Candidatura de Jadue pende de un hilo: el proceso para aceptar o rechazar su postulación
Confirmada la acusación respecto del militante comunista en el marco del caso Farmacias Populares, abogados expertos en la materia sostienen que el Servicio Electoral debería rechazar de inmediato su candidatura al Congreso. De no ser así, advierten, consejeros se arriesgan a que se pida su cesación en el cargo.
“El señor Daniel Jadue está acusado (...) La Fiscalía presentó acusación el 6 de agosto y está acogida por el tribunal”.
Ese fue parte del pronunciamiento con que el fiscal Marcelo Cabrera ratificó durante la jornada del jueves 28 de agosto la situación procesal del exalcalde de Recoleta y hoy aspirante a diputado. Esto, tras la audiencia en que la jueza Paulina Moya desestimó la petición de la defensa del militante comunista para que se entendiera por no presentada la acusación donde el Ministerio Público pidió más de 18 años de cárcel en su contra, por fraude al Fisco, cohecho, estafa y delito concursal.
Con ello, las reclamaciones de personeros políticos respecto de sus posibilidades para ser candidato al Congreso se activaron rápidamente, ya que la Constitución establece que un ciudadano perderá su derecho a sufragio si se encuentra acusado de un delito de pena aflictiva, la misma situación en la que se encuentra Jadue.
Así, RN ingresó una reclamación ante el Segundo Tribunal Electoral de la Región Metropolitana para expulsar del padrón electoral al exjefe comunal. Además, el abogado querellante que representa al exconcejal Mauricio Smok (UDI) en la causa de Farmacias Populares, Christian Espejo, requirió al Tercer Juzgado de Garantía de Santiago que informe al Servel sobre la situación procesal del arquitecto.
“Por este acto vengo en solicitar a US., oficiar al Servicio Electoral de Chile a fin de comunicar la acusación fiscal presentada por el Ministerio Público en contra de Oscar Daniel Jadue Jadue y otros de fecha 6 de agosto del presente año y resuelta el 13 de agosto 2025. Se solicita además que, a la acusación señalada, para mejor comprensión, se sumen las resoluciones de este tribunal de fechas de 11 de agosto, 13 de agosto y de 28 de agosto, todas del presente año”, se lee en el escrito ingresado por el penalista.
Con esto, Jadue quedaría al borde de que se rechace su candidatura.
De hecho, no pocos sostienen que, con la comunicación formal y pública que realizó el tribunal, el Servel debería rechazar de inmediato su inscripción.
Según expertos en la materia, la entidad ni siquiera debería esperar la resolución del Tribunal Electoral sobre el padrón o las eventuales reclamaciones que lleguen al Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), ya que es más que conocido que Jadue no cumple con los requisitos para ser candidato.
Como se indica en la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios en la letra a del artículo 19, “el Consejo del Servicio Electoral deberá rechazar las declaraciones de candidaturas que no cumplan con los requisitos establecidos en los artículos 25, 48 y 50 de la Constitución Política de la República, o que se encuentren en alguna de las situaciones previstas en su artículo 57. Asimismo, deberá rechazar las declaraciones de candidaturas que no cumplan con los requisitos establecidos en los párrafos 1º a 3º de este título”.
Y es precisamente el artículo 48 de la Carta Fundamental el que indica que para ser elegido diputado se requiere ser ciudadano con derecho a sufragio, derecho al que Jadue se le suspendió tras la presentación de la acusación en su contra.
Al no rechazar de inmediato la candidatura, aseguran fuentes consultadas por este medio, los consejeros del Servel se exponen a que, desde la Cámara de Diputados, por un tercio de sus integrantes, recurran en su contra, conforme el artículo 66 de la ley 18.556 sobre el Sistema de Inscripciones Electorales y el Servicio Electoral.
Se requiere pronunciamiento
Pese a la interpretación que hacen algunos abogados en la materia, otras fuentes afirman que el Servel, en esta etapa del proceso de inscripción de candidaturas, no estaría en condiciones de rechazar su postulación.
Esto, porque en lo formal, en el momento en que se elaboró el padrón provisorio, no tenía impedimento para sufragar. Es decir, el Servel está obligado a resolver con información desfasada que solo puede ser corregida en las siguientes instancias de la justicia electoral.
Bajo esa interpretación y dado que la reclamación a su respecto ingresó al TER hace sólo algunas horas, el Servel tendría que esperar que este resuelva y eventualmente eliminarlo del padrón cuando esto ocurra. Así, en la publicación del padrón definitivo que se hará el 17 de septiembre, Jadue no debería estar.
Pero como el rechazo o aceptación de las candidaturas se realiza conforme los antecedentes que están en manos del Servel al 18 de agosto, lo más probable es que al cierre del proceso este 31 de agosto, se acepte su candidatura.
Una vez que se publique la resolución, eso sí, hay cinco días de plazo para que se presenten las impugnaciones ante el Tricel, instancia que tendría que zanjar la situación del militante comunista.
Como sea, hoy la compleja determinación está en manos del Servel. Dados los antecedentes públicos, según personeros entendidos en el asunto, la entidad podría resolver de oficio y desestimar la candidatura del exalcalde, aunque para otros hay que esperar que se resuelvan las reclamaciones que se den en cada etapa del proceso.
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