Nacional

Nuevas indicaciones del gobierno al FES incluyen tope de beneficiarios y límite de pago, sin abordar aún el copago

El Ejecutivo ingresó este miércoles algunos cambios al proyecto que busca dejar atrás el Crédito con Aval del Estado. Con todo, aún no se hace cargo de críticas que siguen sobre la mesa.

05 Octubre 2024 Estudiantes Universitarios Foto: Andres Perez Andres Perez

Era cosa de tiempo. Este miércoles el gobierno concretó el ingreso de la segunda batería de indicaciones -la primera tuvo como gran novedad un pago flexible del “cuotón” de la condonación- a su proyecto de ley que busca dejar atrás el Crédito con Aval del Estado (CAE) y crea el nuevo Financiamiento para la Educación Superior (FES). Las mismas se comenzarán a debatir en la sesión de la Comisión de Hacienda pactada para las 3 de la tarde de esta misma jornada y, de no mediar eventualidades, empezarán a ser votadas.

La flexibilidad en el financiamiento a solicitar y un límite a la obligación de pago se cuentan entre los cambios que ya la semana pasada el Ejecutivo había dado señales de concretar: el martes el diputado Boris Barrera (PC), presidente de dicha comisión, reveló que el Mineduc estaba cerca de concretarlo. Ese día, de hecho, la tabla de discusión fue modificada a la espera de que esto ocurriese.

Ocurre que en el gobierno sabían que de no hacerlo el avance de un proyecto muy sentido puertas adentro y que ya ha recibido críticas se tornaría cuesta arriba. Incluso esto llevó a acelerar la planificación de cuándo ingresar las indicaciones: si originalmente estaba pensado hacerse en el Senado al 100%, esto ocurrió en la Comisión de Hacienda. Eso sí, fuentes del Ejecutivo aseguran que aún hay espacio para incluir otras indicaciones, como la del copago.

Las indicaciones

Son 15 las páginas de indicaciones y otras cuatro de un informe financiero complementario de las mismas. En ellas, dicho está, por ahora no va incluida la ampliación del copago, una de las grandes críticas al proyecto. Como fue ingresado originalmente, el FES permite que sóolo el décimo decil -el de mayores ingresos- pueda “copagar” y, sobre todo los rectores de universidades, claman que llegue hasta el séptimo decil.

Pero lo primero que se apresuran en aclarar en las esferas del gobierno sobre este punto es que aún están trabajando con las instituciones de educación superior y que mientras no se llegue a un acuerdo sobre el impacto real del FES en las arcas de las casas de estudio, el copago sigue siendo una alternativa, pero no la única, como podrían ser fondos adicionales.

En tal sentido, el primer gran cambio de los introducidos ahora se aprecia en el artículo 9, el que hace referencia al proceso de solicitud, otorgamiento y renovación del instrumento de financiamiento. La modificación apunta a que un postulante debe “indicar el porcentaje de financiamiento que desea solicitar, optando por el 50%, 75% o 100% del arancel regulado y los derechos básicos de matrícula”. Esto, a su vez, implica que las instituciones podrán cobrarles solo el porcentaje del arancel regulado y los derechos básicos de matrícula que no vaya a ser financiado por el Fisco. En su proyecto original una persona solo podía acceder al 100% del beneficio, aun teniendo la capacidad de pagar algo por su cuenta.

En las indicaciones se agrega, además, que la persona beneficiaria deberá renovar anualmente el beneficio “por un porcentaje igual o menor al que optó el primer año”, y que excepcionalmente podrá solicitar un aumento del porcentaje ante un cambio de sus condiciones socioeconómicas.

Esta flexibilidad, leen en el Ejecutivo, es algo que las instituciones habían pedido y las beneficia directamente, pues da espacio para que las familias puedan aportar una parte del arancel. Esto implica dos cosas: que los hijos salgan de la universidad con menos deudas, y mayor liquidez para las casas de estudio. Esto último porque el arancel de una persona se paga mes a mes, mientras que las transferencias por FES, tal como ocurre ahora con las de la gratuidad, se agrupan en montos grandes un par de veces al año y a veces tienden a atrasarse. Así se ataca el pedido de mejorar los flujos que han hecho los rectores.

El segundo de los grandes cambios es la introducción de un nuevo artículo 10 que pone tope a la cantidad de nuevos solicitantes del FES, no así a quienes lo renueven o a quienes se cambian de instrumento desde el CAE. En suma, esto considera que habrá 350.000 personas con el beneficio del FES, incluyendo a los casi 270.000 que hoy tienen CAE y se trasladarían, y a 80.000 nuevos solicitantes.

