Columna de Paula Escobar: ¿Y la Capitana Yáber?

LEONARDA VILLALOBOS, ABOGADA
20/08/2024 LEONARDA VILLALOBOS, ABOGADA MARIO TELLEZ / LA TERCERA

El caso de Leonarda Villalobos grafica la disparidad existente no sólo para las mujeres más vulnerables y pobres. Ella quedó a la intemperie, y no hay escándalo de injusticia.



Se conoce como cárcel VIP. No es que haya grandes lujos, aunque sí hay libros, ping pong, televisión y sala de visitas, mesa de billar y gimnasio. El verdadero lujo, sin embargo, es poder acceder a una prisión donde no se encuentren con reos peligrosos.

No es poco. Por eso, “la” Capitán Yáber se ha hecho famosa: allí han cumplido sus medidas cautelares actuales y antiguos expoderosos. También muchos “papitos corazón”, es decir, quienes no pagan la pensión de alimentos a sus hijos.

Un requisito para acceder a ese privilegio es que sean delitos no violentos y de baja peligrosidad. Pero esa no es la principal condición; lo más relevante para ir a la cárcel VIP es que hay que ser hombre.

Hoy están allí varios varones protagonistas de casos de alta connotación: desde el exalcalde Jadue, hasta los del caso Audio, como los hermanos Sauer y Topelberg. Y hasta allí llegó otro protagonista, el abogado Luis Hermosilla, formalizado por los delitos de lavado de activos, soborno y fraude tributario. Había pasado una noche en la cárcel común de Santiago 1. Su abogado y hermano, Juan Pablo Hermosilla, interpuso un recurso de amparo y criticó airadamente al ministerio de Justicia -de quien depende Gendarmería- por no haberlo enviado a Yáber, donde fue trasladado 24 horas después.

Fue recibido por otros presos con jugo y pan con queso, y su compañero de celda le dio una frazada, consigna la prensa.

Leonarda Villalobos, también formalizada por el mismo caso (y que fue quien grabó el famoso audio), también se fue presa, pero al centro penitenciario femenino de San Miguel, una cárcel común. No tiene el privilegio de los protagonistas hombres del caso de pasar sus días carcelarios, al menos, protegida.

No hay “Capitana Yáber”.

Y es que este caso “Audio” (o “Hermosilla”) no solo pone en cuestión las diferencias de la justicia para ricos y pobres (83% piensa que no hay igualdad ante la ley, según encuesta Data Influye), sino también entre hombres y mujeres. Las brechas de género en la cárcel son severas e invisibles, como ha denunciado por años la destacada historiadora Ana María Stuven, directora de la Fundación Abriendo Puertas. Las mujeres delinquen menos, son solo el 8% de los privados de libertad. Se trata generalmente de jefas de hogar, con un promedio de tres hijos, víctimas de violencia intrafamiliar, que recurren al microtráfico como un ingreso sin abandonar su hogar. Hay cuatro mil mujeres en los recintos penitenciarios, la mitad en prisión preventiva, y eso “fácilmente afecta a 18 mil niños y adolescentes”, dice Stuven. Tenemos la tasa más alta de la OCDE de mujeres tras las rejas.

Si tienen que dar a luz en la cárcel, a menudo es en condiciones deplorables: un caso reciente fue de una reclusa que lo tuvo que hacer con grilletes. Luego, los hijos pueden estar con las madres hasta los dos años. Si ya es duro criar hijos tras las rejas, lo peor es lo que viene, cuando son separados de sus madres a esa edad. Muchas veces el vínculo queda muy dañado. O los niños y niñas pierden a la única figura de apoyo de su vida, su madre -pues campean los padres ausentes-, y quedan a merced del narcotráfico y del crimen, tanto como víctimas como potenciales “soldados”. Por eso Stuven plantea repensar la prisión -especialmente la preventiva- de las mujeres que son madres, pues el impacto que causa en la familia y en la sociedad es de la mayor envergadura. Prevención, reinserción y revaluar la prisión para las mujeres es lo más básico.

El caso de Leonarda Villalobos grafica la disparidad existente no sólo para las mujeres más vulnerables y pobres. Ella quedó a la intemperie, y no hay escándalo de injusticia. Los hombres que no pagan los alimentos de sus hijos o los acusados de delitos económicos graves -como el caso Audio- tienen el “derecho” a pasar su cautelar protegidos y sin riesgo, mientras las acusadas de lo mismo, o de menos, deben, sin chistar, irse a la cárcel común.

La defensa, al respecto, de Hermosilla es elocuente: el argumento de prácticamente la posesión de un derecho -como lo es pasar la prisión preventiva en un techo protegido- llama la atención. ¿Por qué es escandaloso que Luis Hermosilla vaya una noche a la cárcel común -y se amenace con “abrir todos los chats”-, pero no importa nada que la única mujer formalizada por el caso, que además es madre, vaya a la cárcel común?

Ojalá este caso Audio, que ha remecido a la opinión pública y con razón, impulse, además, a mirar el sistema carcelario completo desde la perspectiva de género. Aquello no es, como se dice mañosamente, para que las mujeres tengan privilegios, sino justamente para visibilizar los que tienen y mantienen los hombres. Para vivir, trabajar, envejecer y hasta para ser procesados por la justicia.

No hay duda: los derechos de los que delinquen “de cuello y corbata” son distintos si no se tiene la corbata.