“No ha lugar”: el portazo de la Corte a Interior por la queja que presentaron para volver a ser querellantes del caso Huracán

Audiencias pasadas del caso Huracán realizadas vía telemática.

El tribunal de alzada de Temuco desestimó la estrategia judicial que adoptó la División Jurídica del Ministerio del Interior con la que intentó impugnar la resolución del juzgado de garantía que los dejó fuera de este emblemático caso que tramita el Ministerio Público en contra de excarabineros de Inteligencia acusados de fabricar pruebas contra mapuches. "Es improcedente", dijeron de forma unánime los magistrados. Defensas de los expolicías consideran "contradictorio" los requerimientos presentados y apuntan a la "falta de experiencia" de quienes hoy representan al gobierno. Con todo, aún queda pendiente una apelación que esta semana se elevaría a la Corte temuquense y que es la última carta del Ejecutivo.


Un golpe tras otro ha recibido la estrategia de litigación impulsada desde la División Jurídica del Ministerio del Interior en sus intervenciones en uno de los casos más emblemáticos de corrupción policial que se tramitan actualmente en Chile.

Se trata de la preparación de juicio oral del denominado caso Huracán en que el Ministerio Público persigue a exintegrantes de la Unidad de Inteligencia de Carabineros que -según acusan- fabricaron pruebas para criminalizar a comuneros mapuches en ataques terroristas de la Macrozona Sur. Hace once días fueron excluidos como querellantes de esta causa penal, ya que se negaron a corregir un vicio formal de su acusación, y ahora se suma que la Corte de Apelaciones de Temuco declaró inadmisible por “improcedente” el recurso de queja con el que intentaron revertir la resolución de la jueza Marcia Castillo.

En el mundo judicial son pocos los recursos de queja que se presentan. Principalmente porque atacan “graves faltas o abusos” realizados por un juez y, por lo mismo, son de carácter extraordinario. Pese a todo esto fue la vía que eligió la abogada Camila Barros -jefa de la división- para poder volver a ser litigantes de esta indagatoria en que está acusado, como principal autor de los hechos, el exgeneral a cargo de la Inteligencia de la policía uniformada Gonzalo Blu.

En el escrito, el gobierno acusa a la titular del Juzgado de Garantía de Temuco de incurrir en “grave falta o abuso pues por la vía de la invocación de un supuesto vicio formal, instruye al Ministerio del Interior y Seguridad Pública excluir de su acusación particular el delito de obstrucción a la investigación, en circunstancias de que la calificación jurídica que un interviniente realiza sobre determinados hechos no puede jamás considerarse como una cuestión “formal” del escrito de acusación”.

En definitiva, dice la abogada Barros en el texto elevado a la Corte temuquense, que “la jueza recurrida contraviene el texto expreso de la ley; quebranta al mismo tiempo lo dispuesto por esta Corte; y consecuencialmente, se aleja de los principios más básicos de la judicatura, tales como el principio de legalidad y ejecución, bases del ejercicio de la jurisdicción”. Esto último, pues, según detallan en el escrito, ya habían sido excluidos como querellantes -en el gobierno pasado- y reincorporados a la tramitación de esta causa, por lo que la magistrada Castillo al sacarlos habría, incluso, desacatado lo ordenado por sus superiores.

En la queja se pedía además que la jueza saliera del caso y un magistrado no inhabilitado siguiera adelante con la audiencia de preparación de juicio oral que hoy está suspendida -justamente- por la situación de este ex querellante. “Atendido el mérito de los antecedentes que suministra el recurso y visto además lo dispuesto en los artículos 545, 548 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja por improcedente”, resolvieron las ministras Adriana Aravena, Mirna Espejo y Viviana Ibarra, integrantes de la primera sala de la Corte de Apelaciones de Temuco.

