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Estas son las conductas y sanciones que incluyó el gobierno en el proyecto de ley del Registro de Vándalos e Incivilidades

El mensaje, que ingresó durante esta jornada a la Cámara, estipula los 33 actos que llevarán a una persona a ser incluida en el registro, las 17 sanciones y el tiempo que se aplicarán los castigos en caso de que una persona sea condenada por cometer delitos o incivilidades.

Manifestación - Imagen referencial.

Fue durante la Cuenta Pública del pasado 1 de junio que el Presidente José Antonio Kast anunció uno de los proyectos emblemáticos de su administración durante su primera comparecencia ante el Congreso: el Registro Único de Vándalos e Incivilidades (RUV).

Finalmente, este lunes el Ejecutivo ingresó ante la Cámara el proyecto de ley que crea el Registro Nacional de Actos Vandálicos e Incivilidades, el que tiene pequeñas variaciones respecto al nombre anunciado por el gobierno tras la Cuenta Pública.

Lo que sí no tiene variaciones es el fondo del proyecto del Ejecutivo, el que en 29 páginas detalla que el Registro de Vándalos e Incivilidades será administrado por el Registro Civil, será público y podrá ser consultado por cualquier persona que se identifique. Quien lo consulte podrá hacer máximo cinco solicitudes a través de Transparencia al año y le permitirá conocer si una persona está o no en el registro.

Además de las personas particulares, las instituciones del Estado, los tribunales, y los “organizadores de espectáculos masivos, de fútbol profesional, los administradores de los recintos en que estos se desarrollen y los operadores de casinos de juego”, también podrán consultarlo.

Durante la sesión de este lunes, el diputado Luis Cuello (PC), y tras darse cuenta de la iniciativa del Ejecutivo, realizó reserva constitucional, lo que implica que al terminar la tramitación en el Congreso, el Tribunal Constitucional deberá revisar.

Los hechos sancionados

El Registro Nacional de Actos Vandálicos e Incivilidades detalla la serie de hechos que llevarán a una persona, con una condena firme y ejecutoriada, a ser integrada en dicho listado. Según detalla el mensaje, se distinguen dos grandes grupos de hechos, uno para los delitos y otro para las incivilidades. En ambos casos, tendrán sanciones distintas.

El registro estipula que estos serán los “actos vandálicos”:

  1. El atentado contra la autoridad.
  2. Las amenazas a autoridades en ejercicio de sus funciones o la perturbación grave de sesiones legislativas o audiencias judiciales.
  3. El impedimento o perturbación del ejercicio de funciones de autoridad por violencia o fraude.
  4. La falsa alarma de incendio, emergencia o calamidad pública
  5. El homicidio de un fiscal del Ministerio Público o de un defensor público.
  6. Las lesiones o maltrato de obra contra un fiscal del Ministerio Público o contra un defensor público.
  7. Las amenazas a un fiscal del Ministerio Público o a un defensor público.
  8. La retención o toma de control de un vehículo de transporte público de pasajeros.
  9. La interrupción de la libre circulación en vía pública o el lanzamiento de objetos a personas o vehículos en vía pública.
  10. La explotación o participación en casas de juego de suerte, envite o azar.
  11. Las amenazas a profesionales y funcionarios de establecimientos de salud o educacionales, y a manipuladores de alimentos de establecimientos educacionales.
  12. Las lesiones inferidas a profesionales y funcionarios de establecimientos de salud o educacionales, y a manipuladores de alimentos de establecimientos educacionales.
  13. La usurpación (...) en caso de que la ocupación hubiere recaído sobre inmuebles fiscales o bienes nacionales de uso público, o sobre un inmueble destinado al desarrollo de actividades de educación parvularia, básica, media o superior.
  14. El incendio.
  15. Los daños causados en bienes de uso público, medios de transporte público o servicios públicos o domiciliarios.
  16. La realización no autorizada de rayados, dibujos, mensajes o expresiones en bienes muebles o inmuebles, públicos o privados.
  17. El homicidio de un carabinero.
  18. Maltrato de obra a un carabinero.
  19. El uso de artefactos explosivos o incendiarios y el disparo injustificado de armas de fuego.
  20. Las carreras no autorizadas de vehículos.
  21. El tráfico o microtráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.
  22. La asociación ilícita para el comercio ilegal.
  23. El daño en un monumento nacional.

