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Rebaja de impuesto a las empresas, reintegración e invariabilidad tributaria avanzan intactas en la Cámara de Diputados

Entre las normas rechazas están la Franquicia Tributaria al Sence, al igual que en la comisión de Hacienda, la que el gobierno repondrá en su discusión en el Senado, pero ya no se insistirá en su eliminación, sino que se reestructurará.

20 MAYO 2026 MINISTRO SEGPRES; JOSE GARCIA RUMINOT, EL BIMINISTRO INTERIOR - SEGEGOB; CLAUDIO ALVARADO Y EL MINISTRO DE HACIENDA; JORGE QUIROZ, DURANTE VOTACION LA RECONSTRUCCION NACIONAL Y EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL. FOTO: DEDVI MISSENE Dedvi Missene

El llamado corazón de la megarreforma avanzó intacto en su paso por sala de la Cámara de Diputados. Con más o menos votos del Partido de la Gente (PDG), las normas estructurales de la megarreforma del gobierno de José Antonio Kast, al igual que en la comisión de Hacienda, lograron avanzar tal como ingresaron.

La principal medida dentro del “corazón tributario” es la rebaja del impuesto a las empresas de 27% a 23%. Su reducción será gradual para las grandes empresas en tres años. Así, en 2027 la tasa pasará del 27% al 25,5%, (operación renta 2028); en 2028 a 24% (operación renta 2029), y en 2029, a 23% (operación renta 2030). También avanzó la eliminación del impuesto a la ganancia de capitales del 10%.

Siguiendo con las modificaciones impositivas estructurales, se aprobó con los votos del oficialismo y el PDG, la reintegración del sistema tributario, la que también será gradual, volviendo a una reintegración total en el año tributario 2031.

En la reforma impositiva de 2014, en el segundo gobierno de Michelle Bachelet, Chile pasó de un sistema impositivo integrado a uno semiintegrado. En la práctica, implica que las empresas pagan un impuesto de Primera Categoría de 27%, pero al momento de retirar utilidades, los dueños solo pueden utilizar una parte (65%) de ese tributo como crédito contra sus impuestos personales, debiendo “restituir” o pagar el saldo. Lo que se busca ahora es retrotraer ese cambio, para que de nuevo el pago de primera categoría que hacen las empresas pueda imputarse en un 100% a los impuestos personales de sus dueños.

La Cámara de Diputados también visó la exención de contribuciones para adultos mayores (65 años) a la vivienda principal, incluyendo estacionamientos y bodegas asociados. Solo aplica a un inmueble por persona en todo el territorio nacional. Entra en vigencia el 1 de enero del año siguiente a que opere la exención.

Otra norma que si bien tuvo reparos de parte de la oposición y algunos diputados del PDG, avanzó sin mayores tropiezos, fue el estatuto de invariabilidad tributaria, el cual crea un régimen por 25 años para inversiones nacionales y extranjeras superiores a US$50 millones en sectores como minería, energía, infraestructura o telecomunicaciones. El gobierno introdujo como mejora, en su discusión en la comisión de Hacienda, un arbitraje forzoso mixto y las obligaciones de informar las reorganizaciones empresariales. También se agregó contabilidad separada de proyectos conexos. Y se permite celebrar contratos de invariabilidad respecto de proyectos iniciados entre la fecha del mensaje original y la publicación de la ley.

Luego, en medidas tributarias transitorias, se visó la rebaja por un año del 50% -en vez del 75% del proyecto original- en el impuesto a las donaciones, limitada a legitimarios y asignatarios de cuarta de mejoras.

De acuerdo a la norma, el valor de lo donado, considerando la totalidad de las donaciones que se acojan a este artículo, no podrá exceder del 50% del patrimonio total del donante, el cual se determinará mediante la resta entre el total de sus activos valorizados de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 46 y 46 bis de la Ley Nº 16.271, y el total de sus pasivos acreditados.

También se aprobaron las facilidades de pago y condonación de intereses y multas para personas naturales y pymes con deudas tributarias vencidas hasta diciembre de 2025 por parte de la Tesorería General de la República.

Además, se visó la ventana de 12 meses para repatriar capitales. Se establecen dos tasas. Una que es para regularizar bienes y rentas no declarados en el exterior, con impuesto único de 10%, y de 7% si es que esos bienes o rentas se quedan en el país por un plazo de cinco años.

Otra medida recaudatoria que avanzó es la fiscalización al contrabando de tabaco. La norma obliga al Ministerio Público a solicitar la incautación de vehículos usados en contrabando con tributación especial y agrava las penas cuando la mercancía sea tabaco y fija un plazo de 15 días para el remate de vehículos incautados.

El otorgamiento de un crédito tributario al empleo también pasó. El Ministerio de Hacienda reestructuró la fórmula en la comisión de Hacienda, y fue aprobada tanto en esa instancia como en la sala de la Cámara.

El cambio consistió en focalizarlo más en mujeres y jóvenes. Así, ahora, se baja la base del crédito de 15% a 14%, sobre remuneraciones mensuales pagadas por trabajador. Se incrementa 1 punto si es mujer, es decir a 15% y disminuye 1 punto si es hombre, bajando a 13%. Luego, se suman 1,5 puntos si el trabajador es menor de 25 años. Los ajustes son acumulables: así, una mujer menor de 25 años que esté dentro de las remuneraciones entre 7,8 UTM y 12 UTM accede a un crédito de 16,5%.

Entre lo rechazado en la sala, estuvo de nuevo, al igual que en la comisión de Hacienda, la eliminación de la Franquicia Tributaria del Sence. Se rechazó con votos de la oposición, RN y de tres parlamentarios de la UDI, El gobierno anunció que será repuesta en la discusión en el Senado, pero ya no será eliminada, sino que reestructurada.

Este artículo proponía eliminar el núcleo normativo de la franquicia tributaria del Sence, mecanismo que permite a las empresas descontar hasta el 1% de su planilla de remuneraciones del impuesto de primera categoría por concepto de capacitación.

Se rechaza artículo sobre propiedad intelectual

Por su parte un rechazo transversal tuvo, en la votación en la sala de la Cámara de Diputados, el Artículo 8 del proyecto, y se volvió a caer como aconteció también en la comisión de Hacienda. La norma permite reproducir y distribuir obras sin autorización ni pago a su autor, a escala masiva y había sido replicada textualmente de una propuesta de Gabriel Boric en 2024.

De esta manera, por 104 votos en contra y solo 43 a favor, que fueron todos del oficialismo, y 7 abstenciones, se rechazó el artículo, que requería al menos 78 votos para su aprobación.

El Artículo N° 8 proponía agregar a la Ley N° 17.336 sobre Propiedad Intelectual un nuevo artículo 71 T del siguiente tenor: “Es lícito, sin remunerar ni obtener autorización del titular, todo acto de reproducción, adaptación, distribución o comunicación al público, de una obra lícitamente publicada, cuando dicho acto se realice exclusivamente para la extracción, comparación, clasificación o cualquier otro análisis estadístico de datos de lenguaje, sonido o imagen, o de otros elementos de los que se componen un gran número de obras o un gran volumen de datos, siempre que dicha utilización no constituya una explotación encubierta de la obra o de las obras protegidas”.

La propuesta, además del mundo político, había generado el rechazo de organizaciones como la Federación de Medios de Comunicación, la Asociación Nacional de Televisión (Anatel) y la Asociación Nacional de la Prensa (ANP), la Sociedad Chilena de Autores e Intérpretes Musicales

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La mayoría no entiende el debate por el impuesto a las empresas. El resto lee La Tercera.

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