Opinión

La educación en la nueva Constitución

Por Carlos Williamson, Profesor Titular UC

En la propuesta de nueva Constitución abunda un discurso más bien lírico, por momentos ampuloso, sin anclajes, sin orientaciones sobre su significado práctico, lo que deja espacios para muchas interpretaciones. Las recientes “aclaraciones” dadas a conocer por el oficialismo así lo ratifican. Pero también se apropia con mucho detalle de aspectos que deben reservarse a la deliberación política en el ámbito de la ley, lo que se presta para imponer gravámenes ideológicos e innecesaria rigidez.

Sobra decir que el mal que aqueja a la educación chilena, y especialmente, a la pública, es su mediocre calidad, tanto en el plano de los fundamentos valóricos para una mejor convivencia ciudadana, en lo cual la familia como primera escuela formativa ha perdido densidad e influencia, como también de las instituciones educativas que no han estado a la altura de los desafíos de integración social, desarrollo socioafectivo y aprendizajes en el plano cognitivo para responder a los desafíos en el mundo del trabajo.

¿Qué nos ofrece la nueva Constitución?

Primero, una desbordante lista de “fines” de la educación, son 30 en total, (art.35). ¿Objeción? Ninguna, pero ¿es necesario tanto maximalismo? En las constituciones de los países nórdicos de Europa, que tanto gusta citar la izquierda chilena, y cuya calidad es muy superior a la nuestra, en especial, en el ámbito escolar, prevalece la sobriedad. Se habla simplemente de educación y se pone hincapié en la idea matriz del proceso educativo cual es orientar, conducir, enseñar a pensar y en hacer responsables a los jóvenes de su propia vida y de las consecuencias de sus actos. Allí la ley se encarga de definir sus características.

Segundo, el texto propuesto declara que hay un Sistema Nacional de Educación que reúne a todas las instituciones reconocidas por el Estado, pero dónde el eje estratégico lo constituyen solo aquellas de su propiedad. Se rompe el principio democrático de igual trato, que dio origen a un sistema mixto que ha probado ser virtuoso. En concordancia con lo anterior, el Estado solo se obliga a garantizar el financiamiento para las estatales. Esta omisión es grave. Desde luego porque los colegios subvencionados no cuentan con otros recursos que no sea el subsidio estatal al eliminarse el financiamiento compartido. Y a nivel universitario sucede lo mismo. Los aportes basales contribuyen a financiar parte de los costos de la investigación, aspecto sustantivo para generar conocimiento útil, pertinente y de calidad y en lo cual las universidades no estatales llevan el liderazgo. ¿Por qué solo aportes para las estatales? ¿Fue un olvido? Me temo que no. Hay un deseo inconfesado de poner en marcha un juego de suma cero o negativo: para crecer en la educación pública es menester frenar el desarrollo de la educación no estatal.

Tercero, libertad de enseñanza. Como se sabe esta tiene dos componentes; comprende, por una parte, la libertad de los establecimientos educacionales para educar de acuerdo con su misión e identidad valórica. El Estado no se inmiscuye salvo para supervisar que se cumpla la ley y los reglamentos. Pues bien, el texto declara que todos los establecimientos educativos deben tener carácter “democrático”. ¿En qué sentido? ¿Respecto a qué? ¿A la elección de sus autoridades o de sus profesores o sus estudiantes? Desde luego, el mérito, como premio al esfuerzo, brilla por su ausencia. En la misma línea, se señala que quienes integran las comunidades educativas tienen derecho a participar en las definiciones del proyecto educativo, en las decisiones de cada establecimiento y su participación será vinculante. ¿Así entienden la libertad y la autonomía de las instituciones? El otro componente de la libertad de enseñanza es a nivel de los padres y apoderados. Se dice que podrán elegir el tipo de educación de las personas a su cargo. Parecería razonable, sin embargo, qué elección puede haber para aquellos padres que no tienen ingresos para pagar colegios particulares si los subvencionados no tienen garantías de sobrevivir. Los partidos oficialistas han “aclarado” que la idea es respetar la existencia y desarrollo de estos colegios, pero ¿qué credibilidad tiene ahora esta promesa?, ¿por qué no se dijo que impulsarían una reforma para darle rango constitucional a este compromiso? Por cierto, lo que se le niega a la educación privada se concede a los pueblos indígenas que tienen autonomía para desarrollar sus propios establecimientos en conformidad con sus costumbres y cultura.

En suma, un nuevo texto que significa un retroceso en materia de igualdad ante la ley, libertad de enseñanza, que amenaza el desarrollo de la educación no estatal y que no se hace cargo del problema de calidad.

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