Nacional

De 60 a 240 días: la advertencia de sociedades por plazos aprobados sobre seguridad nuclear en “ley de permisología”

Las organizaciones indicaron que existe un artículo que perjudica la labor médica asociada a radioterapias al aumentar los días para conseguir autorización.

Foto: FALP

“La Comisión deberá resolver las solicitudes para autorizar el emplazamiento, construcción y operación de instalaciones nucleares o equipos radiactivos en el plazo máximo de doscientos cuarenta días hábiles”, señala el artículo 115 de la Ley de Marco de Autorizaciones Sectoriales, por el cuál distintas sociedades vinculadas a la materia encendieron las alertas.

El 1 de julio de 2025, el Congreso aprobó la conocida “ley de permisología” que tiene como objetivo agilizar y simplificar la tramitación de permisos. Sin embargo, tras su publicación en el Diario Oficial el pasado 29 de septiembre, la Sociedad Chilena de Radioterapia Oncológica (Sochira), la Sociedad Chilena de Protección Radiológica (Sochipra), la Sociedad de Física Médica Chilena (Sofimech) y la Sociedad Chilena de Medicina Nuclear (Sochmn) advirtieron que la normativa tendría el efecto contrario a nivel sanitario. Esto porque personas enfermas son quienes podrían salir perjudicadas. Específicamente aquellas que requieren tratamientos de radioterapia y algunas prestaciones de medicina nuclear (como el tratamiento del cáncer de tiroides con yodo radiactivo).

“Introdujo plazos que no existían, que no estaban por ley, pero que estaban ya estipulados, y los multiplicó por dos, por tres, o por cuatro”, explicó el médico oncólogo - radioterapeuta y presidente de la Sochira, Hernán Letelier.

Por su parte, según especificaron desde la Sochipra “en Chile se modificaron los plazos para autorizar instalaciones y prácticas que usan radiaciones ionizantes. La Ley 21.770 incorporó a la Ley de Seguridad Nuclear (Ley 18.302) nuevos artículos que fijan plazos máximos para que la autoridad resuelva: hasta 240 días hábiles para emplazamiento, construcción u operación; 120 para “demás solicitudes”; y 60 para autorizaciones del artículo 5° de la Ley 18.302, todos con posibilidad de suspensión fundada. Además, si la autoridad no responde a tiempo, rige silencio administrativo negativo: es decir, no hay autorización tácita”.

Junto con ello, en el marco de las instalaciones de primera categoría, la normativa establece que solo las personas autorizadas por la Comisión Chilena de Energía Nuclear (Cchen) -tras una evaluación física, psicológica y profesionales- pueden trabajar en instalaciones o equipos radiactivos.

Las afectaciones

En esa línea, el presidente de la Sochira, Letelier detalló que existe una preocupación con los nuevos plazos para los tratamientos de pacientes oncológicos, quienes hacen uso mayoritario de este tipo de terapias.

“Hay una brecha súper grande de equipamiento que hace falta, sobre todo en regiones. El nuevo plan de cáncer está en proceso, lento, pero está en proceso de construcción en centros, en Iquique, en La Serena, en Santiago mismo, y resulta que, con estos nuevos plazos, que estos equipos efectivamente puedan tratar pacientes, va a hacer que esta brecha de atención en cáncer sea mucho peor, aumente, y que más tiempo pase en que los pacientes puedan tener un mejor acceso a tratamientos de radioterapia”, aseveró el médico oncólogo.

Añadiendo que “actualmente son, más o menos, en Chile se están realizando como unos 23 mil a 25 mil tratamientos al año, y aun así estimamos que entre 13 mil y 15 mil pacientes que tienen indicación de radioterapia no se la hacen porque hay un déficit enorme de equipamiento”.

De hecho, según indican desde las sociedades, las enfermedades oncológicas que más hacen uso de este tratamiento son el cáncer de mama, cáncer de próstata, cáncer cervicouterino, cáncer de recto y cáncer de pulmón. Asimismo, señalan que, actualmente, son alrededor de 45 máquinas de radioterapia y 17 centros donde funcionan en todo el país.

Pablo del Río, presidente de la Sochipra apuntó que “esto importa. En radioterapia y medicina nuclear, el tiempo hasta el control (el lapso entre diseñar un blindaje y tener todo operativo y verificado) es, literalmente, una barrera de seguridad. Si ese tiempo se alarga, el riesgo permanece más tiempo sin la barrera instalada; si se acorta sin criterio, aparecen atajos que empobrecen la revisión y afectan la seguridad. El verdadero desafío es lograr la máxima calidad con la mayor velocidad”.

La discusión en el parlamento

Letelier asistió el pasado jueves hasta la comisión de Salud del Senado en donde, como representante de las cuatro sociedades, presentó las inquietudes en torno a la normativa. “Tampoco es fácil cambiar una ley, pero parece que hay opciones para poder hacer ajustes a esta ley”, sostuvo el médico oncólogo tras conversar con los parlamentarios.

Mientras que Gabriela Miranda, presidenta de la Sofimech, expresó que: “Nosotros creemos que, por desconocimiento, en el fondo por el miedo que genera la población a la palabra radiactiva y nuclear, ellos pensaron que es correcto tener un plazo más largo que los que están regulando en el resto de la ley”.

Miranda mencionó que como físicos médicos están encargados de hacer las pruebas preoperacionales y luego, de presentar a la Cchen los informes que ellos validan para iniciar el uso de las máquinas.

“Poderlos optimizar o poderlos reducir”

Al ser consultado por lo que buscan al advertir esto, Hernán Letelier señaló que aprovecharán “esta instancia, este cambio de ley, para que, en el peor de los casos, se vuelva a los plazos que, que tenía contemplada la Comisión de Energía Nuclear, de 60 días hábiles para algunos trámites, 40 días hábiles para otros”.

“En el peor de los casos, que se mantenga esos, pero, idealmente, poderlos optimizar o poderlos reducir, y que sea un proceso mucho más eficiente, justamente para estimular el crecimiento y desarrollo de centros de, de centros de radioterapia que son tan necesarios en todo el país”, añadió.

A ello, Pablo del Río sumó que, si bien hay más certeza formal, porque saben cuál es el tope del procedimiento y cuándo puede suspenderse, también existe más incertidumbre práctica porque “además de la extensión del plazo nominal, si la opción de suspensión se emplea con frecuencia, la duración real puede volverse excesiva”.

Desde la Sochipra sabemos que no se trata solo de “plazos largos o cortos”, sino de la disciplina administrativa que el Estado debe ejercitar para responder en tiempo y forma a las necesidades de la salud pública. En este caso, la mirada debe abarcar todo el ciclo de vida de una instalación: desde el diseño, pasando por la operación segura, hasta el retiro y reemplazo tecnológico”, explicó.

Lee también:

Más sobre:SaludLey de permisologíaSeguridad Nuclear

⚡¡Últimos días Cyber! Accede al mejor precio de 2025🗳️ 📰

Digital + LT Beneficios$1.200/mes SUSCRÍBETE