El Deportivo

La ‘funa’ le salió cara a Gary Medel: la millonaria cifra que deberá pagar el Pitbull a un funcionario de la salud

En 2022, un fiscalizador le impidió al referente de la Generación Dorada el ingreso a un concierto, por no contar con el pase de movilidad. El actual jugador de la UC se 'desquitó' mediante las redes sociales.

Gary Medel, en un partido de la UC (Foto: Photosport) ANDRES PINA/PHOTOSPORT

La imagen se transformó en una de las más icónicas que comprometió a un deportista chileno durante la época de pandemia. Gary Medel intentaba ingresar al Movistar Arena para presenciar un concierto de Karol G, pero se encontró con la férrea oposición de un funcionario de la salud, quien le exigió el pase de movilidad. Como la figura de la Generación Dorada no contaba con el documento, el agente se mantuvo inflexible.

El Pitbull activó una cuenta en redes sociales para ‘funarlo’. "Me está grabando esta chancha, y dicen que los estaba amenazando. Espera, que los estoy mostrando en las redes sociales, para que los tengan ahí. Tres dosis y no me dejan pasar porque vengo de Europa, para que los funen cabros”, expresó ese 26 de mayo de 2022.

La ‘funa’ le salió cara a Gary Medel: la millonaria cifra que deberá pagar el Pitbull a un funcionario de la salud

Ángelo Berti, el trabajador afectado, decidió denunciar al futbolista. Argumentó que el incidente había derivado en un cuadro ansioso-depresivo, por lo que exigió una indemnización. Este lunes, la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago elevó la condena al futbolista por daño emergente y moral respecto de la que había dictado el 28º Juzgado Civil de Santiago: deberá pagarle $15.415.280 al fiscalizador.

“La Corte de Apelaciones de Santiago fijó en $15.415.280 el monto total de la indemnización que, por concepto de daño emergente y moral, deberá pagar el futbolista profesional Gary Alexis Medel Soto a fiscalizador sanitario al cual insultó por impedirle la entrada a concierto por no contar con pase de movilidad. Incidente registrado el 26 de mayo de 2022 en ingreso a centro de eventos; situación que, además, el condenado trasmitió a través de red social”, expresa una comunicación oficial.

Gary Medel, en un partido de la UC (Foto: Photosport) ANDRES PINA/PHOTOSPORT

“En fallo unánime (causa rol 18.985-2023), la Cuarta Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Jaime Balmaceda, la ministra Paola Díaz y el abogado (i) Luis Hernández– confirmó con costas la sentencia impugnada, dictada por el 28° Juzgado Civil de Santiago, con declaración que se incrementa prudencialmente el monto resarcitorio en proporción al daño acreditado", añade.

Ha quedado demostrado que Ángelo Berti fue agredido verbal e injustamente por el demandado mientras realizaba su labor de fiscalizador, además de haber expuesto esta agresión y su imagen –sin su consentimiento–en redes sociales (live) para el asedio (funa) de los seguidores del demandado Medel, con consecuencias mediáticas y de invasión a su privacidad que le causaron una gran afectación a su salud mental, al punto que requirió de farmacología y terapia a causa de un trastorno adaptativo del que dio cuenta el sicólogo tratante al declarar a folio 132. Luego, la pretensión indemnizatoria deriva del padecimiento emocional que tuvo que sobrellevar y que se encuentra comprobado también con la documental agregada al proceso, la que da cuenta de las atenciones de salud mental asociadas al evento traumático causado por el demandado y que coinciden con las dolencias que se consignaron en la demanda”, consigna.

“Acorde con todo lo señalado, la cuantificación del daño se hará prudencialmente por el tribunal, habida consideración de la naturaleza, entidad y extensión del mismo, teniendo para ello especialmente presente las circunstancias en que se produjeron los hechos, esto es, que el demandante realizaba una función pública relevante a la época de los hechos y que el agravio del que fue objeto es consecuencia directa de cumplir fielmente su rol fiscalizador, sin amilanarse ante la presión y amedrentamiento ejercido por una figura pública que goza de popularidad y solvencia económica”, estipula.

“Que, además, en el aquilatamiento de la indemnización que se regula se tendrá en consideración las disculpas ofrecidas públicamente por el demandado a los ‘funcionarios’ de la salud, al día siguiente de haber realizado el agravio, por el mismo medio, y que no pueden sino entenderse también referidas al actor; razón por la cual no se puede otorgar la suma que se ha solicitado en la demanda por parecer excesiva, considerando además los montos que han sido otorgados en casos de agresiones más graves (físicas y síquicas) fallados por los Tribunales Superiores de Justicia en causas de violaciones a los derechos humanos por agentes del Estado”, concluye.

Se consigna, además, que Luis Hernández, el abogado integrante, estuvo por aumentar la compensación a $ 30 millones.

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