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Tianqi dice que usará todas las acciones legales para “defender sus derechos” tras fallo adverso por alianza Codelco-SQM

Tianqi salió al paso luego de un nuevo revés judicial por detener el acuerdo de asociación entre Codelco y SQM.

Operaciones de Tianqi

La china Tianqi -dueña del 22% de SQM- salió al paso tras una nueva derrota en la justicia en sus aspiraciones por detener el acuerdo de asociación entre SQM y Codelco. Este martes, la Corte Suprema respaldó la decisión tomada por la Corte de Apelaciones de Santiago en noviembre del año anterior, donde se rechazó los intentos de Tianqi para impedir el avance del acuerdo Codelco-SQM.

El acuerdo en cuestión, ya listo tras el fallo de la Corte Suprema, establece en detalle todos los pasos, etapas, derechos, obligaciones, términos y condiciones de la asociación público-privada que asumirá la producción de litio refinado en el Salar de Atacama desde 2025 hasta 2060.

Ante este contexto, la firma comentó que “tal como se ha manifestado en anteriores oportunidades, Tianqi Lithium continuará adoptando todas las acciones y recursos que sean necesarios para la defensa de sus derechos e intereses legítimos, así como de los de todos los accionistas minoritarios”.

Un mensaje que se da en el contexto de que Tianqi Lithium estimó que el acuerdo entre SQM y Codelco debía ser aprobado por la junta de accionistas y no el directorio de la firma, ya que, según su juicio, modificaba “de manera sustantiva la estructura de control y las condiciones bajo las cuales se desarrollará su actividad futura”.

Mientras que, sobre el fondo del fallo de la Corte Suprema, Tianqi -representada por la oficina Bofill Mir- estimó que “la decisión adoptada por la Corte Suprema de Chile en el presente caso se limitó a una interpretación formalista de los requisitos procesales del reclamo, sin pronunciarse sobre las cuestiones sustantivas centrales del asunto planteado”.

En detalle, la china apuntó que el fondo era “sobre si el acuerdo celebrado entre SQM y Codelco implicó, en los hechos, una alteración sustantiva del control sobre uno de los principales activos de la compañía y, por tanto, si dicha operación debía haber sido sometida a la aprobación de la junta de accionistas”.

“Desde la perspectiva de los inversionistas internacionales, la ausencia de un examen judicial efectivo sobre esta cuestión sustantiva, sustituido por una resolución fundada exclusivamente en consideraciones de carácter formal, resulta difícil de conciliar con los estándares de objetividad e imparcialidad que deben regir la función jurisdiccional”, añadió.

La firma también apunta que el reciente fallo “dificulta su credibilidad y puede erosionar la confianza pública en la independencia e imparcialidad del tribunal”.

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