TDLC acoge propuesta de mayor transparencia para conglomerados económicos, pero rechaza intervención
El organismo finalmente desestimó las modificaciones que había pedido Conadecus. Además, rechazó prohibir la vinculación entre entidades financieras (banca) y empresas de la economía real.
El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) desestimó las modificaciones estructurales solicitadas por Conadecus para regular y limitar la concentración de los grandes grupos económicos en Chile.
Esto luego que en abril de 2025, la corporación solicitara la apertura de un expediente de recomendación normativa sobre la participación de grupos empresariales en distintos ámbitos de la economía.
En su resolución, el TDLC presidido por el abogado Nicolás Rojas descartó limitar a un máximo de dos capas las sociedades de los grupos empresariales, al concluir que los antecedentes no acreditan efectos adversos netos ni riesgos a la competencia que justifiquen su desmantelamiento, existiendo además resguardos regulatorios en el ámbito societario y de gobiernos corporativos.
“Este Tribunal no recomendará la limitación de las estructuras piramidales solicitada, ni la imposición de restricciones a la propiedad de empresas financieras y empresas que operan en la economía real. Tampoco se recomendará imponer una obligación específica de considerar los niveles de CEA o de dominancia al momento de asignar concesiones o derechos por parte del Estado”, acotó.
Al mismo tiempo, rechazó prohibir la vinculación entre entidades financieras (banca) y empresas de la economía real. El tribunal determinó que la industria bancaria no presenta alta concentración (índice Herfindahl-Hirschman de 1.278), cuenta con múltiples alternativas de financiamiento, incluyendo actores sin presencia en el sector real, y se rige por la prohibición estricta del artículo 84 de la Ley General de Bancos respecto a créditos preferenciales a personas relacionada.
En su resolución el tribunal también desestimó establecer una obligación general para considerar la concentración agregada al asignar derechos o concesiones públicas, por carecer de precisión y constituir potencialmente una barrera de entrada que afectaría la competitividad en las licitaciones.
Por otro lado, el tribunal acogió parcialmente la solicitud en lo relativo a la disponibilidad de información sobre los grupos empresariales.
Para ello, el TDLC propuso al Presidente de la República, a través del Ministerio de Hacienda, modificar el boletín N° 16.475-05, que crea el Registro Nacional de Personas Beneficiarias Finales (en trámite en el Congreso), incorporando las relaciones de propiedad y gestión que actualmente no contempla la normativa sectorial o la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
“El análisis de esta resolución justifica ejercer la atribución del artículo 18 N° 4 del D.L. N° 211. Por ello, se propone al Presidente de la República, vía Ministerio de Hacienda, modificar el boletín N° 16.475-05 (“Crea un Registro Nacional de Personas Beneficiarias Finales”) en el Congreso”, acotó el TDLC.
“La propuesta exige incorporar en el Registro aquellas relaciones de propiedad y gestión que hoy no se incluyen. Esto permitirá identificar por completo a las entidades jurídicas, personas naturales y sus vínculos societarios o personales en un grupo económico, tal como lo planteó la Fiscalía Nacional Económica”, consignó la resolución.
“La propuesta normativa de un registro de grupos empresariales significativos, entidades financieras importantes y empresas de tamaño relevante, en cuanto está orientada a dar más transparencia a las relaciones y vínculos existentes entre los grupos empresariales, las personas naturales involucradas y la identificación de los beneficiarios finales , será acogida en los términos expuestos”, señaló.
El fallo sostuvo que “los antecedentes acompañados al expediente dan cuenta de las dificultades que la FNE ha tenido para recabar información sobre los vínculos entre los distintos participantes de la economía nacional, lo que supone un impacto relevante en su capacidad fiscalizadora y, por tanto, en la libre competencia, riesgo que puede ser sustantivamente mitigado con la adopción de esta medida”.
Tras el pronunciamiento del Tribunal, la defensa de Conadecus evalúa la posibilidad de apelar y trasladar la discusión a la Corte Suprema.
Mario Bravo abogado de Conadecus señaló: “Estamos estudiando el fallo. Esta causa quedó en estado de resolverse en mayo del 2025, han pasado aproximadamente más de 15 meses de espera. Algo simplemente inaudito”.
Quién defendía a quién
En la causa por la consulta sobre el peso de los grupos económicos, diversos estudios de abogados y profesionales asumieron la defensa del sector privado y de los gremios empresariales.
El Grupo Luksic (Quiñenco) fue representado por Ricardo Riesco, Sebastián Castro, Laura Costabal y Andrea Amaro, de Bering Asesores.
Por su parte, el Grupo Angelini fichó al estudio boutique Pellegrini & Rencoret, contando con la participación de Julio Pellegrini, Pedro Rencoret, Diego Ramos y Cristóbal Ureta.
El Grupo Matte (Minera Valparaíso y Bicecorp) fue asesorado por el socio Alfredo Alcaíno y el asociado Jaime De La Hoz, de Alcaíno Abogados.
En tanto, Empresas Juan Yarur recurrió al estudio Vial Larraín Femenías, el cual delegó la defensa en Ignacio Larraín, Catalina Montero, Camilo Larraín y Tomás Alcalde.
El Banco de Chile fue representado por Cristóbal Eyzaguirre, Santiago Bravo y Martín Fischer, del estudio Claro & Cía.
El conglomerado Falabella contó con la representación de la socia Nicole Nehme, junto con Raffaela Corte Antonelli, Diego Hernández, Sebastián Morales y Camilo Rojas, pertenecientes a FerradaNehme.
Para Consorcio Financiero, la defensa estuvo a cargo de Marcelo Giovanazzi (de Alcaíno Abogados) y Andrés Rioseco López (de González y Rioseco).
Inversiones La Construcción (ILC) fue representada por Benjamín Grebe y Andrea Von Chrismar, de Prieto Abogados.
Gremios y organizaciones
En cuanto a los gremios y organizaciones, la Confederación de la Producción y el Comercio (CPC) fue defendida por los abogados Juan Cristóbal Gumucio, Marcelo Mayor, Andrés Hananía y José Luis García, de Cariola Diez Pérez Cotapos.
La Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa) fichó a Carla Bordoli y Cristián Doren, del estudio Bordoli & Doren.
La Asociación Gremial de Emprendedores de Chile fue representada por Cristián Reyes, Óscar Gárate, Constanza Burgos y José Tomás Gutiérrez, de Aninat Abogados. Libertad y Desarrollo (LyD) contó con la asesoría de José Manuel Bustamante, socio de Barros, Silva, Varela & Vigil.
Finalmente, la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras de Chile (ABIF) no contrató asesoría legal externa, siendo representada internamente por su fiscal, Juan Esteban Laval.
Origen
La iniciativa de Conadecus enfatizaba en la necesidad de considerar aspectos como restricciones a estructuras societarias piramidales de grupos empresariales y restringir la participación en un mismo grupo empresarial de entendidas financieras y empresas no financieras de la economía real.
Otra de las líneas fuertes de la solicitud apuntaba a observar y evaluar obligatoriamente la participación de conglomerados al momento de asignar concesiones o derechos por parte del Estado y el establecimiento de un registro de grupos empresariales que superen un determinado tamaño.
La argumentación económica de la solicitud realizada por Conadecus, fue respaldada, entre otros varios antecedentes, por razonamientos de economistas como el profesor de la Universidad de Chicago, Luigi Zingales, quien presentó un pre-informe, encargado por el Ministerio de Hacienda, en el que apunta directamente a los problemas para la economía por la concentración económica y los conglomerados financieros.
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La mayoría no entiende el debate por el impuesto a las empresas. El resto lee La Tercera.
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