Pensión Básica Solidaria: Instituto de Previsión Social revisará datos del beneficiario al tercer año de otorgada

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El proyecto señala que dicha entidad deberá ponerle término a estos beneficios cuando haya concurrido alguna causal de extinción. Entre ellas, se encuentra la focalización, es decir, sobrepasar el 60% más vulnerable de la población.


Uno de los puntos de la Reforma Previsional que más consenso provoca es el fortalecimiento al Pilar Solidario, al cual el Estado aportará un financiamiento de US$1.000 millones para aumentar sus beneficios y extender cobertura, pero siempre dentro de la población del 60% más vulnerable.

Por lo mismo, los parlamentarios de oposición ya han solicitado públicamente la separación del proyecto entre la reforma y el pilar, con el objetivo de tramitar los beneficios solidarios de manera más urgente.

El proyecto ingresado ayer señala que en una primera instancia, se aumentará en 15% la Pensión Máxima Solidaria (PMAS) y en 10% la Pensión Básica Solidaria (PBS). En un período de cuatro años, las PBS habrán subido entre 10% y 42% y las PMAS entre 15% y 47%; beneficiando más a los tramos etarios de mayor edad. Estos beneficios favorecerán a los actuales y futuros beneficiarios del Sistema de Pensiones Solidarias.

Pero, además, la iniciativa del Ejecutivo incorpora nuevas normas para mantener este beneficio. En este caso el Instituto de Previsión Social (IPS) tendrá la facultad de poder revisar los antecedentes de acceso a la Pensión Básica Solidaria, luego de 3 años de otorgado el beneficio, con la idea de mantenerlo o caducarlo según los requisitos establecidos en la ley.

"Se revisará el cumplimiento de condiciones de acceso al Pilar Solidario tres años después de concedido el beneficio. Con el objeto de dar estabilidad a los beneficios otorgados por el Sistema de Pensiones Solidarias, evitando que éste sea concedido y extinguido reiteradamente en el tiempo, se establece que el Instituto de Previsión Social deberá revisar el requisito de focalización (60% más vulnerable) una vez transcurridos tres años desde el otorgamiento del beneficio", dice el texto legal.

A reglón seguido, el proyecto dice que "sin perjuicio de lo anterior, el Instituto de Previsión Social podrá revisar dicho requisito, antes o después de trascurridos los tres años desde su otorgamiento, cuando disponga de antecedentes que, a su juicio, ameriten tal revisión.

Adicionalmente, el Instituto de Previsión Social deberá revisar los restantes requisitos de otorgamiento de los beneficios y deberá ponerle término a éstos cuando haya concurrido alguna causal de extinción".

Es decir, el beneficiario podría incluso perder el beneficio de la PBS, si los antecedentes con los que obtuvo esta pensión solidaria cambian en el tiempo, y quedan fuera de los requisitos establecidos para su otorgamiento.

Entre los antecedentes que se revisarán para mantener el beneficio se considerará el estado de cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte del beneficiario, incluida la composición de su grupo familiar, a la fecha de la respectiva revisión.

Actualmente, el sistema de pensiones solidarias paga beneficios a un total de 1.481.200 pensionados, incluyendo 586.301 pensiones básicas solidarias (403.017 de vejez y 183.284 de invalidez) cuyo monto es $107.304 al mes, y 894.899 aportes previsionales solidarios (827.986 de vejez y 66.913 de invalidez), con un monto promedio de $73.292 al mes.

También podrán trabajar. A esta norma de revisión de acceso de beneficiarios, se suma la derogación del requisito que no permitía seguir trabajando a los jubilados del sistema solidario, pero para personas con discapacidad.

"Actualmente, el beneficiario de pensión básica solidaria de invalidez o aporte previsional solidario de invalidez que inicie o reinicie actividades laborales una vez devengado el respectivo beneficio, ve reducido su beneficio solidario y puede perder gradualmente el derecho a la PBS o el APS, según cual sea el nivel de remuneración que reciba y el tiempo que lleve trabajando.

Esta propuesta deroga dicha reducción con objeto de beneficiar a las personas discapacitadas más vulnerables de la población, incentivando a que ingresen al mercado laboral y a que continúen efectuando cotizaciones previsionales".

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