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Pleno acuerda ocho remociones más y la purga Suprema termina con los primeros 11 jueces expulsados por viajar con licencia

En total los ministros del máximo tribunal alcanzaron a revisar 45 cuadernos de remoción. A esta cifra, más adelante, se deberá sumar la deliberación de otros 13 casos más que quedaron suspendidos por decisión del Tribunal Constitucional.

JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE

El agresivo proceso de apertura de cuadernos de remoción contra los jueces que viajaron con licencias médicas acaba de terminar su primer capítulo.

Los supremos, luego de un pleno de alta tensión y bien dividido, tomó la decisión de remover a 11 magistrados que registraron faltas a la probidad por haber viajado al extranjero con licencia médica.

En el pleno del jueves se acordó el caso de tres jueces y en el de este viernes se sumaron otros ocho más.

La resolución fue comunicada este viernes después de que la relatora de pleno del máximo tribunal Alejandra Aguilar notificó a los afectados.

Pasadas las 14 horas, la presidenta de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich comunicó el resultado del proceso que inició el pasado 2 de septiembre. Según detalló la representante del Poder Judicial, “del universo de estos 58 cuadernos a que hago referencia, en 11 el Tribunal Constitucional (TC) dispuso la suspensión y, consecuencialmente, la Corte Suprema no se pronunció a su respecto. En otros 10 casos, la Corte Suprema resolvió que no procedía analizar los cuadernos de remoción”.

De esta manera, según comunicó Chevesich, fueron 37 los cuadernos de remoción de se analizaron por parte del pleno en sesiones que duraron 30 minutos por cada caso. De estos, se decidió remover a 11 magistrados y los otros 26 se resolvió mantener en el Poder Judicial.

Según detalló la presidenta del máximo tribunal, de los 26 casos en los que se decidió rechazar su remoción. En “siete no se alcanzó el quórum de 11 votos requeridos por la Carta Fundamental. Respecto de 15, debido a que así lo decidió la mayoría de los miembros del pleno y respecto de 4, se produjo un empate en la votación”, explicó Chevesich.

Los 11 magistrados removidos, por determinación del pleno, quedaron suspendidos de manera inmediata a la espera de su remoción definitiva, la que se materializará una vez que se redacte y entregue el fallo.

“Es menester conocer caso a caso”

Consultada respecto a su postura inicial respecto al proceso de remoción de magistrados que habían viajado al extranjero con licencia médica y el resultado del proceso, la presidente Chevesich apuntó a las diferentes etapas que tuvo el proceso.

“En su momento se dispuso la apertura con los antecedentes que se tenían, pero después era menester conocer caso a caso. Y como ya señalé, todos los jueces y todas las juezas informaron acompañando antecedentes, se agregó su hoja de vida, y esos fueron los antecedentes que se consideraron para tomar una decisión concreta sobre la materia”, aseguró.

Respecto a su votación en particular, la magistrada detalló que “de los 37 casos, yo concurrí a la decisión de remover tratándose de los 11 miembros que ya la Corte Suprema acordó aquello. Y respecto de los 26 restantes, solamente estimé que no concurría, por lo tanto, concurrí con mi decisión a no remover en 22 casos; y en uno estimé que correspondía la remoción, pero diferí del cumplimiento de esta decisión una vez que la persona afectada recupere totalmente su salud que está aquejada”.

Consultada respecto al proceso y posibles diferencias al interior del pleno, la magistrada señaló que “los plenos fueron bastante pacíficos, aun cuando obviamente remover a un juez o a una jueza igual es complejo”.

“Había cierta emocionalidad incorporada en la decisión, pero fueron pacíficos, todo se llevó con buen sentido y cada uno votó de acuerdo al conocimiento que tuvo de los antecedentes concretos de cada caso y coherentemente de acuerdo a ello emitió su votación. Pero no hubo divisiones, o sea, hubo divisiones de voto y precisamente es un tribunal colegiado en que no siempre todos compartimos la misma postura”, especificó.

El TC en espera

Sobre los procesos que se siguen en el TC, y sobre posible inconstitucionalidades en la aplicación de los cuadernos de remoción en estos casos, la presidente del máximo tribunal sostuvo que el pleno “no aplicó ni el artículo 40 ni el artículo 41 del acta 108, que regula precisamente el procedimiento para hacer efectiva la responsabilidad disciplinaria de los miembros del Poder Judicial. La norma que aplicó la Corte Suprema fue el artículo 80 de la Carta Fundamental. Ahí está la base”.

“El Tribunal Constitucional analiza otro tipo de materias y, bueno, es su competencia analizar cada uno de estos requerimientos que se han planteado. Porque como se trata de un auto acordado, está sometido necesariamente, lo permite la ley, a que analicen la procedencia o no del requerimiento, porque se está impugnando una norma del auto acordado”, agregó Chevesich.

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