servicio prestado debe estar explicitado como ingresos en la declaración de renta anual de impuestos.

Un fuerte debate se armó luego que se conociera que el Servicio de Impuestos Internos (SII) inició un plan piloto para determinar cómo opera el negocio de los influencers y cómo se adecuan los anuncios o recomendaciones de productos o servicios a este contexto. Hasta ahora, el Servicio ha puesto su foco en 69 cuentas con más de 100 mil seguidores.
El influencer es una persona natural en la que se centralizan campañas publicitarias, a objeto de llegar a un público objetivo y fidelizado. La ventaja que tienen estas personas es que el mensaje se centraliza en una persona, a través de la cual es posible conocer al público que lo está recibiendo y este público es fidelizado.
Si bien los expertos tributarios señalan que el SII debe fiscalizar tanto a los grandes rostros televisivos, también recomiendan concentrarse en aquellos que no son masivamente conocidos, pero que sí tienen un fuerte arrastre en las plataformas digitales.
De acuerdos a los expertos, este segmento funciona principalmente en base a canje, es decir, el influencer promociona un producto y por ello se le regala ese producto o bien algún otro como por ejemplo, un auto, una casa, o un viaje.
Según la legislación vigente cualquier intercambio de productos que se haga por un servicio prestado debe estar declarado como ingresos en su declaración de renta anual. Esto es precisamente lo que está en la nebulosa y es donde los tributaristas recomiendan que el SII ponga mayor atención. Esto porque cuando se emite una boleta por servicios prestados es poco probable que no esté contabilizada esa ganancia en su declaración de renta anual.
Andrés Alessandri socio de Mena Alessandri & Asociados señaló que "el mundo de los influencers va más allá que los grandes rostros, ya que hay un potente nicho que se mueve solo en las redes sociales y que funciona principalmente en base a canjes. Eso lo que está más en la nebulosa hoy en día. Es ahí donde se debe fiscalizar".
Javier Jaque, socio de Jaque & Orellana puntualizó que "la fiscalización sobre canjes es muy compleja y por ello debería vincularse a las empresas que otorgan este tipo de compensaciones, pero también realizar fiscalizaciones selectivas".
El experto acotó que "en cierta forma y a mi entender es el rumbo que está tomando actualmente la fiscalización".
Alessandri subrayó que "si el intercambio es a través de una propiedad o un auto es perfectamente valorizable y eso el Servicio de Impuestos Internos lo puede hacer".
Por ejemplo, explicó Alessandri, "si a un influencer se le entrega un auto de préstamo por un período determinado se puede saber cuánto costaría arrendar ese auto y de esa forma determinar cuánto le habría costado tener el auto, y eso se debe declarar en la renta anual".
Sobre este punto, Jaque coincidió con Alessandri en que "la cuantificación del canje es la determinación del valor de mercado que hubiera costado adquirir lo que se ha obtenido por medio del canje".
Claudio Bustos, abogado socio de Bustos Tax & Legal aseveró que "la fiscalización debe apuntar a todo tipo de rentas que se generan por la actividad de los influencers, no solamente al canje".
En tanto, Jaque argumentó que "probablemente estamos hoy en una etapa de información al mercado sobre este tipo de actividad y su tributación, para luego y en un horizonte no muy lejano, comenzar con la fiscalización que naturalmente se retroalimentará del proceso que se encuentra ahora desarrollando el SII sobre aprendizaje del mercado".
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