La derrota final de Espinosa: exdirector de la PDI deberá pagar las costas del juicio que lo condenó a 17 años de cárcel
El exjefe de la policía civil, además del pago de costas y su condena de cárcel, se le impuso el pago de una multa de $146 millones y la incautación de un inmueble avaluado en $530 millones. A juicio de la defensa, la imposición de esta nueva medida causa "un agravio patrimonial directo" en contra del condenado por delitos de corrupción.
Casi 10 lleva recluido en el Anexo Cárcel Capitán Yáber, Héctor Espinosa, el exdirector de la Policía de Investigaciones (PDI) condenado por delitos de corrupción. El exjefe de la policía civil cumple en ese recinto penal su condena a 17 años de cárcel, la que fue dictada en noviembre del año pasado por parte del Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago.
Pese a que su condena ya fue ratificada por la Corte Suprema, tras rechazar la nulidad del juicio, la contienda judicial del exdirector de la PDI no cesa. Recientemente la defensa de Espinosa recurrió a la Corte de Apelaciones de Santiago para modificar parte del monto de la condena al pago de costas.
Sin embargo, en esa última contienda jurídica, el expolicía también tuvo un fracaso, luego de que el tribunal de alzada capitalino confirmara el monto que deberá pagar asumiendo las costas del juicio que se extendió por 45 días.
Un agravio económico
El pasado 11 de junio pasado se llevó a cabo una audiencia en la que el tribunal resolvió, una vez concluido el juicio, las costas que debía pagar Espinosa.
En esa instancia, la defensa de Espinosa, representada por el abogado Jorge Villalobos, pidió que se fijaran en los montos establecidos por la Defensoría Penal Pública, es decir 48 UTM, casi dos millones de pesos. El CDE, por su parte, pidió el pago de $25 millones.
Sin embargo el tribunal resolvió que el exdirector de la PDI debía pagar un total de $5 millones, de los cuales $2 estaban destinados al Ministerio Público, otros dos al Consejo de Defensa del Estado (CDE) y uno al querellante.
Pero la defensa del exdirector de la PDI no quedó conforme y recurrió hasta la Corte de Santiago para pedir que dicho tribunal de alzada revirtiera la resolución y bajara el monto a unos $ 3.432.288. Entre los argumentos del abogado de Espinosa, estaba que dicha monto correspondía al tope máximo de 46% del monto total establecido en la regulación.
La defensa también planteaba que el juicio fue más corto de lo esperado, por ende el mismo tribunal debía reducir los costos, de lo contrario se configuraba una contradicción. Pero además de eso, planteó que el cobro de las costas era injustificado dado que se trataba de instituciones estales que usaron recursos -abogados- propios sin gastos extras.
Junto con eso, el abogado de Espinosa igualmente apuntó al agravio económico que la resolución causaba en su cliente. “La resolución causa a mi representado un agravio patrimonial directo e irreparable por otra vía, al imponerle una carga económica que excede en cerca de un 46% el parámetro objetivo invocado”, planteaba en el recurso.
En dicho punto, el principal argumento de la defensa es que, además de las costas y los 17 años de cárcel, al exdirector de la PDI también se le impuso penas que causan “una severa carga patrimonial”. Al otrora máximo oficial de la policía civil se le condenó al pago de multas por un total de $ 15 millones, más una indemnización al Fisco de $ 146 millones -monto defraudado- y a la incautación de un departamento adquirido en Las Condes por un total de $ 531.496.160.
El fallo de la corte
En una resolución unánime de la Segunda Sala de la Corte de Santiago, el 31 de agosto el tribunal de alzada capitalino rechazó la petición de la defensa. En dicha resolución, las ministras Lidia Poza y Claudia Parra, y el abogado integrante, Luis Hernández, dieron un portazo al último intento jurídico de Espinosa.
La corte rechazó los argumentos de la defensa y no sólo confirmó los montos, sino también la distribución que se debía hacer. A juicio de las magistradas, y según el argumento de los abogados, “el arancel de la Defensoría Penal Pública, si bien sirve como parámetro para la regulación de costas en los juicios penales, no constituye, en sí mismo, una limitación a las facultades de los sentenciadores para establecer el monto de ellas en el caso concreto”.
Además de eso, la Corte de Santiago rechazó y desechó la apelación del CDE por aumentar el monto.
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