CMF abre proceso sancionatorio contra Alejandro Gil y expresidente de CLC recurre a tribunales
En mayo, el empresario fue notificado de un procedimiento administrativo por hechos de 2021, cuando era presidente de la empresa: la CMF acusa que entonces presentó una querella sin que el acta de dierctorio que aprobaba esa acción judicial estuviese firmada. “Los cargos de este proceso parecen una verdadera persecución sancionatoria”, reclamó su defensa ante la CMF. La semana pasada, acudió a la Corte de Apelaciones.
El empresario Alejandro Gil está envuelto en una nueva controversia. Aunque dejo el cargo de presidente de la Clínica Las Condes en enero, tras la venta de las acciones del grupo controlador de Cecilia Karlezi a Euroamérica y la Clínica Indisa, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) abrió un proceso sancionatorio en su contra por infringir la Ley de Sociedades Anónimas.
Gil fue notificado por la CMF, mediante un oficio reservado del 13 de mayo pasado de un procedimiento administrativo sobre una supuesta infracción a la Ley N° 18.046, de Sociedades Anónimas, presuntamente cometida en mayo del año 2021, cuando era presidente de la empresa.
Gil respondió la semana pasada con un reclamo de ilegalidad interpuesto ante la Corte de Apelaciones de Santiago, luego de que el regulador rechazara una apelación suya dentro del mismo proceso administrativo.
Según Gil, la CMF está negándole la posibilidad a exponer una serie de pruebas en el procedimiento. Por ejemplo, argumenta su defensa, Gil pidió acceder a documentos sobre casos similares con cargos por faltas al deber de diligencia. La CMF respondió que esa información ya está disponible en su sitio web y no la entregó directamente. También rechazó la solicitud de un resumen con esos antecedentes, diciendo que era responsabilidad del empresario aportar las pruebas que estime necesarias.
La defensa del empresario adjuntó en su presentación documentos que develan el origen del conflicto, como sus descargos ante el regulador. Según se lee en los escritos, el origen del conflicto entre Gil y la autoridad regulatoria surgió luego de que, siendo presidente del directorio de Clínica Las Condes, presentara una querella criminal contra el ex gerente general de la compañía Freddy Jacial.
La CMF alega que Gil presentó la querella antes de que el acta de la sesión del directorio que lo autorizaba estuviera formalmente firmada, lo que constituiría una falta a su deber de diligencia. La defensa de Gil sostiene que él contaba con poderes suficientes para representar judicialmente a la compañía y que el acta fue firmada posteriormente, ratificando la decisión unánime del directorio.
En su presentación, la defensa de Gil afirmó que los cargos en este caso parecen más una persecución contra él que una verdadera acusación justa. Esto se nota en varios puntos, que su defensa enumera.
Primero, dice, los cargos se presentaron apenas unos días antes de que se venciera el plazo para hacerlo, es decir, casi cuatro años después de que supuestamente ocurrieron los hechos por los cuales se le acusa.
Segundo, agrega, la conducta que le reprochan es totalmente inofensiva y sin importancia, ya que no causó daño ni puso en riesgo a nadie: ni a la empresa, ni a los accionistas, ni al mercado, ni a ninguna otra persona.
Tercero, su abogado argumenta que la CMF pretende que Gil cumpla con un nivel de exigencia mucho más alto que el que se pide a los abogados encargados de la empresa y sus procesos legales, y hasta le exigen que investigue si los abogados de CLC actuaron correctamente o no.
“Los cargos de este proceso parecen una verdadera persecución sancionatoria”, denunció el abogado Emilio De Ioannes Becker en representación de Alejandro Gil en un escrito enviado al fiscal de la Unidad de Investigación de la CMF, Andrés Montes, en el proceso de sanción.
La arremetida de Alejandro Gil
Ahora en tribunales, su defensa, dirigida por el abogado Álvaro Jofré, denunció que el fiscal Montes solo aceptó 3 de las 12 solicitudes de prueba presentadas. Todas estaban bien fundamentadas y vinculadas directamente a la defensa, dice. Sin embargo, el órgano administrativo actuó de forma arbitraria y rechazó casi todas las pruebas, a pesar de que fueron presentadas en tiempo y forma.
La defensa señala que el fiscal excedió sus funciones. En este proceso, no tiene facultades para decidir sobre el fondo del caso ni para anticipar el valor de las pruebas, sostiene. Al actuar así, causó indefensión a Gil.
El abogado Jofré explicó que el fiscal no tiene base legal para excluir las pruebas, pero lo hizo de todos modos. También reclamó que se les negara la solicitud de oficios para pedir información a entidades como el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Corte Suprema y la Contraloría.
La defensa de Gil sostuvo que la notificación debe ser anulada, pues el oficio reservado que le comunicó el inicio de la investigación se envió a un correo electrónico no autorizado, y mientras él estaba fuera del país. Este asunto está siendo revisado por la Corte de Apelaciones, dice el reclamo de ilegalidad presentado por Jofré.
“La negativa a los medios de prueba ya señalados implican el ejercicio de funciones que el señor Fiscal de la Unidad de Investigación de la Comisión para el Mercado Financiero NO tiene, pues el espacio para intervenir a nivel probatorio respecto de los actos y solicitudes efectuados por esta parte son sumamente restringidos y limitados conforme a la ley”, dice el texto de Gil.
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