CCU, Carozzi, Ideal y Tresmontes escalan disputa con Minsal: denuncian que autoridad “sataniza” alimentos con sellos
Un grupo de empresas del sector alimentario presentó recursos de apelación ante la Corte Suprema para intentar revocar la sentencia de la Corte de Apelaciones, que rechazó anular el decreto del Minsal que obliga a incluir en la publicidad de alimentos con sello la advertencia de evitar su consumo.
A fines de octubre, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó los recursos de protección y amparo económico presentados por un grupo de grandes empresas alimentarias, entre ellas Carozzi, Unilever, Nestlé, Tresmontes Lucchetti e Ideal (perteneciente al Grupo Bimbo), contra el Ministerio de Salud. Esta resolución se produjo después de que el organismo emitiera, en abril de este año, un decreto (N°24) que exige incluir la advertencia “evita su consumo” en la publicidad de productos con sellos altos en calorías, sodio y azúcares.
Frente al revés, Empresas Carozzi, Embotelladoras Chilenas Unidas -filial de CCU-, Ideal, Tresmontes Lucchetti y AB Chile, gremio que reúne a empresas de alimentos y bebidas interpusieron recursos de apelación ante la Corte Suprema en contra de la sentencia del tribunal de alzada capitalino.
Tresmontes de propiedad de la colombiana Nutresa cuestionó duramente al Minsal. La compañía sostuvo que el decreto constituye una privación, perturbación o amenaza al derecho a la igualdad ante la Ley, a desarrollar cualquier actividad económica, a no ser discriminada arbitrariamente, a adquirir todo tipo de bienes y al derecho de propiedad.
“El nuevo mensaje establecido por el Decreto Supremo que se impugna desinforma a la población respecto de la aptitud para el consumo de ciertos alimentos y atemoriza y confunde a los potenciales consumidores, sugiriendo una peligrosidad que tales alimentos no tienen, ‘satanizando’ a ciertos alimentos aptos y necesarios para el consumo humano, sin justificación alguna”, consignó el escrito de Tresmontes patrocinado por Rolando Contreras.
“Este mensaje no informa, más bien asusta y alarma”
Ideal asesorada por Nicolás Ubilla, socio de FerradaNehme, sostuvo que “el contenido y tono del Mensaje, al señalar ‘Alimento con sello ‘Alto en’, EVITA SU CONSUMO, excede con creces lo autorizado, no promoviendo hábito alguno y más bien constituyendo una orden disfrazada de consejo, que desconoce por completo el carácter lícito del producto y la autonomía del consumidor”.
Más directa aún la empresa de capitanes mexicanos, señalo que el decreto del Minsal constituye “una barrera inconstitucional al desarrollo de una actividad económica”. “Este Mensaje no informa, más bien asusta y alarma. No educa, sino desincentiva el consumo sin contexto. Es, en los hechos, una anti publicidad, pues el verbo evitar no implica promoción, sino rechazo y exclusión”, acotó.
Ideal sostuvo que el Minsal mantiene un trato igualitario sobre los alimentos con el tabaco y el alcohol. “No existe explicación alguna que justifique tratar igual aquello que es distinto, imponiendo un anuncio que llama a evitar el consumo de la totalidad de los alimentos que cuentan con sellos “alto en” con absurda independencia de su gramaje –situando, con ello, en un plano similar a productos como una galleta y productos de obvio consumo restringido como el tabaco y las bebidas alcohólicas”, acotó.
Por su parte, Embotelladoras Chilenas Unidas y Empresas Carozzi interpusieron de manera conjunta un recurso de apelación. En el escrito, ambas compañías señalaron que “no es efectivo que el mensaje del Decreto N°24 no sería desproporcionado o discriminatorio, pues sucede que existen otros productos que también llevan sellos o mensajes por orden del Minsal, pero respecto de los cuales el Ejecutivo no ha llamado a la población, de forma directa, a evitar su consumo, como si lo hace con los alimentos comercializados por los recurrentes. Me refiero, particularmente, al tabaco”, consignó el escrito patrocinado por el abogado Eduardo Cordero.
“Contra toda lógica y sentido, en ninguna disposición del Decreto N°41 el Ministerio de Salud consideró siquiera incluir una instrucción tan clara como la que impuso, ilegalmente, a los alimentos con sellos alto en”.
“El Minsal pese a tener claro que el tabaco provoca cáncer, infartos, ataques cerebrales y, en definitiva, la muerte, el mismo Ministerio de Salud estimó que no era necesario ni adecuado LLAMAR A EVITAR SU CONSUMO, como si lo hizo, en cambio, con alimentos cuyos supuestos efectos sobre la salud jamás fueron acreditados o, siquiera invocados, por el Ministerio de Salud para ordenar evitar su consumo”.
Tabaco y alcohol
“Nótese que respecto de los productos con sellos ‘alto en’ el Minsal nunca, en ningún instrumento técnico o legal, llegó a afirmar, con la misma categoría que respecto al tabaco, que estos matan, efecto que, a riesgo de decir una obviedad, podemos estas todos de acuerdo en que es el más nocivo para la salud y vida de una persona”, señalaron Embotelladoras Chilenas Unidas y Empresas Carozzi.
Según estas compañías, el Minsal sostiene que una dieta debería evitar productos ultra procesados, describiéndolos como “aquellos elaborados por la industria alimentaria que para acentuar su sabor y darle mayor durabilidad usan saborizantes, colorantes, edulcorantes y preservantes”.
El caso es que “una bebida gaseosa zero promedio es, bajo esta noción, un producto ultra procesado porque aunque no tiene azúcar, tiene los siguientes ingredientes: agua carbonatada, ácido fosfórico, aspartamo, saborizantes naturales, benzoato de sodio, acesulfamo de potasio, citrato de sodio, cafeína, ácido cítrico, fenilcetonúricos. Es decir, tiene saborizantes, colorantes, edulcorantes y preservantes”.
“Ahora bien, estas mismas bebidas no tienen sellos”, acusó el mismo escrito de Embotelladoras Chilenas Unidas y Empresas Carozzi.
CCU es competidor de de Coca-Cola (Andina y Embonor) en el mercado de bebidas gaseosas. Pepsi, Bilz, Pap y Kem Piña son algunas de sus marcas que comercializa en Chile.
“Conforme al objetivo que supuestamente perseguiría el mensaje publicitario del Decreto N°24 según el Minsaly la Sentencia Apelada- debería evitarse o prevenirse el consumo de estos productos, pero, como vemos, la medida del referido decreto falla absolutamente en su pretendida misión pues la deja fuera de consideración”, concluyó el escrito de CCU y Carozzi.
Lo último
Lo más leído
1.
3.
4.