El artículo dice así: “Cupos para estudiantes que accedan al instrumento. Las y los estudiantes que anualmente accedan al instrumento de financiamiento por primera vez, podrán hacerlo conforme a las siguientes cantidades: 1) 56.000 podrán acceder al instrumento por el 100% del financiamiento. 2) 8.000 podrán acceder al instrumento por el 75% del financiamiento. 3) 16.000 podrán acceder al instrumento por el 50% del financiamiento”.

Así, en caso de que la cantidad de nuevas solicitudes exceda los cupos señalados, el Servicio Ingresa asignará el FES de acuerdo a criterios de priorización basados en la situación socioeconómica de cada solicitante.

Según comentan conocedores de la elaboración de las indicaciones, estos 80.000 cupos que son solo para estudiantes que usan por primera vez el FES y que no vienen ni del CAE, ni del Fondo Solidario, ni de becas, es una forma de controlar el flujo inicial del nuevo sistema, mantener el carácter autocontenido instalado por el Ejecutivo y asegurar la responsabilidad fiscal.

Otra de las indicaciones relevantes está en el artículo 16 y versa sobre las retenciones para devolver el beneficio una vez en el mundo laboral, que deberán ser equivalentes al porcentaje que el beneficiario solicitó financiamiento. En otras palabras, quien estudie con FES pagaría proporcionalmente por el porcentaje que pidió.

“En el caso de las personas beneficiarias que hayan utilizado el instrumento por un porcentaje inferior al 100% del financiamiento, el monto que le corresponderá pagar será equivalente al porcentaje por el que solicitó el instrumento aplicado al monto que le correspondería pagar según lo regulado en los incisos precedentes. En el caso en que, en distintos años, se hayan solicitado diferentes porcentajes del instrumento de financiamiento, de conformidad a lo señalado en el artículo 9°, se calculará y aplicará el promedio de dichos porcentajes, ponderado por el periodo en que se hayan solicitado", se explicita.

Hay, además, otra indicación que responde a otra de las observaciones críticas que se le han hecho al proyecto: el hecho de que una persona pudiera terminar pagando más de lo que costó formarla al calcularse la retribución en tiempo y no en dinero. Así, el nuevo artículo 21 establece un “límite de la obligación de pago”. Y detalla: “Las personas beneficiarias podrán solicitar al Fisco, a través del Servicio Ingresa, la extinción de su obligación de pago”. Esto se dará cuando hayan cumplido requisitos copulativos y que resumidamente implica que una vez pagado durante el 90% del tiempo que se tenía que pagar, se puede hacer el pedido si a esa fecha el beneficiario ya pago 3,5 o más veces el arancel regulado de su carrera, multiplicado por la cantidad de años que tomó el FES.

Con esta indicación, creen en el Ejecutivo, si bien aún hay gente que puede pagar más de lo que costó formarla, ese número se reduce y, además, ven que se elimina la posibilidad de casos “grotescos” que iban a pagar mucho más de lo financiado.

Informe

Las indicaciones van acompañadas de un nuevo informe financiero de las mismas. En él se lee que como ahora se permite optar a un porcentaje del financiamiento, con cupos, “existe un menor gasto fiscal en el financiamiento de aranceles (...), lo que a su vez reduce las correspondientes contribuciones al sistema, respecto a las ya calculadas”.

Tomando en cuenta lo anterior, dice, “se genera un ahorro fiscal en los primeros diez años de implementación, que se reducen en el tiempo debido a que las contribuciones toman mayor peso financiero en el largo plazo”. Dicen, además, que la posibilidad de extinción de pago reduce las contribuciones al sistema desde el sexto año respecto a las calculadas en el informe financiero anterior.

Por lo anterior, suman, el efecto total muestra que los primeros años existe un mayor ahorro debido al menor gasto en aranceles generado por la estructura de cupos para los nuevos beneficiarios del instrumento que pueden optar a un porcentaje de financiamiento. Este efecto, añaden, se reduce en los años posteriores.

“Estas indicaciones irrogarán un menor gasto fiscal estimado en 65.692 millones de pesos durante el primer año de implementación del proyecto de ley, el cual se reduce en el tiempo”, concluye el informe firmado por Javiera Martínez, directora de Presupuestos.

Más sobre:EducaciónFESEducación superiorMineducCAE

COMENTARIOS

Para comentar este artículo debes ser suscriptor.

Piensa sin límites. Accede a todo el contenido

Nuevo Plan digital $990/mes por 5 meses SUSCRÍBETE