Problemas en pago centralizado del Estado

No parece razonable que ante la detección de fallas acotadas la Dirección de Presupuestos haya suspendido temporalmente todo el sistema de pago centralizado, afectado los derechos de miles de proveedores, lo que no se condice con una modernización eficiente del Estado.



La decisión de la Dirección de Presupuestos (Dipres) en orden a suspender temporalmente el sistema de pago centralizado de facturas del Estado generó, como era previsible, un generalizado rechazo de los proveedores de éste.

El sistema de pago centralizado del Estado era un viejo anhelo de los proveedores Pymes, ya que les permitiría recibir sus pagos en los plazos comprometidos por el Fisco, sin que quedaran sujetos a la discreción de cientos de servicios que interactúan con ellos. Así, los plazos de pago antes de la puesta en marcha del sistema alcanzaban a 70 días promedio -en el sector salud algunos pagos superaban incluso los 400 días-, los que se vieron reducidos a cerca de 32 días, tras la implementación del sistema.

Esta determinación ha levantado dudas razonables de los gremios de las Pymes y especialistas sobre su necesidad y oportunidad. Los procesos de modernización de esta envergadura están sujetos a tasas de errores, que se van subsanando sobre la marcha y que, de superar cierto umbral, amerita la suspensión del proceso. Según lo señalado por especialistas a este medio, el problema surge de pagos duplicados de facturas, que representan el 0,07% del número total de facturas pagadas por el sistema entre enero 2021 y junio 2022, un error que se encuentra dentro de los márgenes aceptables, según los estándares de instituciones financieras. A lo que Dipres respondió que, aunque se trate de porcentajes pequeños no se puede tratar como errores estadísticos, sino que corresponde revisar y corregir.

No cabe duda de que modernizar sistemas de esta magnitud es un proceso complejo, y cuando se hace en el Estado estas dificultades se acrecientan exponencialmente producto de la excesiva burocracia estatal, la baja tolerancia al error y temor de la autoridad al escrutinio público o a posibles juicios de cuenta, ante hallazgos menores de la Contraloría. Y si bien es deber de las autoridades resguardar los recursos públicos, también lo es transparentar adecuadamente ante los proveedores del Estado la evaluación de beneficios y costos que se realizó para tomar una decisión de esta envergadura.

Cuando se suspenden sistemas que han generado beneficios concretos a los ciudadanos, como es el caso del pago centralizado, la autoridad debe hacer un doble esfuerzo por asegurar que la calidad del servicio no se vea afectada. En este caso son miles de proveedores del Estado quienes se ven injustamente afectados, por lo que desde ya es deber de la autoridad asegurar que los plazos de pago de sus facturas por parte de los ministerios y servicios públicos no aumentarán producto de esta suspensión temporal.

A partir de este episodio deben extraerse aprendizajes para los futuros procesos de modernización del Estado, de modo que ante fallos o las necesarias correcciones de un sistema se evite afectar innecesariamente los derechos de los usuarios.

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