Condenan por robo en lugar no habitado a exconcejal de La Calera Karim Chahuán y lo absuelven por acusaciones de otros cuatro delitos

Quedó con arraigo nacional y firma mensual. Fue absuelto por los delitos de obstrucción a la investigación, tráfico de influencias, negociación incompatible, tráfico de drogas y uso malicioso de instrumento público. Su abogado cuestionó al CDE y la exintendencia " por no haber tenido motivo plausible para litigar en este juicio”.


Este jueves la jueza del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, Mónica Oliva, dio lectura al veredicto en el caso contra el exconcejal de La Calera, Llamal Karim Chahuán Cerna, y otros tres imputados por diversos delitos cometidos en 2019.

Chahuán Cerna fue condenado por robo en lugar no habitado y absuelto por otras cuatro imputaciones. Quedó con arraigo nacional y firma mensual.

“Después de un mes y medio de juicio oral, el tribunal absolvió a Karim Chahuán de cinco delitos, menos uno, descartando completamente su vinculación a una organización dedicada a traficar drogas o cometer otros delitos, respecto de las cuales se les hizo tanto caudal”, sostuvo Juan Carlos Manríquez, abogado del exconcejal.

El defensor señaló que “el tribunal dejó establecido más allá de toda duda razonable, que no solo fue un problema de falta de prueba lógica y precisa, concordante o armónica, sino que además, los hechos que se establecieron simplemente, no configuraban los tipos penales, ni de complicidad para esos delitos de tráfico, ni de tenencia de pequeñas cantidades, ni falsificación de motores de vehículos ni siquiera tampoco por obstrucción a la investigación por supuestamente haber borrado unas imágenes que no se acreditaron jamás, ni menos haber traficado influencias o negociaciones incompatibles, dejando solo aquello que él mismo reconoció y que nosotros dijimos desde el inicio: un solo hecho que el tribunal calificó de robo, considerando atenuantes y respecto de las cuales las penas no puede superar 541 días a 3 años con beneficio”.

“El tribunal decidió hoy, a petición de la defensa, liberar al señor Chahuán y ponerle término a una prisión preventiva que entendimos siempre –a nuestro juicio- desproporcionada- de prácticamente dos años. Por eso solicitamos se condenara en costas al Ministerio Público, al Consejo de Defensa del Estado, a la actual delegación presidencial de la Quinta Región ex intendencia, por no haber tenido motivo plausible para litigar en este juicio”, agregó el abogado Manríquez.

En diciembre de 2019 fue formalizado por participar en los saqueos registrados en el mall “Open Plaza” de La Calera el 29 de octubre de 2019, delito por el que fue sancionado, sin embargo, la indagatoria siguió y transformó en una causa por tráfico de drogas. En enero de 2020 fue reformalizado. El sujeto militaba en Renovación Nacional y es primo del actual timonel de la tienda, Francisco Chahuán. El caso provocó que el propio senador pidiera su suspensión inmediata del partido. En tanto, el gobierno se querelló en su contra por Ley de Seguridad del Estado.

Chahuán fue absuelto por los delitos de obstrucción a la investigación, tráfico de influencias, negociación incompatible, tráfico de drogas y uso malicioso de instrumento público.

El juicio oral se inició el pasado 23 de julio. Chahuán Cerna junto a Leonardo David Gómez Méndez, Cristofer Matías Guzmán Lobos y John Michael Villalobos Zamora, fueron acusados por su responsabilidad, en distintos grados de participación, en delitos consumados de robo con intimidación, robo en lugar no habitado con infracción a la Ley de Seguridad del Estado, tráfico de influencia, obstrucción a la investigación, uso malicioso de instrumento público, falsificado, tráfico de drogas, posesión ilegal de armas de fuego, posesión de municiones y disparos injustificados. Se trataba de ilícitos perpetrados en la ciudad de La Calera y en la comuna de Hijuelas, entre marzo y agosto de 2019.

Según la acusación del Ministerio Público, la agrupación delictual liderada por Gómez Méndez con apoyo de Chahuán Cerna, ejecutó en marzo de 2019 un robo a dependencias de la empresa Agrosuper, en Hijuelas. Desde donde logrando sustraer y apropiarse de una caja fuerte con dinero efectivo y especies. Ese mismo mes Gómez, Guzmán y Villalobos, haciéndose pasar por funcionarios de la PDI, habrían concurrido hasta una residencia de La Calera e intimidaron a sus ocupantes con armas de fuego, sustrayendo dos teléfonos celulares. Em tanto, el 28 de julio de 2019, alrededor de las 18.30 horas, Gómez y otros sujetos llegaron hasta un domicilio de Hijuelas, al cual ingresaron por la fuerza, procediendo a intimidar a sus ocupantes con armas de fuego, tipo pistola, que portaban y fingiendo, nuevamente, ser funcionarios de la PDI, lograron apropiarse de diversas especies de propiedad de las víctimas. El 24 de agosto de 2019, en tanto, al interior del Estadio Municipal Nicolás Chahuán de La Calera, los acusados Gómez Méndez, Guzmán Lobos y Villalobos Zamora, poniendo en riesgo la integridad del público que en dicho horario presenciaban el espectáculo deportivo, procedieron a efectuar disparos con armas de fuego. Los hechos fueron registrados por las cámaras de seguridad del recinto, sin embargo, las imágenes fueron eliminadas con la intervención de Chahuán Cerna, con el objetivo de impedir el reconocimiento de los miembros de la agrupación delictiva, obstruyendo por esta forma la investigación y el esclarecimiento de los hechos.

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