No ha lugar

Algo que llamó la atención al interior del Poder Judicial fue una petición que se hizo en el “primer otrosí” por parte de los exquerellante del Ministerio del Interior y que señalaba: “Sin perjuicio de lo anterior, en subsidio, para el evento que su señoría ilustrísima estime que este recurso es improcedente o por cualquiera otra razón no entre en su conocimiento, solicito que se actúe de oficio y, por esta vía, se corrijan las faltas en que ha incurrido la señora magistrada Castillo con ocasión de la dictación de la resolución (...) en definitiva, se solicita que se corrija lo erróneamente actuado, se disponga la mantención del delito de obstrucción a la investigación, como parte integrante de la acusación particular de este interviniente, dejando sin efecto las resoluciones dictadas con ocasión de la falta de corrección de los supuestos vicios formales”.

Lo extraño, dicen fuentes judiciales, es que esa petición era más bien una apelación y por lo mismo las tres magistradas en resolución unánime respondieron: “No ha lugar por improcedente”.

Quienes también salieron a cuestionar los intentos de Interior por volver al caso fueron los abogados defensores de los carabineros acusados. En particular, sostienen, es contradictorio que el gobierno recurra de queja y ponga como uno de sus argumentos el que no tiene otra forma de revertir lo hecho por la jueza Castillo y luego presente en el mismo juzgado de garantía otro recurso, esta vez de apelación. De hecho en la página 17 de la queja se lee expresamente: “La resolución dictada con grave falta o abuso no es susceptible de otro recurso”.

Javier Jara, abogado del exoficial de Inteligencia de Temuco Patricio Marín, apuntó a un “amateurismo” por parte de quienes están en esa cartera hoy. “Ellos mismos reconocen en la queja declarada inadmisible que no cuentan con más recursos y sin embargo presentan una apelación. Hay una contradicción evidente, además que no apelan de la resolución que les ordenó modificar su acusación, obstáculo insalvable para que la Corte pueda conocer del recurso, lo que hace que la apelación también sea inadmisible, pienso que la poca experiencia hace que se cometan estos gruesos errores”, señaló.

La abogada Marisa Navarrete, quien representa al exsuboficial Leonardo Osses, tiene una visión similar y desde ya adelantaron un recurso de hecho que será presentado para evitar que el tribunal de alzada de Temuco vise la admisibilidad de la última carta con la que cuenta Interior que es la apelación. “El Ministerio del Interior quedó fuera porque no cumplió con la resolución de un juez que le ordenaba corregir. El resultado de quien no lo hace está contemplado en la propia ley y es que se queda fuera. Contra esa resolución no hay recurso de apelación porque nuestro Código Procesal limita la interposición de los recursos. Eso es todo. No hay más interpretaciones en una sanción establecida en la ley”, sostuvo la defensora.

Vuelven o toman palco

Desde Interior defienden la estrategia y explican que ya antes se solicitó la exclusión como querellantes, en el gobierno de Sebastián Piñera, y que había sido la misma jueza quien los había dejado fuera. Luego de eso se apeló y fue la Corte quien revocó la resolución de Castillo y les permitió seguir participando del proceso e incluso acusar por el delito de obstrucción a la investigación, que es el que la magistrada el 9 de mayo les ordenó corregir argumentando que se trataba de un “vicio formal”.

En medio de ese contexto y al verse nuevamente marginados del caso es que decidieron presentar la queja, basados -principalmente- en lo que sostuvo el tribunal de alzada de esa jurisdicción la vez pasada cuando los reincorporó. Es decir, una orden de un superior que no habría sido respetada.

Con todo, el Ministerio del Interior ya presentó -el 17 de mayo pasado- el recurso de apelación que fue declarado admisible por el Juzgado de Garantía. Lo cierto es que si bien se elevaron los antecedentes, ya que el tribunal sólo revisa si fueron presentados dentro del plazo, es la Corte la que finalmente deberá determinar en los próximos días si da luz verde a la tramitación de la última carta con la que cuenta el gobierno para seguir en su rol de acusador de este emblemático caso o, en su defecto, confirma su exclusión, ante lo cual el querellante institucional deberá “tomar palco” ante uno de los juicios más importantes de los últimos años.

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