El otro lío de Aguas Andinas: La dura batalla en el TC contra Sernac por los cortes en Santiago de 2017

Essal

Aguas Andinas –a través de Essal– se allanó al pago de compensaciones a los afectados por el corte del suministro de agua potable en Osorno. En paralelo, la compañía libra una dura batalla en el Tribunal Constitucional contra el Sernac para evitar el pago de millonarias multas por el corte del suministro en la Región Metropolitana de febrero y abril de 2017.


"Por la afectación y las molestias que esta interrupción del suministro provocó en la vida de las personas de Osorno, quiero humildemente pedir disculpas a nombre de Essal. En términos prácticos, esas disculpas se van a traducir en una serie de cosas. La primera, que vamos a pagar las compensaciones que corresponda".

Con estas palabras el presidente de Aguas Andinas, Guillermo Pickering en entrevista con El Mercurio pidió disculpas a los más de 180 mil clientes que sufrieron el corte del servicio de agua potable durante 10 días en la ciudad de Osorno, reiterando que Essal entregará compensaciones a los afectados y que se someterá a un Procedimiento Voluntario Colectivo que establece la Ley de protección de los derechos del Consumidor.

Tal fue la magnitud de la emergencia que el Presidente Sebastián Piñera afirmó ayer que se aplicarán las "mayores sanciones según la ley" a la empresa y que "si las partes no logran acuerdo, iniciaremos (una) demanda colectiva para asegurar que Osorno reciba compensación".

Sin embargo, antes de que ocurriera el incidente en la región de Los Lagos, Aguas Andinas ya tenía abierta una férrea batalla que en el Tribunal Constitucional, justamente para evitar ser sometida a tres artículos de la Ley del Consumidor.

El 14 de agosto de 2017, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) presentó una demanda colectiva en contra de Aguas Andinas por la suspensión del suministro que tuvo lugar entre los días 26 y 28 de febrero y el 21 de abril de 2017, afectando a diversas comunas de la Región Metropolitana. Cortes por los que la empresa -puntualizó Sernac- aún no paga compensaciones a los afectados.

Sernac acusó "un incumplimiento patente a su deber de profesionalidad". Además sostuvo que Aguas Andinas "no sólo no entregó la información una vez requerida, sino que tampoco informaba de manera veraz y oportuna la hora y reposición de éste, dejando transcurrir largos periodos de tiempo sin dar cuenta a los consumidores del estado en que se encontraba el corte del suministro".

La entidad fundó su demanda en los artículos 53, 23 y 25 de la Ley 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores. El primero de ellos permite al Sernac presentar demandas colectivas y ordenar indemnizaciones sin requerir la comparecencia de los afectados. El segundo, establece la responsabilidad infraccional para el proveedor que en la venta de un bien o en la prestación de un servicio, actuando con negligencia, causa menoscabo al consumidor por fallas o deficiencias. En tanto el tercero, fija el rango de multas, que para el caso de un servicio básico alcanzan las 300 UTM ($14.709.900) por cada afectado.

Nueve meses después, Aguas Andinas acudió al Tribunal Constitucional. Aquí la compañía, representada por los abogados Ramiro Mendoza y Matías Mori –ex contralor y ex vicepresidente del Comité de Inversiones Extranjeras, respectivamente– acusó graves perjuicios en caso de ser sometida a la Ley del Consumidor. De hecho, advirtió que para cumplir a las exigencias del Sernac tendría que destinar la totalidad de sus utilidades durante 115 años para efectuar los pagos. Según cálculos de la firma, que detalló en su recurso de inaplicabilidad, sólo las multas alcanzarían a $16.790.544.762.300.

Según Aguas Andinas, las interrupciones del servicio en Santiago se provocaron debido a fenómenos climáticos inprevistos y a su parecer no le cabe ninguna responsabilidad en los hechos. Los eventos de alta turbiedad en el río Maipo, terminaron por afectar las plantas de tratamiento de agua potable Complejo Vizcachas y Florida.

Aguas Andinas –respondió vía escrita– que su requerimiento presentado al TC "dice relación con el caso de 2017 y se refiere a normas que impugnan la posibilidad de aplicar multas multiplicadas por número de clientes afectados, por falta de proporcionalidad, que son de beneficio fiscal, lo que no tiene relación con compensaciones ni indemnizaciones a usuarios. Lo que se ve en el Tribunal Constitucional son principalmente artículos legales ya modificados por la nueva ley del Sernac, ya que el mencionado juicio en que inciden es de 2017".

Sobre la disputa en el TC, Sernac evitó emitir declaraciones, argumentando que se trata de un proceso abierto en tribunales. Mientras, el presidente de Conadecus, Hernán Calderón sostuvo que "con las declaraciones de Pickering, la empresa reconoce que las sanitarias están sujetas a la Ley del Consumidor y el alegato que hace la compañía en el Tribunal Constitucional tendría que ser rechazado".

¿Qué está pidiendo el Sernac?

Ayer el Sernac informó que ha recibido 400 denuncias de afectados por el corte del suministro de agua en Osorno. Además explicó que verificará el cumplimiento de los descuentos automáticos por la interrupción del servicio y exigirá compensaciones por los daños adicionales. A pesar de lo anterior, abogados expertos en tramitación de juicios en materia de derecho del consumidor cuestionaron a la entidad dependiente del Ministerio de Economía.

"La actitud de Sernac genera una dicotomía grande, porque llamó a una mediación, que hoy con la nueva Ley del Consumidor obliga a que ninguna asociación de consumidores presente una demanda colectiva, mientras dure este proceso. Entonces, no se sabe qué está negociando el Sernac con la empresa. ¿Qué está pidiendo Sernac a la empresa? No lo sabemos", sostuvo Andrés Parra, presidente del Consejo Consultivo de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS).

"El Sernac está pidiendo que paguen lo mínimo, que son las diez veces por cada día de corte del suministro, más compensaciones. No está pidiendo daño moral. Para pedir esto debe acudir a tribunales. Por lo mismo cuando termine el procedimiento voluntario, las asociaciones de consumidores podrían presentar demandas colectivas exigiendo el pago de daño moral a los clientes afectados", complementó Jimena Orrego, socia de la oficina Juan Agustín Figueroa.

Ante las críticas, Sernac defendió el procedimiento voluntario abierto con Essal, asegurando que al concluir será revisado por un tribunal. En dicha instancia, los distintos actores podrán presentar sus observaciones al eventual acuerdo con la compañía. "Perseguiremos todos los daños que se puedan cuantificar técnicamente", acotó el servicio dirigido por el abogado Lucas Del Villar.

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