Constitución: el borrador opositor para buscar escaños indígenas, cuotas de género y participación de independientes

Viernes 15, 2.25 am. Parlamentarios y presidentes de partidos anuncian el "Acuerdo por la paz social y la nueva Constitución".

Los parlamentarios de la centroizquierda, manejan un texto que será parte del debate que se dará en la comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, donde se están abordando estas materias y que pretenden poder incorporar como parte del proceso.


Si bien los partidos del oficialismo y la oposición que firmaron el pasado 15 de noviembre "El acuerdo por la paz y una nueva Constitución", no pudieron consensuar un pacto complementario para lograr mayor diversidad en la participación en el proceso constituyente,  en la centroizquierda siguen trabajando para intentar incorporar estos elementos.

Es así como los legisladores opositores están trabajando para realizar cambios en la participación de independientes, en el equilibrio en la representación de hombres y mujeres en el órgano constituyente y en escaños reservados para pueblos indígenas.

Para ello, los parlamentarios de la centroizquierda, manejan un borrador que será parte del debate que se dará en la comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, donde se están abordando estas materias y que pretenden poder incorporar como parte del proceso.

Independientes

Sobre representación de independientes  la oposición propone un artículo transitorio para la elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional y la Convención Constitucional, establecidas en los artículos 132, 139, 140 y 141 de la Constitución.  Donde dos o más candidatos independientes podrán acordar un pacto electoral, el que regirá exclusivamente en el distrito electoral en el que declaren sus candidaturas.

Según la idea, cada candidato independiente del pacto, requerirá el patrocinio de un número de ciudadanos igual o superior al 0,5 por ciento de los que hubieren sufragado en ese distrito electoral en la anterior elección de diputados.

Para efectos del financiamiento público de las campañas electorales  la oposición propone que "los pactos electorales de candidaturas independientes tendrán derecho a que el Estado pague a su favor, al inicio de la campaña electoral, la cantidad de dinero equivalente al que el Estado paga a los partidos políticos que no hubieren participado en la elección anterior de diputados".

Equilibrio de representación mujeres-hombres

La propuesta opositora apunta a que "en la totalidad de declaraciones de candidaturas a convencional constituyente realizadas por los partidos políticos, hayan o no pactado, y por los pactos de independientes, y por cada distrito electoral; ni los candidatos hombres ni las candidatas mujeres podrán superar el cincuenta por ciento del total respectivo. Este porcentaje será obligatorio y se calculará con independencia de la forma de nominación de las candidaturas".

Además puntualiza que las listas de candidaturas de los partidos políticos y de los pactos de independientes deberán estar encabezadas por una candidata mujer, y las listas se ordenarán sucesivamente, y de forma alternada, con las candidaturas de hombres.

El punto aclara que en los distritos que reparten un número par de escaños, deberán resultar electos un cincuenta por ciento de mujeres y un cincuenta por ciento de hombres. En caso de que esto no ocurriese, las listas que elijan más de un escaño deberán ser electos alternadamente, los candidatos, mujer u hombre, más votados.

Asimismo, plantea que "si aplicada la regla anterior no se obtuviere el resultado paritario en el distrito, las listas que elijan sólo un escaño deberán asignar el escaño a la candidatura más votada que corresponda al sexo que falte para asegurar la paridad. Además que en las listas que elijan más de un escaño serán electos alternadamente, los candidatos, mujer u hombre, más votados

Y para el caso de la elección de los 86 parlamentarios que regula el artículo 139 de la Constitución, "el Congreso Pleno deberá propender al máximo equilibrio entre mujeres y hombres", dice el texto.

Escaños reservados para pueblos indígenas

La oposición propone que ya sea la Convención Mixta Constitucional o la Convención Constitucional deba estar integrada por 15 escaños para la representación de los pueblos indígenas Aimara, Atacameños, Coyas, Diaguitas, Mapuche, Quechuas, Rapa Nui, Kawashkar y Yagán de los canales australes.

"Para la elección de los Convencionales Constituyentes establecidos en este apartado habrá un distrito electoral, constituido por todo el Territorio Nacional", explica la propuesta la que añade que "podrán ser candidatos las personas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Constitución y que se encuentren inscritos en una comunidad o asociación indígena o contar con una certificación de la calidad de indígena emitida por la Corporación de Desarrollo Indígena", sostiene la propuesta

Además, agrega que "el padrón electoral para la elección de convencionales indígenas se conformará por un padrón indígena que elaborará el Servicio Electoral utilizando como base el registro de Comunidades Indígenas de la Corporación de Desarrollo Indígena vigente al 26 de abril del año 2020"

Puntualiza también que "los ciudadanos con derecho a sufragio y que integren el padrón indígena deberán optar entre ejercer su derecho a sufragio en la elección de convencionales constituyentes indígenas o en la elección general de convencionales constituyentes".

Sobre los electos señala que "serán proclamados electos las dos primeras del pueblo Aimara, la primera mayoría del pueblo Atacameños, la primera mayoría del pueblo Coyas, la primera mayoría del pueblo Diaguitas, las siete primeras mayorías del pueblo Mapuche, la primera mayoría del pueblo Quechuas, la primera mayoría del pueblo Rapa Nui y la primera mayoría de los pueblos Kawashkar y Yagán de los canales australes considerados conjuntamente en la cédula".

Participación ciudadana

El texto también propone que "el reglamento establecido el artículo 133 de la Constitución deberá contemplar mecanismos de participación ciudadana para todo el período de funcionamiento de la Convención Mixta Constitucional o Convención Constitucional, tales como consultas, cabildos, audiencias públicas y otras formas de diálogos ciudadanos constitucionales".

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