Baco vs. Baco: dueño de restaurant en Providencia demanda a empresario por uso de marca idéntica sin autorización

El restaurant francés ubicado en Providencia, demandó al propietario de un local con el mismo nombre en Puerto Octay, en la Región de Los Lagos, por competencia desleal e infracción a la ley de propiedad industrial. “El principal propósito de la demanda es evitar que terceros aprovechen indebidamente la fama y prestigio ganados por el esfuerzo de años de Frédéric Le Baux para su marca BACO y su restaurante que lleva el mismo nombre”, dijo el abogado Pablo Cariola, socio de Sargent & Krahn.


Una pelea por la marca Baco está en pleno desarrollo en el sur del país. El dueño del tradicional restaurant francés ubicado en Providencia, demandó al propietario de un local con el mismo nombre en Puerto Octay, en la Región de Los Lagos, por competencia desleal e infracción a la ley de propiedad industrial. Piden multa y el cese del uso de la marca en su restaurant.

“El principal propósito de la demanda es evitar que terceros aprovechen indebidamente la fama y prestigio ganados por el esfuerzo de años de Frédéric Le Baux para su marca Baco y su restaurante que lleva el mismo nombre”, dijo el abogado Pablo Cariola, socio de Sargent & Krahn.

La demanda está en desarrollo en el segundo juzgado de letras de Osorno. En el escrito de 23 páginas el dueño de Baco, Frédéric Maurice Paul Le Baux, defiende su derecho de propiedad intelectual, ante el empresario, Juan Pablo Betancourt Marchant, que abrió un local en Puerto Octay con el nombre Baco Patagon.

“Queda en evidencia que mi representada se ha encargado de proteger especialmente su marca BACO y sus distintas derivaciones en el ámbito de los servicios de restaurant y relacionados. De hecho, cabe destacar especialmente que no existen otras marcas comerciales con la expresión “BACO” para distinguir servicios de restaurant (clase 43) distintas de aquellas de propiedad de mi representada”, indica la demanda.

Y agrega que “BACO es una marca registrada por mi representada, razón por la cual, la única persona autorizada para el uso de dicho signo o similares en Chile para servicios de restaurant comprendidos en la clase 43 es Frédéric Le Baux según la Ley N°19.039 de Propiedad Industrial”.

Por otro lado, alegan que en este caso hay también competencia desleal, al utilizar un nombre idéntico.

“Estimamos que nos encontramos ante un caso en un tercero utiliza una marca gráfica y fonéticamente IDÉNTICA a una ya registrada, en el mercado de servicios IDÉNTICOS. Precisamente La observación de INAPI a la solicitud de marca de la demandada se basó en el riesgo de confusión a error o engaño que se provocaría en el público consumidor, es decir, el riesgo de inducir a confundir los propios servicios con los de un tercero, tal como lo dispone la Ley de Competencia Desleal, y es por el mismo motivo que se infringen ambos estatutos jurídicos”, sostiene.

El demandante pide que Betancourt no pueda seguir utilizando la marca Baco en su restaurante, y el pago de una multa por daños y perjuicios.

“Que se condene a Juan Pablo Betancourt Marchant el cese en nuestro país la marca BACO o cualquier variación de la misma para servicios de la clase 43″ dice la demanda.

Y además, plantea “que se condene a Juan Pablo Betancourt Marchant al pago de multa de mil unidades tributarias mensuales (1.000 UTM), prevista en el artículo 28 letra a) de la Ley 19.039, o la suma que S.S. estime pertinente. Que se condene a Juan Pablo Betancourt Marchant al pago de cien millones de pesos (100.000.000 CLP) a título de indemnización de daños y perjuicios en virtud de la infracción marcaria, o la suma que S.S. estime pertinente”.

El demandado no llegó a la audiencia de conciliación.

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