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Caso Factop: Defensa de ex gerente general de STF pide procedimiento abreviado para evitar cárcel

La abogada Susana Borzutzky, representante del ex ejecutivo de la corredora de bolsa, Luis Flores, acordó un procedimiento abreviado y consiguió la cambios en las medidas cautelares. La audiencia quedó fijada para el 28 de enero de 2027.

05.12.2025 Luis Flores - Exgerente general de STF Foto Pablo Vásquez R. Pablo Vásquez R.

En el marco de la audiencia de preparación de juicio oral por el llamado Caso Factop, el ex gerente general de la Corredora de Bolsa STF, Luis Flores, imputado por delitos contemplados en la ley de mercado de valores y por administración desleal, solicitó al tribunal acogerse a un procedimiento abreviado.

STF formaba parte del entramadao de empresas que levantaron los hermanos Daniel y Ariel Sauer y Rodrigo Topelberg. A diferencia de los otros imputados, Flores no estuvo en prisión preventiva.

La defensa penal del ex ejecutivo, liderada por Susana Borzutzky socia de litigios y negociaciones de Borzutzky y Cía, destacó que “en el marco de su colaboración con el Ministerio Público, se fijó para 28 de enero del próximo año la audiencia de juicio abreviado”.

La abogada explicó que durante la audiencia, lograron una “importante modificación de su medida cautelar, quedando únicamente sujeto a firma mensual” y arraigo nacional. Previamente, el imputado estaba sujeto a firma quincenal.

“Estamos muy satisfechos con los avances obtenidos, que son fruto del trabajo de la defensa y de una estrategia jurídica que se ha desarrollado de manera seria, responsable y consistente. Seguiremos trabajando para alcanzar una resolución favorable para nuestro representado”, agregó Borzutzky, quien hizo referencia que su defendido ha prestado “colaboración sustancial” en la indagatoria que lleva adelante el Ministerio Público.

El procedimiento abreviado es un procedimiento especial que contempla la justicia penal en Chile, el cual consiste en un juzgamiento simplificado mediante el cual el imputado acepta expresamente los hechos contenidos en la acusación fiscal y los antecedentes de la investigación, renunciando a su derecho a un juicio oral a cambio de ser juzgado directamente por el juez de Garantía con el límite de que la pena requerida por el fiscal no supere los cinco años de presidio o hasta 10 años en determinados delitos específicos.

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