El espíritu de la convivencia vial

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El año 2018 ha sido movido en cuanto a la legislación para regular de mejor forma nuestra circulación en ciudades. La ley de convivencia vial (LCV) es la coronación de un largo proceso que partió el año 2013 y contó con una consulta ciudadana y la participación de decenas de organizaciones de la sociedad civil.

Entre otros temas, la ley define el concepto de zonas de "tránsito calmado", donde se deben hacer rediseños viales para que la velocidad máxima de circulación sea de 40, 30 o 20 kilómetros por hora, por ejemplo, en entornos residenciales y educacionales. La medida más importante de la LCV, la reducción del límite de velocidad urbano a 50 kilómetros por hora, tuvo que ser aprobada en un proyecto de ley aparte. A todo esto, se suma la discusión en el Congreso sobre el control automático de velocidad.

Algunos efectos positivos ya se han visto, como conductores que se dan cuenta de que, por las detenciones, llegar sólo hasta 50 kilómetros por hora en ciudad no tiene un efecto palpable en sus tiempos de viaje y, en cambio, reduce las probabilidades de una colisión, siendo por tanto una política favorable para todos.

Pero lamentablemente el debut de la LCV ha estado teñido por episodios indeseados y desinformación. La nueva ley no baja a los ciclistas de la acera a la calzada, eso ya era parte de ley de tránsito. Por el contrario, la LCV establece excepciones por las cuales un ciclista sí puede ir por la acera, por ejemplo, los adultos mayores y cualquier persona que acompaña a un niño menor de siete años, pero siempre respetando la prioridad y vulnerabilidad del peatón.

Carabineros ha multado a ciclistas por disposiciones como falta de indumentaria reflectante, que ni siquiera son parte de esta ley, sino que aparecen en un decreto de 1988 (que habla de usar un elemento reflectante principalmente de noche, que puede ser un chaleco, un arnés o un cinturón de bandolera). Más aún, la misma LCV señala que se deberá dictar un nuevo reglamento que normará el diseño de ciclovías y los elementos de seguridad que deben portar ciclistas.

Es decir, con el inicio de la LCV se empezaron a controlar, después de 30 años, elementos de un decreto que la misma LCV debe cambiar en los próximos meses, y por lo cual hemos visto el absurdo de ciclistas multados por no portar elementos reflectantes a plena luz del día, lo que sólo genera confusión y desincentivos al uso de la bicicleta. Esto va en contra de todos los objetivos de transporte sustentable que deberían guiar nuestras políticas públicas en esta materia.

Se requiere un cambio urgente en el enfoque de aplicación de esta ley, para regresar a su espíritu fundacional: mejorar la convivencia vial en nuestras calles y reducir los riesgos asociados a la circulación. Por ejemplo, la nueva disposición sobre que el adelantamiento de un vehículo motorizado a una bicicleta u otro ciclo deba ser a "aproximadamente 1,5 metros", no está para intentar medir su cumplimiento al pie de la letra, sino para dar un mensaje, que el automovilista se ponga en el lugar del ciclista que tambalea cuando lo adelantan a 60 kilómetros por hora a 40 centímetros. Por empatía, el adelantamiento debe ser a una distancia y velocidad prudentes. Ese es el espíritu de la ley.

Las futuras ciclovías normadas por reglamento y la potencial multiplicación de zonas de tránsito calmado van a ser una potente medida proconvivencia vial y promovilidad sostenible. Pero eso no se va a dar de forma natural, ya que muchos municipios no tienen los recursos para materializar estas obras.

Se requiere un plan nacional con metas a cinco y 10 años plazo, y financiamiento asegurado, en que intervengan los gobiernos regionales y los ministerios que tienen injerencia en el tema movilidad. Lo demás es educación vial, cultura ciudadana y siempre ponerse en el lugar del otro antes de hacer una maniobra que pueda intimidarlo o producirle un daño mayor irreparable.

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