Las incivilidades que serán consideradas para incorporar al registro, tras una sentencia de un Juzgado de Policía Local, son las siguientes:

  1. El depósito de escombros y otros materiales sin permiso de la Municipalidad o la Dirección de Vialidad.
  2. El consumo de bebidas alcohólicas en calles, caminos, plazas, paseos y demás lugares de uso público.
  3. El expendio de bebidas alcohólicas.
  4. La elaboración o manipulación de alimentos en la vía pública sin contar con patente municipal.
  5. El uso de los servicios de transporte público remunerado de pasajeros sin pagar la tarifa correspondiente.
  6. El cierre u obstaculización de vías de acciones a playas de mar, ríos o lagos.

Además del listado anterior, hay otras cuatro incivilidades que se ven en sede penal que también serán consideradas en el registro:

  1. La organización o agencia de loterías no autorizadas.
  2. La provocación o alteración del orden en espectáculos públicos.
  3. El daño en bienes públicos o de propiedad particular cuyo importe sea inferior a una unidad tributaria mensual.
  4. El consumo de drogas en la vía pública.

Según el proyecto, los delitos e incivilidades (faltas) anteriormente mencionados, tendrán doble sanción, es decir las penas según fije la ley y además la incorporación al registro.

Las sanciones

Una tercera parte del proyecto considera las sanciones a las que serán sometidas aquellos condenados que integren el registro. Estos son:

  1. La prohibición de acceder a los procesos de postulación e ingreso a los programas habitacionales.
  2. La prohibición de acceder al subsidio de arriendo.
  3. La revocación de los permisos precarios o concesiones.
  4. La prohibición de acceder al beneficio de aporte monetario destinado al consumo de bienes y servicios culturales o “Pase Cultural”.
  5. La inhabilidad para postular como responsable o ejecutor de proyectos a los fondos concursables administrados por el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
  6. La prohibición de acceder a las becas del Programa de Becas de Educación Superior.
  7. La prohibición de acceder a becas de postgrado otorgadas conforme a los programas administrados por la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo y por el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.
  8. La prohibición de acceder a fondos públicos para investigación o innovación correspondientes a concursos financiados por la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo y por el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.
  9. La inhabilitación del uso de cualquier pase, tarjeta o dispositivo electrónico que permita el acceso a tarifas rebajadas en el transporte público, tales como la Tarjeta Nacional Estudiantil o el beneficio de tarifa rebajada para adultos mayores.
  10. La retención del pago de la devolución anual de impuesto a la renta.
  11. La prohibición de obtener o renovar la licencia de conducir, o la suspensión, en su caso.
  12. La prohibición de obtener o renovar el pasaporte.
  13. La suspensión de cualquier exención, subsidio o beneficio de gratuidad o rebaja en el pago de los derechos de aseo domiciliario.
  14. La prohibición de asistir a espectáculos masivos, espectáculos de fútbol profesional y de ingresar a casinos de juego.
  15. La pérdida de la pensión de gracia.

La pérdida de gratuidad y PGU

Como punto aparte, el proyecto igualmente especifica que en “actos vandálicos especialmente graves”, además del resto de sanciones, también se implementará la prohibición de acceder -por un tiempo- del beneficio de la gratuidad universitaria y a la Pensión Garantizada Universal (PGU).

Para perder dichos beneficios, se detallan 14 conductas graves, como los son los delitos de: homicidio de fiscal o defensor público, lesiones gravísimas contra un fiscal o defensor público, retención o toma de control de un vehículo de transporte público de pasajeros, lesiones gravísimas contra funcionarios de la salud o educación, usurpación violenta, incendio con resultado de muerte (o lesiones gravísimas), incendio de transporte con personas en su interior, incendio calificado, homicidio de carabinero, lesiones graves o gravísimas de carabineros, uso de bombas o artefactos explosivos, carreras no autorizadas con resultados graves o muerte, tráfico ilícito de drogas y asociación ilícita.

Los plazos de sanción

Quienes sean incorporados en el Registro Nacional de Actos Vandálicos e Incivilidades, sin embargo, no permanecerán ahí definitivamente. Para esto, el proyecto especifica diferentes plazos.

En el caso de los delitos más graves, todas las sanciones -incluidas la gratuidad y la PGU- se aplicarán por cinco años y dos años en caso que el condenado sea un menor de edad. Durante ese plazo, la persona no podrá acceder, o se le suspenderá, cualquiera de los beneficios enlistados.

Para las incivilidades, será un año el que la persona permanecerá en dicho registro.

Además de eso, se contempla aumentar las sanciones en caso de que se reincida. En ese escenario, serán dos años más si es que la persona reincide una vez en las incivilidades y se sumarán tres años si es que son más de dos reincidencias. Respecto a los delitos más graves, se agregará un año por cada reincidencia.

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